

20 de marzo de 2026 - 4:59 PM

Actualizado el 20 de marzo de 2026 - 5:22 PM


La defensa de Anthonieska Avilés Cabrera, acusada por el crimen de Gabriela Nicole Pratts Rosario, presentó un recurso de habeas corpus ante el Tribunal de Aibonito, solicitando su excarcelación bajo el argumento de que su detención carece de fundamentos legales suficientes o viola garantías constitucionales.
La petición será atendida el 24 de marzo a las 2:30 p.m., según la orden emitida por la corte.
En el recurso de dos páginas, las licenciadas María S. Sáez Matos, Athelyn Jiménez y Rocío Revelles, de la Sociedad para Asistencia Legal (SAL), indicaron que Avilés Cabrera ha estado detenida, de forma continua e ininterrumpida, desde el 19 de agosto de 2025 en el Centro Médico Correccional del Complejo de Bayamón.
“En el presente han transcurrido en exceso de los seis meses establecidos en la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, como periodo máximo por el cual puede estar detenido legalmente un acusado en calidad de sumariado sin haber iniciado en su contra el juicio plenario”, agregaron las abogadas en la petición.
El recurso plantea que la privación de libertad de Avilés Cabrera debe ser revisada con urgencia por el tribunal, como dispone la Constitución de Puerto Rico, que protege el derecho fundamental a la libertad frente a las detenciones arbitrarias. Según la defensa, existen elementos que ameritan una evaluación de la corte.
“Dado a que en estos momentos la detención de la peticionaria es en violación a sus derechos constitucionales, procede se ordene su excarcelación inmediata”, precisaron las licenciadas en el documento, donde se solicita que la audiencia sea sin la presencia del público y la prensa.
“Dado a que se estará ventilando información personal sensitiva —tanto de la menor AAC como de la persona o personas que servirán como lugar de acogida y/o custodios de dicha menor, solicitamos que en esta ocasión en particular la vista a celebrarse en el presente proceso legal se realice sin la presencia en sala del público y los representantes de los distintos medios de comunicación", pidieron las abogadas.
Así también, solicitaron que se le aperciba expresamente a todo el personal de sala, el componente del sistema judicial y el Ministerio Público -representado por los fiscales Orlando Velázquez Reyes y Silda Rubio Barreto- “a guardar silencio en cuanto a los pormenores de lo dilucidado en dicha vista”.
“Por todo lo cual, la demandante respetuosamente solicita a este honorable Tribunal de Primera Instancia que expida el auto de habeas corpus, dirigido contra el aquí demandado para que comparezca ante el Tribunal, traiga consigo a la demandante y, si es que existiese alguna razón, entonces exponga su oposición a la inmediata excarcelación de la aquí demandante", finalizaron las licenciadas en el documento.
El habeas corpus es un recurso extraordinario, de naturaleza civil, que protege a cualquier persona de privaciones de libertad consideradas ilegales. La Constitución de Puerto Rico dispone que ninguna persona puede permanecer más de 180 días en detención preventiva sin que haya iniciado su juicio.
En una entrevista reciente con El Nuevo Día, la licenciada María Soledad Sáez Matos, de la Sociedad para Asistencia Legal (SAL), una de las representantes legales de Avilés Cabrera, adelantó que estaban calculando cuándo se cumplía el término de 180 días para presentar la petición ante el Tribunal de Aibonito.
“El habeas corpus es un recurso extraordinario y el único fundamento legal (para presentarlo) es que hayan pasado seis meses desde que la persona fue ingresada en prisión y no se haya comenzado el juicio... Está vinculado con la presunción de inocencia”, expresó Sáez Matos a este medio.
Al ser cuestionada sobre si temen por la seguridad de Avilés Cabrera una vez salga de la institución correccional, la licenciada respondió que “no hay nada peor que estar privado de la libertad”. “No hay lugar más inseguro en Puerto Rico y en el mundo que las instituciones penales”, dijo Sáez Matos.
“Esa noción de que está más segura en la institución penal no es correcta, porque en las instituciones te tratan como si fueran un número... Se supone que la Policía protege a todos los ciudadanos y se supone que el Estado debe protegerla. Nosotras no hemos recibido ninguna amenaza ni a nosotros ni a ella”, subrayó.
Con la presentación del habeas corpus, inicia el proceso formal en el tribunal, dando paso a que el juez asignado programe con carácter de urgencia una audiencia, donde se considera tanto la posición de las abogadas defensoras como la del Ministerio Público, pero pesa más lo dispuesto en la Constitución de Puerto Rico.
De conceder la aprobación, la corte suele imponer algunas condiciones a la acusada, incluyendo tener un tercer custodio, que es una persona ajena al caso judicial que vela por su supervisión. En ese sentido, Sáez Matos confirmó que tienen ya “varias alternativas” anticipando que la corte impondrá dicho requisito.
No obstante, es meritorio aclarar que el que se declare “ha lugar” el recurso de habeas corpus no significa que el caso haya concluido; todo lo contrario, el procedimiento sigue su curso. La única diferencia es que la acusada permanecerá en libertad, bajo supervisión, mientras continúa el proceso.
Actualmente, el inicio del juicio está programado para el 6 de abril con la selección de los miembros del jurado y sus suplentes, confirmó el Ministerio Público.
Los hechos de este caso se remontan a la noche del 10 de agosto de 2025, cuando se suscitaron varias peleas en el desvío Roberto Colón, cerca del casco urbano de Aibonito. En el lugar, dos adolescentes de 16 años resultaron heridos de arma blanca, por lo que fueron trasladados en autos separados hasta un hospital.
Sin embargo, Pratts Rosario falleció la madrugada del 11 de agosto de 2025 mientras recibía asistencia médica. Por su parte, el otro adolescente logró recuperarse de las heridas y se encuentra entre los más de 60 testigos con los que el Ministerio Público cuenta para sustentar los cargos contra madre e hija.
Tanto Avilés Cabrera como su madre, Elvia Cabrera Rivera, enfrentan dos cargos cada una por violación al Artículo 93 del Código Penal, de asesinato en primer grado, e infracción al Artículo 6.06 de la Ley de Armas de Puerto Rico, por el uso y/o portación de arma blanca. De ser halladas culpables, se exponen a ser sentenciadas a más de 99 años en prisión.
La teoría del Ministerio Público es que ambas acusadas actuaron en común y concierto acuerdo para cometer el asesinato de Pratts Rosario. Para sustentar dicha teoría, el Estado asegura que cuenta con evidencia testifical, documental y pericial.
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