El alcalde de Coamo, Juan Carlos García Padilla.
El alcalde de Coamo, Juan Carlos García Padilla. (GFR Media)

La Oficina de Ética Gubernamental (OEG) multó al alcalde Coamo, Juan Carlos García Padilla, por $7,500 por tres violaciones al inciso (d) del Artículo 4.3 de la Ley Orgánica de la Oficina de Ética Gubernamental luego que le extendió tres contratos al hijo de su ayudante especial sin obtener la autorización previa del ente.

La investigación de la OEG sostiene que recibieron, el 10 de diciembre de 2021, una querella en la que se alegó que García Padilla “contrató al hijo de una servidora pública del Municipio de Coamo, en tres ocasiones, sin haber solicitado la autorización previa de la OEG”.

El ente resaltó que García Padilla radicó su contestación a la querella el 24 de enero de 2022 y, con la excepción de algunas frases que fueron explicadas, “aceptó casi en su totalidad los hechos imputados en la querella”. No obstante, el alcalde esbozó varias defensas especiales, incluyendo que no requería la autorización previa de la OEG para las aludidas contrataciones al entender que a los programas de verano no les aplica el Artículo 4.3, ni al recibo de servicios, préstamos, garantías o incentivos otorgados bajo los criterios de un programa estatal, federal o municipal.

Específicamente, García Padilla argumentó que “los contratos otorgados al pariente de la servidora pública municipal, además de tratarse de un programa de verano para jóvenes residentes del municipio, están cobijados bajo un programa federal diseñado para responder a la emergencia creada por la pandemia de COVID-19”.

García Padilla también argumentó que “los contratos en cuestión se hicieron bajo la autoridad conferida por la entonces gobernadora Wanda Vázquez Garced, conforme a una serie de órdenes ejecutivas emitidas para decretar un estado de emergencia en Puerto Rico, y para establecer las medidas aplicables durante ese periodo”.

Lee aquí la resolución e investigación de la OEG

Del mismo modo, la servidora pública también radicó, el 24 de enero de 2022, una moción de desestimación al resaltar que no tenía ningún interés pecuniario en el salario devengado por su pariente y que, por ende, no aplicaba el Artículo 4.3.

En la determinación de hechos, la OEG resaltó que García Padilla extendió tres contratos a Ángel Rafael Negrón Reyes como “Conductor de Vehículos Livianos”. La OEG añadió que Negrón Reyes es hijo de Zoraida Reyes Díaz, ayudante especial de García Padilla.

El primer contrato, con vigencia del 6 de mayo al 30 de junio de 2020, especificó pagos mensuales de $974. El segundo, con el mismo pago, estuvo vigente del 1 al 31 de julio de 2020; y el tercero, con los mismos términos, estuvo activo del 1 de agosto al 31 de diciembre de 2020.

“Se debe concluir que el querellado, el señor García Padilla, incurrió en tres violaciones al inciso (d) del Artículo 4.3 pues, como autoridad nominadora, llevó a cabo los contratos con el señor Negrón Reyes, hijo de la señora Reyes Díaz, servidora pública del Municipio de Coamo, en los que había un interés pecuniario. Ello, sin haber solicitado ni obtenido la autorización previa de la OEG para llevar a cabo estas acciones”, escribió la oficial examinadora, la licenciada Michelle Marie Vélez Berríos, en su informe oficial que radicó el 20 de abril del año en curso.

García Padilla tendrá 30 días para pagar la multa, al igual que 20 días para radicar una moción de reconsideración.

Por su parte, García Padilla resaltó, mediante declaraciones escritas, que aunque respeta la determinación del ente, utilizará los mecanismos a su disposición para apelar.

“Respeto los alcances de la Oficina de Ética Gubernamental. Hemos sido cooperadores en todo este proceso, pero me parece una determinación equivocada y utilizaré los mecanismos legales disponibles para cuestionarla. Por más de 20 años me he dedicado al servicio de mi pueblo y no he recibido beneficio alguno, directo o indirecto, fuera de mi salario como alcalde. Tampoco he permitido malsanas prácticas de nepotismo en el Municipio”, mencionó.

“Se me acusa de contratar por ocho meses a un joven padre desempleado, hijo de una empleada del Municipio, durante la emergencia de la pandemia cuando la Oficina de Ética Gubernamental y el gobierno central estuvieron cerrados y sin protocolos de emergencia activados. Este trabajador, en medio de una cuarentena, se lanzó a las comunidades a entregar mascarillas, alcohol y alimentos a los más necesitados, incluyendo a pacientes de COVID 19. Obtuvo un sueldo mínimo federal cuando muchas personas morían por la pandemia en Puerto Rico. Esta determinación de la OEG me parece injusta y equivocada”, enfatizó García Padilla.

💬Ver comentarios