martes, 5 de enero de 2021
La clemencia ejecutiva y la resucitación del Proyecto 489
La clemencia ejecutiva es un privilegio que concede el gobernador(a) en virtud del Art. IV secc. 4 de la Constitución de Puerto Rico, y abarca el suspender la ejecución de sentencias en casos criminales, indultar, conmutar penas y condonar total o parcialmente multas y confiscaciones por delitos cometidos en violación de las leyes de Puerto Rico.