

12 de junio de 2025 - 7:16 AM
Seis años después de la radicación de cargos en un caso que estremeció al país, la Fiscalía federal no se opuso a que se retire la acusación contra el excontratista del gobierno Alberto Velázquez Piñol.
Así lo informó este martes una moción firmada por el jefe de la Fiscalía federal en Puerto Rico, Stephen Muldrow.
De esta forma quedó abierto el camino para la desestimación de las denuncias contra Velázquez Piñol, quien figuró en el pliego emitido por un gran jurado federal que causó furor en Puerto Rico en el 2019 al estar encabezado por la entonces secretaria de Educación, Julia Keleher.
“Basado en el análisis de la historia procesal de este caso, en el contexto de la Ley de Juicio Rápido y el derecho constitucional del acusado a un juicio rápido, el Ministerio Público no se opone a la concesión de la moción de desestimación, sin perjuicio”, sostuvo Muldrow.
El funcionario se refería a una moción presentada por la defensa el pasado 27 de mayo solicitando que los cargos quedaran sin efecto.
En esa moción, el abogado Edgar Vega señaló que han pasado 1,574 días desde los cargos enmendados en agosto de 2020
Señaló que la “ley de Juicios Rápidos exige que el acusado sea llevado a juicio dentro de 70 días no excluidos”.
“Sin embargo, incluso un análisis liberal del expediente, que otorga todo el beneficio de la duda al cumplimiento de la Ley, indica que han transcurrido 1,574 días no excluidos desde la lectura de cargos del acusado, celebrada el 19 de agosto de 2020, hasta el 13 de agosto de 2021, fecha en que se presentaron los últimos alegatos relacionados con las mociones de desestimación adoptadas y estas pasaron a estar bajo la consideración del tribunal, un período superior al permitido por la ley. La desestimación ahora es obligatoria”, argumentó Vega.
Por su parte, el fiscal federal aceptó que se desestime, pero enfatizó en que sea “sin perjuicio”, lo que permitiría la radicación de los cargos nuevamente si así lo decidieran.
Muldrow indicó que Velázquez Piñol no hizo alguna alegación de perjuicio por actuación de mala fe por parte del Ministerio Público, mientras que en todo este tiempo ha estado en la libre comunidad bajo fianza.
En ese sentido, el fiscal señaló que la única razón por la que accedió a la desestimación es por el argumento del derecho a un juicio rápido que se ha visto perjudicado debido al tiempo que ha pasado, incluyendo un año desde que se radicaron mociones que están pendientes de ser resueltas.
Muldrow explicó atribuyó la extensión del litigio al hecho de que ha sido un caso complejo por múltiples acusados.
También destacó, en particular, que la jurisprudencia y precedentes “relacionados a algunos de los cargos en el procesamiento han cambiado durante la duración del litigio”.
Se refería una decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos que limitó el alcance de la ley federal de fraude electrónico.
Por esa misma razón también se retiraron los cargos contra la coacusada, Ángela Ávila, exdirectora de la Administración de Seguros de Salud (ASES), en el 2023.
El pliego acusatorio enmendado alegó en los cargos de fraude 72 al 81 contra Ávila y Velázquez Piñol que hubo un “esquema de privación de información confidencial de ASES”. En los cargos 82 al 83, 84 alegó la misma “privación de información confidencial” entre Ávila, Velázquez Piñol y Fernando Scherrer.
Mientras, en los cargos 85 al 89 y el 90 alegó de nuevo la “privación de información confidencial” pero entre Ávila, Velázquez Piñol y Aníbal Jover Pagés, quien también ha solicitado la desestimación.
El caso Ciminelli vs. United States cambió la llamada “teoría del derecho al control”, que consideraba como fraude privar a otro de información económica valiosa, como la necesaria procesos de subasta.
El Supremo federal decidió que el fraude electrónico requiere un perjuicio financiero directamente.
El juez Pedro Delgado había solicitado a las partes a que radicaran mociones con sus planteamientos sobre cómo esa decisión impactaba las denuncias pendientes contra Velázquez Piñol, que son del 25 al 71 del pliego acusatorio.
Al concentrarse en el asunto del tiempo transcurrido, Muldrow no comentó sobre la sustancia de los cargos alegados ni cómo afectaba la nueva jurisprudencia, por lo que solicitó que si el tribunal no da paso a la desestimación, le permita un periodo de diez días para radicar argumentos adicionales.
En este caso, las únicas personas acusadas que han resultado convictas, tras llegar a acuerdos con la Fiscalía federal, fueron Keleher y las hermanas Mayra y Glenda Ponce Mendoza.
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