Una determinación de la Comisión Estatal de Elecciones permitía que se reconocieran como votos válidos unas 60 modalidades del nombre del candidato por nominación directa Edgardo Cruz Vélez
Una determinación de la Comisión Estatal de Elecciones permitía que se reconocieran como votos válidos unas 60 modalidades del nombre del candidato por nominación directa Edgardo Cruz Vélez
El Tribunal de Primera Instancia de San Juan desestimó hoy un recurso presentado por el candidato a alcalde a Guánica por el Partido Popular Democrático (PPD), Ismael “Titi” Rodríguez Ramos en el que pedía que se dejara sin efecto una resolución emitida por el presidente de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), Francisco Rosado Colomer, que permitió que se reconocieran como votos válidos más de 60 modalidades del nombre de Edgardo Cruz Vélez, quien hizo campaña por nominación directa.
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