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Escala la controversia: Federación de Tiro pide al Copur revocar decisión contra Luis “Tuto” Bermúdez

El presidente federativo Luis Valladares solicitó a Sara Rosario que reconsidere la remoción del veterano atleta como abanderado y sostuvo que la decisión aprobada por el Pleno del Comité Olímpico continúa vigente

23 de junio de 2026 - 12:33 PM

Luis "Tuto" Bermúdez fue uno de los que aseguró plaza para los Panamericanos. (Archivo)
Luis "Tuto" Bermúdez recibió 18 votos para ser uno de los abanderados de Puerto Rico para Santo Domingo 2026.

El presidente de la Federación de Tiro de Puerto Rico, Luis Valladares Montalvo, solicitó a la presidenta del Comité Olímpico de Puerto Rico (Copur), Sara Rosario Vélez, que reconsidere la decisión del Comité Ejecutivo de dejar sin efecto la designación de Luis “Tuto” Bermúdez como abanderado masculino de la delegación puertorriqueña para los Juegos Centroamericanos y del Caribe de Santo Domingo 2026.

En una carta enviada este martes, Valladares argumentó que la determinación adoptada por el Comité Ejecutivo el 22 de junio contradice una decisión previamente aprobada por el Pleno del Copur, organismo que el propio dirigente describió como la máxima autoridad de la institución.

El presidente federativo recordó que Bermúdez fue seleccionado durante la reunión del Pleno celebrada el 17 de junio mediante una votación en la que obtuvo 18 votos a favor y una abstención.

Como delegado al Pleno, entiendo que este asunto trasciende la selección de un atleta en particular y plantea una cuestión fundamental sobre las determinaciones adoptadas por el órgano máximo de gobierno de nuestra institución”, expresó Valladares en la misiva.

Valladares también citó disposiciones de la Constitución del Copur para sostener su planteamiento. En particular, hizo referencia al Artículo 302, que establece que el Pleno es el “órgano supremo” del organismo olímpico, así como al inciso 302(E), que dispone que las decisiones tomadas por ese cuerpo “no serán apelables”.

Con base en esas disposiciones, Valladares solicitó que se revise la actuación del Comité Ejecutivo y que se evalúe si la medida se ajusta a la Constitución del organismo.

A la luz de estas disposiciones constitucionales, respetuosamente le solicito que reconsidere y revise la acción tomada por el Comité Ejecutivo al dejar sin efecto una determinación adoptada válidamente por el Pleno”, articuló.

“Entiendo que dicha actuación merece una cuidadosa evaluación para asegurar su conformidad con la Constitución del Copur y con los principios de gobernanza que rigen nuestra organización”, agregó el directivo.

El dirigente añadió que la controversia no debe analizarse únicamente desde la perspectiva del atleta afectado, sino también por sus implicaciones para la gobernanza interna del Comité Olímpico.

“La fortaleza institucional del Comité Olímpico de Puerto Rico descansa, en gran medida, sobre los procesos democráticos internos y las facultades que la propia Constitución confiere a cada uno de sus organismos”.

El Comité Ejecutivo del Copur informó el lunes que dejó sin efecto la designación de Bermúdez como abanderado masculino para Santo Domingo 2026. La determinación se produjo días después de que el tirador fuera escogido por el Pleno junto a la balonmanista Nathalys Ceballos para portar la bandera de Puerto Rico en la ceremonia de apertura de la justa regional.

En su comunicación, el ente olímpico señaló que esta decisión se tomó tras tener conocimiento de información relacionada con hechos ocurridos en 2018 que, a juicio del organismo, podrían resultar incompatibles con los principios de la institución y los valores asociados a la figura de un abanderado.

La resolución de Copur recalca que la decisión no constituye un juicio sobre la posible veracidad de alegaciones relacionadas con Bermúdez.

“La decisión del Comité Ejecutivo del COPUR no implica juicio alguno sobre la posible veracidad de cualesquiera alegaciones relacionadas con el señor Bermúdez. Esa determinación no le corresponde a esta institución”, indica el documento del Copur.

Los hechos a los que hace referencia coinciden con una coincide con una sentencia emitida en 2019 por el Tribunal de Apelaciones relacionada con Luis Bermúdez González.

En ese documento judicial, una mujer solicitó una orden de protección al amparo de la Ley para la Protección de las Víctimas de Violencia Sexual tras alegar incidentes ocurridos en diciembre de 2018 en una armería propiedad de Bermúdez.

El Tribunal de Primera Instancia concedió la orden de protección y, posteriormente, el Tribunal de Apelaciones confirmó el dictamen, aunque modificó una disposición relacionada con la entrega de armas de fuego para establecer que esta tendría vigencia únicamente mientras la orden permaneciera en efecto.

Valladares concluyó la carta sosteniendo que, conforme a la Constitución del Copur, la determinación adoptada por el Pleno el 17 de junio “permanece vigente y obligatoria” y debe mantenerse en efecto hasta que el propio cuerpo disponga lo contrario mediante los mecanismos establecidos en la organización.

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