
Opinión
Explica ideas y extrae conclusiones basadas en la interpretación de hechos y datos.
La Constitución de Puerto Rico, en su Artículo II, Sección 5, reconoce que toda persona tiene derecho a una educación que apoye su desarrollo pleno y fomente el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales. Este derecho aplica por igual a todos los estudiantes, con o sin diversidad funcional, y obliga al Estado a ofrecer una educación inclusiva, justa y adecuada para todos.
Te invitamos a descargar cualquiera de estos navegadores para ver nuestras noticias: