

18 de febrero de 2026 - 4:39 PM


Cuando se sospecha que alguien cometió un delito, el Estado tiene la responsabilidad de investigar los hechos e iniciar un proceso judicial para demostrar, más allá de toda duda razonable, que la persona es responsable.
En esta etapa inicial, la Policía de Puerto Rico desempeña un papel fundamental y, dependiendo de la naturaleza del delito, le corresponde proteger la escena, detener a los sospechosos e iniciar la investigación.
Según la Guía Educativa: Nuestro Sistema de Gobierno y de Tribunales, elaborada por el Poder Judicial, “un delito es una conducta u omisión que está prohibida por las leyes penales, leyes especiales o disposiciones municipales de Puerto Rico”.
Desde la detención, la persona cuenta con derechos fundamentales, como guardar silencio y contar con un abogado. Además, tiene derecho a comunicarse con familiares, recibir atención médica si lo necesita y solicitar un intérprete si no domina el idioma.
La Policía también debe informar sobre la razón por la que se hizo la detención, consultar el caso con el Departamento de Justicia y llevar al detenido ante una autoridad judicial dentro de los plazos establecidos por la ley.
El proceso continúa bajo la supervisión de la Fiscalía, que forma parte del Departamento de Justicia y tiene la responsabilidad de presentar los cargos correspondientes durante la audiencia de determinación de causa probable para arresto, conocida como Regla 6.
En esta primera audiencia, las autoridades presentan lo que se conoce como una “scintilla de evidencia”, un término legal que representa la prueba más pequeña, pero relevante necesaria para sustentar los cargos en esta primera etapa de los procedimientos.
Por ejemplo, una llamada que ubique a la persona cerca del lugar del delito o el testimonio de alguien que la haya visto en la escena puede ser suficiente para cumplir con este estándar. En esta etapa, los casos suelen presentarse principalmente mediante declaraciones juradas, aunque también se llama a declarar funcionarios públicos, como agentes investigadores.
Durante la Regla 6, un juez o jueza revisa la evidencia presentada por la Fiscalía, que puede incluir declaraciones juradas, testimonios de testigos o de personas afectadas por el hecho, y determina si existe causa suficiente para que el caso continúe.
De encontrarse causa para arresto, el juez decide las medidas de seguridad a aplicar, incluyendo la fianza, cuya cifra queda a discreción del togado, pero que toma en cuenta la gravedad del delito imputado, según la mencionada guía judicial.
Contar con representación legal desde esta etapa es fundamental. Un abogado puede explicar al detenido la evidencia en su contra, gestionar la solicitud de fianza —por ejemplo, solicitando una cantidad menor— y presentar los argumentos de manera adecuada, asegurando que se respeten sus derechos.
Si en la Regla 6 el juez determina que no hay causa suficiente, la persona detenida debe ser liberada.
En cambio, si se confirma que existe causa para arresto, el caso avanza a la vista preliminar ante el Tribunal de Primera Instancia.
En esta segunda etapa, la evidencia se analiza con mayor profundidad, se citan a declarar en corte abierta los testigos de la defensa y de la Fiscalía, y se determinan los pasos siguientes del proceso judicial, incluyendo la posibilidad de acuerdos de culpabilidad o la celebración de un juicio formal.
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