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Demandan por $1 millón a Raphy Pina: mujer alega que perdió un dedo tras lesión en el “Pinarazzi”

El recurso legal, de 10 páginas, fue presentado este miércoles en el Tribunal federal, según el expediente del caso

1 de abril de 2026 - 4:31 PM

El productor Raphy Pina. (vanessa.serra@gfrmedia.com)

Una mujer presentó este miércoles una demanda millonaria en el Tribunal federal contra el productor musical Rafael A. Pina Nieves, conocido como “Raphy Pina”, por un presunto incidente a bordo del yate “Pinarazzi” que terminó con la amputación de un dedo.

El recurso, de 10 páginas, fue radicado por los licenciados Winston Vidal Gambaro y Humberto Cobo Estrella, representantes legales de Sahily Yaitza Jorge Aguayo, quien solicitó una compensación de $1 millón o la cantidad que se determine en el juicio por jurado.

La demanda sostiene que los presuntos hechos ocurrieron el 8 de abril de 2025, a las 6:55 p.m., mientras el yate -un Schaefer 770, valorado en $6 millones- realizaba maniobras de atraque en la Marina Puerto del Rey, en Fajardo, bajo “visibilidad reducida”.

“Sin previo aviso, una escotilla lateral se cerró abruptamente, aplastando su dedo medio derecho entre dos estructuras rígidas. Lo que siguió no fue una respuesta de emergencia, sino indiferencia”, indica el documento sobre el presunto incidente.

A pesar de presenciar la lesión traumática y el sangrado, según el recurso legal, el capitán Héctor Samuel González supuestamente continuó las maniobras de atraque durante 20 a 30 minutos, no llamó al Sistema de Emergencias 9-1-1, no alertó al personal de la marina y no proporcionó asistencia médica básica.

“Este caso surge de una lesión prevenible y devastadora sufrida por una invitada a bordo de un yate de lujo durante una maniobra rutinaria de atraque en las aguas de Puerto Rico, una lesión que no solo fue causada por condiciones inseguras y la operación negligente de la embarcación, sino que se agravó por la decisión consciente del capitán de ignorar una emergencia médica en curso”, menciona el documento.

Según la demanda, donde también figura como demandada la aseguradora XYZ Insurance Company, “para cuando la demandante recibió atención médica, la demora y la gravedad de la lesión culminaron en una amputación quirúrgica traumática”.

Los abogados de la demandante explicaron en la acción legal que se busca responsabilizar a todos los demandados conforme al derecho marítimo federal y el estado vigente en Puerto Rico por una conducta que aseguran que no solo fue “negligente”, sino también “temeraria, previsible y completamente evitable”.

“La demandante era una pasajera legítima a bordo de la embarcación, a quien los demandados debían un deber de cuidado razonable bajo estas circunstancias. Los demandados tenían el deber de operar la embarcación de manera segura, mantener el equipo —incluida la escotilla lateral— en condiciones seguras, advertir a la demandante de un peligro no evidente (una escotilla lateral defectuosa) y tenían el deber afirmativo de actuar ante la emergencia”, dice el recurso.

La demanda sostiene que la supuesta “conducta ilegal” de los demandados supera la “negligencia ordinaria”, al incluir la presunta operación insegura del yate durante maniobras de atraque con una escotilla defectuosa, la falta de advertencia sobre su mal funcionamiento y hasta la ausencia de asistencia inmediata.

“La demandante solicita una compensación justa por sus daños, los cuales incluyen lesiones personales graves (amputación traumática de la punta del dedo medio derecho), una pérdida anatómica permanente, así como dolor y sufrimiento derivados de la angustia mental causada por la operación negligente de la embarcación y la temeraria omisión de brindar atención médica oportuna tras una emergencia”, añade.

A tales fines, la demandante solicitó en la demanda daños compensatorios y punitivos por lesiones personales graves, incluida la “amputación traumática del dedo medio derecho”, causadas por la “negligencia grave de los demandados en la embarcación”.

“La demandante, mientras sangraba activamente, se vio obligada a obtener un paño dentro de la embarcación para intentar controlar el sangrado. Solo después de completar el atraque, los demandados transportaron a la demandante en un vehículo privado a un centro médico del noreste en Fajardo”, indica el recurso.

El documento establece que la mujer llegó a la institución hospitalaria aproximadamente a las 7:56 p.m. y requirió traslado al Centro Médico en San Juan para atención especializada al día siguiente. Allí, se le diagnosticó inmediatamente “una amputación traumática completa metacarpofalángica del dedo”.

El pasado 10 de abril de 2025, según el documento judicial, la demandante se sometió a cirugía que resultó en una amputación. “La demora en recibir tratamiento médico inmediato a bordo de la embarcación agravó las lesiones de la demandante y contribuyó a la gravedad del resultado”, insistió la representación legal.

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El productor musical no pudo contener la alegría en este video.

Según la demanda, la embarcación se encontraba activamente realizando maniobras de atraque, lo que generaba movimiento continuo, oscilación lateral y cambios en el equilibrio que requerían que los pasajeros se estabilizaran utilizando las estructuras disponibles.

“La visibilidad estaba reducida debido al atardecer, y el mecanismo defectuoso de la escotilla lateral (ya sea no asegurada y/o defectuosa) —incluyendo su rango de movimiento, la fuerza de cierre y el riesgo de atrapamiento asociado— no estaba marcado, asegurado ni acompañado de advertencia, instrucción o indicación verbal alguna por parte del capitán o la tripulación", indica el documento en poder de El Nuevo Día.

Bajo estas condiciones dinámicas, según el recurso legal, un pasajero razonable no habría percibido el riesgo inminente de un cierre súbito de la escotilla ni el peligro de colocar la mano cerca del área.

“Además, los demandados poseían un conocimiento superior sobre la operación de la embarcación y el riesgo previsible de lesiones por compresión durante las maniobras de atraque, sin embargo, no advirtieron, no restringieron el acceso ni aseguraron la escotilla. En consecuencia, cualquier alegación de que el peligro era evidente y manifiesto carece de mérito y no exime a los demandados de su deber de ejercer un cuidado razonable bajo las circunstancias”, concluyeron.

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