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Tribunal 101: ¿cómo se organizan los Centros Judiciales en Puerto Rico?

Una mirada clara y accesible a la estructura del Poder Judicial puertorriqueño, cómo se distribuyen y qué funciones cumplen

18 de febrero de 2026 - 3:25 PM

Balanza Justicia
La balanza de la justicia. (Shutterstock)

En Puerto Rico, el Poder Judicial constituye la rama encargada de interpretar y aplicar las leyes, así como de adjudicar los casos que le presentan ciudadanos, entidades públicas y organizaciones privadas.

Además, garantiza la protección de los derechos que emanan de la Constitución de Puerto Rico y de las leyes promulgadas por la Legislatura, velando porque ninguna actuación del Estado ni de particulares los menoscabe.

En términos generales, en conformidad con la Constitución y la Ley de la Judicatura de 2003, el Poder Judicial se organiza como un sistema de tribunales, que incluye Primera Instancia, Apelaciones y el Supremo.

A continuación, explicamos la composición del sistema de tribunales en Puerto Rico, tomando como base la “Guía Educativa: Nuestro Sistema de Gobierno y de Tribunales”, elaborada por el Poder Judicial.

Tribunal de Primera Instancia

El Tribunal de Primera Instancia funciona como el primer escalón del sistema judicial de Puerto Rico.

En resumen, es el lugar al que acuden los ciudadanos cuando no logran resolver un conflicto directamente con otra persona o cuando quieren reclamar un derecho.

Cada caso es atendido por un juez o jueza, y las audiencias se graban en audio para luego transcribirse y formar parte del expediente judicial, según la mencionada guía educativa del Poder Judicial.

Este tribunal tiene varias salas, algunas ubicadas en los centros judiciales y otras en edificios separados, y en él trabajan tanto jueces superiores como municipales.

Tribunal de Apelaciones

Por su parte, el Tribunal de Apelaciones es un tribunal intermedio que actúa como segundo nivel dentro del sistema judicial. Su función principal es revisar las decisiones del Tribunal de Primera Instancia y de organismos y agencias administrativas.

En este tribunal, los casos son analizados por un panel de al menos tres jueces o juezas, quienes estudian los documentos del expediente y determinan si la decisión previa debe confirmarse, modificarse o revocarse.

Generalmente, las partes no asisten en persona, aunque en algunas ocasiones pueden celebrarse vistas orales para que los abogados expongan sus argumentos.

Este tribunal atiende principalmente las sentencias finales del Tribunal de Primera Instancia mediante recursos de apelación, mientras que otras decisiones parciales pueden revisarse mediante certiorari.

También puede revisar las decisiones finales de agencias administrativas, como las del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), a través de un recurso de revisión judicial.

Las resoluciones del Tribunal de Apelaciones se publican con carácter persuasivo, lo que significa que no son obligatorias para otros casos, pero sirven como guía sobre cómo podrían resolverse situaciones similares.

Tribunal Supremo

Finalmente, el Tribunal Supremo de Puerto Rico es el tribunal de mayor jerarquía y de última instancia dentro del sistema judicial estatal. Su función principal es interpretar la Constitución y las leyes del Estado Libre Asociado (ELA), así como evaluar la constitucionalidad de leyes y actos de los poderes públicos.

Además de actuar como tribunal de apelaciones sobre casos ya vistos en los tribunales inferiores, también tiene la responsabilidad de supervisar la ética profesional de jueces y abogados, y de establecer reglas de procedimiento y de evidencia.

El Tribunal Supremo revisa recursos de apelación de casos en los que se cuestiona la constitucionalidad de leyes, reglamentos o decisiones de agencias públicas, y puede decidir sobre conflictos entre decisiones del Tribunal de Apelaciones.

Asimismo, sus decisiones pueden emitirse como sentencias que aplican únicamente a las partes del caso o como opiniones, que establecen jurisprudencia y sirven como guía obligatoria para otros casos similares.

Una vez que se agotan las mociones de reconsideración, la decisión del Tribunal Supremo es definitiva. En caso de que haya conflicto con leyes federales, la vía siguiente es el Tribunal Supremo de los Estados Unidos.

Tribunales federales

Precisamente, Puerto Rico cuenta con el Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico, que no forma parte del sistema judicial estatal.

Este tribunal actúa de manera similar al Tribunal de Primera Instancia estatal, pero atiende casos que involucran leyes federales.

Sus decisiones pueden ser apeladas ante el Tribunal Federal de Apelaciones del Primer Circuito, con sede en Boston, y finalmente ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, que es la última instancia en materia federal y puede revisar, entre otros, asuntos relacionados con decisiones del Tribunal Supremo de Puerto Rico que involucren derecho federal.

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