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En manos de la secretaria de Justicia si entrega información a la ACLU o recurre al Tribunal Supremo

La gobernadora Jenniffer González sostuvo que, si fuera por ella, ya hubiera entregado la información, pero aguardará por la decisión de la agencia

12 de enero de 2026 - 7:29 PM

El Tribunal de Apelaciones ordenó al DTOP entregar a la ACLU en Puerto Rico el requerimiento de información que hizo el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas sobre los conductores inmigrantes con licencias provisionales. (FOTO SUMINISTRADA)

La secretaria de Justicia, Lourdes Gómez, deberá determinar si apela o acata la decisión del Tribunal de Apelaciones que confirmó la sentencia del Tribunal de Primera Instancia y ordenó al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) entregar a la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU, en inglés) de Puerto Rico el requerimiento que hizo el gobierno federal sobre los datos de inmigrantes con licencias provisionales de conducir.

Así lo afirmó este lunes la gobernadora Jenniffer González, quien de paso reiteró que, si en sus manos estuviera la decisión, desde el momento en que se hizo la solicitud, la hubiera entregado.

“Eso es una determinación que tiene que tomar la secretaria de Justicia, así que la secretaria de Justicia determinará si apelará esa determinación ante el Supremo o si se acatará la instrucciones del Tribunal Apelativo. Esa es una decisión que, desde el principio, el Departamento de Justicia hizo las recomendaciones de rigor”, dijo la mandataria durante una conferencia de prensa.

Si hubiera sido por mí, la hubiera entregado desde el día uno. Pero, en aquel momento, recibimos la recomendación de Justicia de que se apelara, así que hay que esperar cuál va a ser la determinación de Justicia sobre eso. Eso supersede la intención del secretario (del DTOP, Edwin González) y ciertamente la mía”, abundó.

En una sentencia del 7 de enero, el foro apelativo sostuvo que “el DTOP no logró demostrar la existencia de un interés apremiante de mayor jerarquía que los valores protegidos por el derecho ciudadano a la información”.

Recordó, además, que el Tribunal de Primera Instancia condicionó la entrega del “subpoena” o requerimiento administrativo a que “se salvaguardara la divulgación de información que pudiera permitir la identificación de las personas cuyos expedientes habían sido divulgados a la agencia federal (Servicio de Inmigración y Control de Aduanas, ICE)”.

“En Puerto Rico, el derecho de acceso a la información es reconocido como un derecho humano y constitucional de rango fundamental”, puntualizó el panel de jueces del Tribunal de Apelaciones.

Cuando bajó la sentencia, la secretaria de Justicia se limitó a emitir declaraciones escritas, en las que se limitó a decir que evaluaban el dictamen.

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