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Hoy se espera que la Asamblea Legislativa retome la discusión del proyecto de reforma laboral, radicado por la delegación del Partido Popular Democrático en la Cámara de Representantes (PC 1244). La medida ya contó con el respaldo público del gobernador Pedro Pierluisi, por haberse redactado en conversaciones con su equipo.
¿Cómo compara esta medida con el proyecto original P. de la C. 3? Aquí detallamos algunos de los ajustes principales entre ambos proyectos y también en lo que respecta a la Ley 4-2017, que redujo o eliminó derechos laborales en el sector privado.
1. Licencia por vacaciones y enfermedad: Quienes trabajen 20 horas semanales o menos, acumulan ½ día de cada licencia al mes. En la ley 4-2017, era cero. Mientras los que trabajen un mínimo de 115 al mes (28.75 a la semana), acumulan un mínimo de 1 ¼ días de vacaciones por mes y 1 por enfermedad. En el PC3, era 1 ¼ por enfermedad.
En los patronos puertorriqueños con 12 empleados o menos, el mínimo de acumulación será ¼ de día mensual de vacaciones y 1 de enfermedad. En el PC3 el límite era de 15 empleados y se acumulaba ½ de vacaciones.
2. Periodo probatorio: Se restituyen los 3 meses, que se pueden a extender a 6 mediante consulta con el Departamento del Trabajo. Mientras, en la Ley 4-2017 , el periodo se extendió a 9 meses o 12 para algunos puestos.
3. Bono de Navidad: Se acumula a partir de 700 horas trabajadas, versus las 1,350 horas establecidas en la Ley 4-2017.
4. Horario flexible: No está incluido. En el PC 3 se permitía acordar horarios de hasta 10 horas por día, para un total de 40 semanales. Solo se pagaba tiempo doble a partir de la décima hora por día.
5. Cambios de horario: En el proyecto aprobado se detalla cómo los empleados que laboren más de 30 horas semanales pueden pedir los cambios y se reconoce que la petición verbal tendrá la misma validez que una escrita. Los patronos tendrán 20 días para comunicar la decisión y documentarla. El PC3 tiene un lenguaje similar pero menos detallado.
6. Derecho a reclamaciones: Los empleados mantienen derechos de no sufrir represalias, suspensiones o despidos por negarse a aceptar un horario alterno o por haber solicitado un cambio de horario. En el PC 3 ya estaba esta disposición, con un lenguaje muy similar.
7. Periodo para comer: Ambos proyectos indican que en jornadas de más de cinco horas, se debe disfrutar entre la tercera y la sexta hora, so pena de que el patrono pague una penalidad si no lo hace. Pero en el PC1244 se indica que los patronos no tienen que informar por escrito los horarios diarios. Basta con que sea oral.
8. Paga especial para estudiantes: El proyecto aprobado establece paga doble para los estudiantes que laboren en su día de descanso, pero exime de esto a patronos clasificados como microempresas o pymes. Estos tendrían que pagar el tiempo y medio, como se requiere compensar a los demás trabajadores si laboran en su día de descanso y no tienen beneficios superiores. Este punto es uno de los de mayor polémica porque Pierluisi no está de acuerdo con la paga doble. La disposición parte de que todos los trabajadores, sin importar en qué laboren, tienen derecho a un mínimo de 24 horas corridas de descanso semanal.
9. Mesada en caso de despido sin justa causa: Dos meses de paga si la persona despedida tiene cinco años o menos de servicio, 3 meses de 5 a 15 años y 6 meses si el empleado tiene 15 años o más de servicio. Esta escala estaba en el PC 3 y se queda igual. También se incluye una indemnización progresiva, ausente de la Ley 4-2017.
10. Despido se presume injustificado. El proyecto aprobado vuelve a poner sobre el patrono el peso de probar si un despido fue o no con justa causa. La ley 5-2017 había revertido esa presunción.
11. Tiempo para reclamar: Trabajadores volverían a tener 3 años para reclamos por despido injustificado. En la Ley 4-2017 el periodo se redujo a 1 año.
La periodista Leysa Caro colaboró con esta noticia.