De existir un consenso en Puerto Rico de que es deseable que también el veredicto de no culpable sea unánime, la única opción sería enmendar la Constitución, escribe Julio E. Fontanet Maldonado
De existir un consenso en Puerto Rico de que es deseable que también el veredicto de no culpable sea unánime, la única opción sería enmendar la Constitución, escribe Julio E. Fontanet Maldonado
El Tribunal Supremo de Puerto Rico tendrá que decidir en algún momento sobre otra ramificación del caso Oregon v Ramos, el caso que estableció que en los estados y territorios los veredictos de culpabilidad emitidos por un jurado tienen que ser unánimes. ¿La ramificación pendiente de atención? La determinación de “no culpabilidad” por parte del jurado. Actualmente, la mayoría de los tribunales de instancia han decidido que el veredicto de no culpabilidad —conforme a nuestra Constitución— no tiene que ser unánime sino de una mayoría donde, al menos, concurran 9 de los miembros de jurado.
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