Hay unos principios básicos que son la zapata de nuestra democracia. La Constitución de Puerto Rico es una pieza legislativa de gran avanzada. Su Carta de Derechos es una reserva que el Gobierno tiene que respetar. En la Sección 2 reza que El Pueblo tiene derecho a “expresar su voluntad mediante sufragio universal, igual, directo y secreto”. Esa disposición tiene raíces en la Declaración Universal de Derechos Humanos que redactaron representantes de múltiples países y abarca principios reconocidos en todas las tradiciones jurídicas. El Artículo VI Sección 4 establece que nadie será “privado del derecho al voto por no saber leer ni escribir”. Las leyes deben ser cónsonas con la Constitución.
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