Las condiciones las puso el Congreso. Todo ello en atención a la Cláusula de Supremacía y a la legislación federal referente a la cláusula territorial, dice Antonio Quiñones Calderón
Las condiciones las puso el Congreso. Todo ello en atención a la Cláusula de Supremacía y a la legislación federal referente a la cláusula territorial, dice Antonio Quiñones Calderón
“Compatriotas: entiendan bien lo siguiente: ningún cambio al Estado Libre Asociado tendrá efecto si antes no cuenta con el voto afirmativo directo de los electores de Puerto Rico en una consulta libre y democrática. No habrá cambio alguno inconsultamente, por mínimo que sea, si no es ratificado por el voto de cada uno de ustedes. Así ha quedado firmemente establecido en el pacto bilateral inherente al nuevo estatus político concebido por la constitución de 1952”.
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