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Secretaria de Justicia impone más restricciones al acceso a la información sobre investigaciones activas

Lourdes Gómez enmendó una orden administrativa de su antecesor sobre la política de confidencialidad para requerir que cualquier divulgación sea autorizada por ella

18 de junio de 2025 - 11:16 AM

Lourdes Gómez firmó la orden administrativa enmendada el pasado 13 de junio, cuatro días después de su confirmación en el Senado. (alexis.cedeno)

La secretaria de Justicia, Lourdes Gómez, enmendó una orden administrativa emitida por su antecesor, Domingo Emanuelli, para imponer medidas más restrictivas sobre la política de confidencialidad con las investigaciones activas en la agencia.

Específicamente, la orden administrativa 2025-03 enmienda la 2023-07 en lo que concierne al “deber general de confidencialidad” para establecer que “ningún procurador, fiscal auxiliar o fiscal especial del Departamento (de Justicia) estará autorizado a confirmar la existencia o emitir comentarios sobre investigaciones en curso”.

Dispone, por lo tanto, que estos profesionales solo podrán divulgar información a la prensa o al público al presentar cargos criminales, si se cuenta con la aprobación del secretario, el jefe de fiscales o el fiscal de distrito.

“El recibo de una solicitud para que se inicie una investigación puede ser reconocido públicamente, pero se debe evitar expresar que dicho referido culminará en una investigación. Esto, debido a que existe una diferencia entre revisar una solicitud y abrir una investigación”, reza la enmienda a la orden administrativa, firmada por Gómez el pasado 13 de junio, cuatro días después de su confirmación en el Senado.

Detalla, además, qué información podrán divulgar tras presentar un caso, lo que incluye los cargos, el nombre del imputado, su lugar de residencia, el empleo, la identidad de la agencia investigada, el alcance de la investigación, las circunstancias del arresto, el lugar y si hubo resistencia o persecución, entre otros datos.

No podrán, en tanto, dar información de declaraciones, admisiones, confesiones o testimonios.

También, la orden administrativa eliminó todo el contenido de la pasada que reconocía que “el acceso a la información pública es un derecho ciudadano”.

Eliminó, igualmente, el reconocimiento a las diversas fuentes de comunicación que existen hoy día, que “permiten al ciudadano informarse de forma expedita de los sucesos”.

“Esta realidad impone al Departamento nuevos retos en el modo en que transmite las funciones y actividades que realiza. Comunicar el trabajo que realizamos contribuye a educar al ciudadano sobre los procesos judiciales, los resultados alcanzados y el cumplimiento del Departamento”, leía la orden enmendada por Gómez.

Con las enmiendas de Gómez, se mantuvo que será a través de la Oficina de Prensa y Comunicaciones de Justicia que se canalizarán los pedidos de información.

La nueva orden enmendó, también, la parte V de la pasada, que abunda sobre “el proceso interno para la divulgación de información”. Ahora, indica que, luego de presentado un caso, la información que se divulgue “será limitada a la información contenida en los documentos públicos del caso”.

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