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Paralizan vista preliminar por apelación de defensa de Anthonieska Avilés para buscar que sea procesada como menor de edad

Las abogadas intentan revertir la decisión que ordenó que fuera juzgada como adulta por el asesinato de Gabriela Nicole Pratts Rosario en Aibonito

15 de diciembre de 2025 - 11:18 AM

Anthonieska Avilés y su madre, Elvia Cabrera, enfrentan cargos por el asesinato en primer grado de Gabriela Nicole Pratts Rosario el 11 de agosto pasado en Aibonito. (Pablo Martinez)

La vista preliminar contra la joven Anthonieska Avilés por el asesinato de Gabriela Nicole Pratts Rosario en Aibonito fue paralizada este lunes por el Tribunal de Apelaciones, por un recurso presentado por la defensa de la imputada.

Aunque estaba pautada para comenzar hoy, la jueza Cristina Córdova Ponce leyó una disposición del Apelativo ordenando “la paralización de los procedimientos ante el Tribunal de Primera Instancia, sala de Aibonito, hasta que otra cosa disponga este tribunal”.

La jueza mantuvo la fecha del 17 de diciembre y otras fechas posteriores señaladas para la vista preliminar, a menos que para entonces el Apelativo haya resuelto el recurso radicado.

Como habían adelantado el viernes pasado, las abogadas de Avilés acudieron al foro intermedio para revertir una determinación del Tribunal de Aibonito, que declaró “no ha lugar” y mantuvo el procesamiento criminal como adulta.

Aunque la joven tenía 17 años de edad al momento del crimen, el tribunal determinó que tenía más de 15 años de edad, por lo que cumple con el estatuto que dispone que podía ser procesada como adulta al encontrársele causa probable para el arresto por el artículo de Asesinato en Primer Grado.

En su moción ante el apelativo, los abogados José Soler Fernández, Rocío Revelles y Athelyn Jiménez, alegaron que el Tribunal de Primera Instancia “violenta los derechos constitucionales - tanto federal como estatal - a un debido proceso de ley, a una igual protección de las leyes e infringe la prohibición contra castigos crueles e inusitados”.

Señalan haber presentado documentación del Departamento de Educación que demuestran que Avilés podía tener una edad “cronológica” de 17 años al momento en que se alega ocurrió el crimen, pero “tiene una capacidad mental de 10 años y 7 meses de edad”.

“Concluir que la facultad mental de un menor de entre los 15 y 18 años, con una capacidad mental (edad mental) menor a los 15 años, no es un elemento a considerar al momento de establecer su edad para fines de excluirle de la jurisdicción de menores, lo coloca en una posición de desventaja e injusticia”, argumentó la defensa.

Además, agregó que “esto produce un trato diferente o desigual entre jóvenes con una edad cronológica y mental (equiparadas) entre los 15 y 18 años, sobre aquellos con esa misma edad cronológica, pero con una capacidad mental menor a los 15 años”.

Asimismo, apuntó que “también crea dos realidades paralelas contradictorias”, entre lo civil u lo penal.

“Afirmar en pleno Siglo 21 que no importa para nada la facultad o capacidad mental que pueda tener un menor de 15 años, por el hecho de haber sido imputado de asesinato en primer grado, es no solo un retroceso, sino también una negación a todo el desarrollo del conocimiento neurocientífico alcanzado durante las pasadas décadas”, afirmó la defensa de Avilés.

Entonces, solicitó al Apelativo que “revoque la resolución” y “ordene la celebración de una vista evidenciaria y, establecida la edad mental” de Avilés, “se proceda a desestimar las denuncias en su contra a los fines de referirla a la jurisdicción del Tribunal de Menores”.

Del otro lado, antes de que el Apelativo tomara el caso, la Fiscalía de Aibonito radicó una moción para oponerse al reclamo de la defensa.

Los fiscales plantearon que la ley vigente “dispone que el tribunal de menores no tendrá jurisdicción cuando se le impute a un menor de quince ‘años de edad’ la comisión de asesinato en primer grado” y sostuvo que “dicho término alude inequívocamente a la edad cronológica”.

“Es evidente que esa fue la intención de la Asamblea Legislativa al suscribir la disposición y así fue corroborado cuando” el artículo de la ley fue enmendado en 2022.

“La Asamblea Legislativa mantuvo la edad cronológica mínima de quince años de edad para fines de la excepción que dispone el Artículo (4)(2)(a), cuando al menor se le imputa el delito de asesinato en primer grado”, por lo que “no cabe hablar de “facultad mental”, abundó.

Trasfondo del caso

El crimen de Pratts Rosario se reportó el 11 de agosto, luego de que dos menores de 16 años llegaran heridos de arma blanca al hospital Menonita de Aibonito.

El asesinato ocurrió en el desvío Roberto Colón, intersección con la PR-14, cerca del casco urbano y a minutos del cuartel de Aibonito, según la Policía.

La llamada alertó sobre dos jóvenes, una fémina y un hombre, que llegaron hasta la institución. Poco después, Pratts Rosario, que era la fémina, falleció.

Por estos hechos, las autoridades formularon dos cargos contra Avilés y su madre, Elvia Cabrera, por asesinato en primer grado y violación a la Ley de Armas, según el Departamento de Justicia.

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