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“Por insuficiencia de prueba”: juez desestima demanda y deja sin efecto orden de paralización sobre ciclovía en Rincón

La determinación del togado Johnny Reyes Villanueva surgió durante una vista celebrada este viernes en el Tribunal

2 de mayo de 2025 - 1:40 PM

Las labores de construcción de un paseo ciclístico en Rincón. (Juan Luis Valentín)

El juez Johnny Reyes Villanueva, del Tribunal de Aguadilla, determinó este viernes desestimar una demanda que buscaba frenar la construcción de la llamada “Ruta Ciclista y Peatonal” de Rincón.

Tras escuchar los argumentos de las partes, el togado dejó sin efecto, además, la orden de paralización temporal de la tala de árboles para propósitos de las obras relacionadas al controversial proyecto.

“A base de los documentos sometidos como prueba y los testimonios escuchados y creídos, el Tribunal, al evaluar las mociones de desestimación presentadas por la parte demandada hoy en sala, las declara todas ha lugar”, expresó Reyes Villanueva.

“En consecuencia, se destima la demanda por insuficiencia de la prueba y se deja sin efecto la orden de paralización que tiene vigencia hasta hoy (viernes). Esa determinación el tribunal la colocará por escrito en los próximos días”, añadió.

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La ruta de la manifestación buscó llamar la atención sobre la posibilidad del disfrute de la zona sin necesidad de la construcción propuesta.

La demanda fue presentada por Jacob Huck, Annette Blasini Batista, Michelle Isabel Díaz Beltrán, Daniel Shields, Anna Martin, Kathleen Ann y Gregory Engstrom, según el récord judicial.

También figuran como demandados la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe), la Junta de Planificación, el Municipio de Rincón y los ingenieros Alexandra Velázquez y Claudio Torres.

Precisamente, las agencias demandadas fueron las que solicitaron la desestimación del pleito judicial con el argumento de insuficiencia de pruebas, un planteamiento acogido por el juez.

Solicitan reconsideración

Ante esto, la licenciada Isabel Abislaimán Quiles, representante legal de la parte demandante, solicitó reconsideración de la orden, con el argumento de que en la vista se demostró la falta de un deslinde válido.

“Se ha representado y obtenido el permiso de construcción a base de un deslinde que no está certificado al día, lo cual representa una realidad falsa al momento de solicitarse los permisos. Ese deslinde tiene que estar al día y es un prerequisito para haber entrado en el proceso de solicitud de permisos”, dijo.

Asimismo, la licenciada planteó que faltan documentos en el expediente del caso.

“No se sometió un expediente completo, incluso, de Recursos Naturales, específicamente en cuanto a cartas o endosos que hacen referencia a otros deslindes”, indicó Abislaimán Quiles.

Sin embargo, el togado reafirmó su determinación de desestimar la demanda y dejar sin efecto la paralización. “Atendida la moción de reconsideración, el Tribunal se sostiene en su determinación”, dijo.

El debate en sala

Durante la vista, las partes debatieron sobre el señalamiento de que la ACT había supuestamente sometido información falsa, incorrecta y fraudulenta ante la OGPe para obtener el permiso.

La licenciada Maritere De Jesús Aponte, quien representa al DRNA, expresó que se trataba de alegaciones que no se habían probado con pruebas.

“No estamos ante un caso de un mandamus ni nada parecido. Estamos ante la (alegación para la) revocación de un Permiso Único Incidental (PUI) cuya controversia está limitada a establecer cuál es la información incorrecta, falsa o fraudulenta que se utilizó para emitirlo. Hay una máxima (judicial) que dispone que las alegaciones no constituyen pruebas”, dijo la licenciada en la audiencia.

De Jesús Aponte planteó que el PUI no necesita deslinde y que así lo establece el Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos relacionados al Desarrollo, Uso de Terrenos y Operación de Negocios en Puerto Rico en el capítulo 3.4.

No obstante, Abislaimán Quiles ripostó los planteamientos de De Jesús Aponte con la premisa de que “el problema fundamental con el proceso de este permiso es que no hay un deslinde vigente”.

“La importancia de que el deslinde esté vigente es porque demarca una zona marítimo terrestre de la cual se desprenden un montón de leyes y reglamentos que hay que proteger y, precisamente, le compete al DRNA proteger la zona costanera, los hábitats en peligro de extinción, todo lo que atañe a donde está el agua y la tierra”, comentó Abislaimán Quiles.

Por su parte, la licenciada Alma Acevedo Ojeda, representante legal de la OGPe en el caso, se unió a la solicitud de desestimación “entendiendo que, con la prueba presentada, no es posible dar el remedio que la parte demandante solicita”.

El proyecto Ruta Ciclista y Peatonal se pretende desarrollar desde la carretera PR-4413 hasta el balneario público de Rincón.

Como parte de la lucha, organizaciones proambiente han alertado que la obra puede llevar a daños irreparables sobre la integridad de la zona marítimo terrestre, causando un impacto directo al bien de dominio público.

El proyecto -a cargo de la firma Tamrío Incorporated- tendrá una ruta escénica a la costa partiendo del Complejo Sunset Village en el barrio Ensenada, y transcurrirá por la playa Club Náutico, Reserva Natural Tres Palmas, playa Escalera y el Faro.

Recientemente, el Campamento Carey denunció, en sus redes sociales, que “el Paseo Ciclista propuesto en Rincón fue tramitado con documentación caduca, sin cumplir con los requisitos legales más básicos, y violando múltiples leyes, reglamentos y principios éticos”.

“Se usó un deslinde del 1999, vencido desde hace más de 20 años, en abierta violación al Reglamento Conjunto de 2023, la Ley 161-2009, y el Reglamento 4860 del DRNA. El diseño invade zonas protegidas, afecta hábitats de especies en peligro y fue aprobado sin una evaluación ambiental adecuada, usando una exclusión categórica ilegítima”, dice la publicación.

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