La licenciada María de Lourdes Guzmán argumenta sobre la decisión de la defensa de Jensen Medina al descartar un juicio por jurado para su cliente
La licenciada María de Lourdes Guzmán argumenta sobre la decisión de la defensa de Jensen Medina al descartar un juicio por jurado para su cliente
La Carta de Derechos de la Constitución de Puerto Rico contempla, entre otros derechos, el derecho a juicio por jurado en los procesos de naturaleza penal. Particularmente, el articulo II de la Sección 11 de nuestra Constitución establece que: “En los procesos por delito grave el acusado tendrá derecho a que su juicio se ventile ante un jurado imparcial compuesto por doce vecinos del distrito, quienes podrán rendir veredicto por mayoría de votos en la cual deberán concurrir no menos de nueve”.
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