

12 de noviembre de 2025 - 6:34 PM


Aunque no quiso anticipar el futuro del proyecto de ley que impondría requisitos adicionales para acceder a información pública, el presidente de la Cámara de Representantes, Carlos “Johnny” Méndez, aseguró este miércoles que “no hay prisa”, y afirmó que promovió la discusión de la propuesta del Senado -en la víspera del último día de aprobación de medidas- porque entiende que dejar para después su análisis era como “no querer hacer nada”.
Méndez indicó que el presidente de la Comisión de lo Jurídico, José “Che” Pérez Cordero, a cargo de evaluar el Proyecto del Senado (PS) 63, no tiene “presión” para rendir un informe sobre la legislación antes que culmine la sesión.
“Se hará cuando esté listo”, apuntó durante un intercambio con el panel de deponentes en vista pública.
“A lo mejor, pasan cuatro años y no se hace nada. A lo mejor, pasa un semestre o dos semanas y se radica un proyecto para derogar la Ley 141-2019 (Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública)“, afirmó el líder cameral.
Méndez prefirió no entrar en los méritos de la propuesta del presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, pero opinó que la Ley 141-2019 es “mejorable”.
“Seguir postergando era poder crear expectativas de que no queríamos enfrentar un problema. Yo creo que el PS 63 es un problema y..., a los problemas, no se les huye; se enfrentan”, expuso Méndez sin abundar.
El PS 63 enmienda la Ley 141-2019 para imponer requisitos adicionales a las solicitudes de información en poder de las agencias gubernamentales. Entre otras cosas, elevaría a 20 días laborables el término para entregar la información, en lugar de los 10 días actuales, y 20 días más como prórroga, para un total de 40. Al sumar feriados y fines de semana, el plazo real sería de dos meses.
La vista pública -que inició con una hora de retraso y se extendió seis horas- comenzó con un panel integrado por gremios periodísticos, organizaciones profesionales y ciudadanos, todos en oposición al proyecto de ley. Los portavoces agradecieron el espacio para expresarse, pero criticaron lo atropellado del proceso y que la discusión no incluyera a todos los sectores interesados en deponer.
La legislación pasó a la jurisdicción de la Comisión de lo Jurídico el jueves pasado, y no fue hasta el día siguiente, a las 5:30 p.m., que las partes fueron citadas a comparecer. Ante la cercanía del cierre de esta sesión ordinaria, la Cámara tendría hasta este jueves para discutir y llevar a votación el proyecto si así lo determinara.
La propuesta, además de los cambios en cuanto a los términos, exige notificar cada petición a los jefes de agencia para que se considere “no defectuosa”, y ordena incluir la dirección postal y el correo electrónico en las solicitudes, lo que, como han advertido algunas entidades, perjudica a ciudadanos sin acceso a estos recursos, además de que podría exponer a los solicitantes a “carpeteo” o actos de persecución al interior de las agencias.
Los grupos opositores han cuestionado, también, las sanciones –a su juicio, insuficientes– que la medida contempla contra las agencias que incumplan; la erradicación del derecho a recibir información en formatos específicos –como Excel o CSV–, lo que podría imposibilitar el análisis de los datos; y la eliminación de la discreción judicial para acortar términos, lo que prolongaría innecesariamente los procesos legales.
“Es un proyecto que nadie pidió y que no debería estar en la prioridad de la agenda legislativa”, apuntó Carla Minet, directora ejecutiva del Centro de Periodismo Investigativo (CPI).
A juicio de Minet, duplicar los términos sería “nefasto”. Actualmente, dijo, la cantidad de días en responder excede lo permitido en ley, al punto que han habido demoras que alcanzan los 186 días. “Aquí no hay un problema de recursos para contestar las peticiones, hay un problema de voluntad política y de prioridades”, expresó.
Según datos recopilados por la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT) y el Proyecto de Acceso a la Información de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana, durante la administración de Pedro Pierluisi -hasta agosto de 2024-, se presentaron “más de 374 demandas de acceso a la información”.
Uno de los argumentos esbozados para extender el tiempo de respuesta a una solicitud de información es la supuesta falta de recursos humanos y económicos en algunas instrumentalidades públicas.
A pesar de que legisladores han señalado este asunto -que no se sostiene con estadísticas en el informe preparado por el Senado-, los deponentes coincidieron en que el tiempo adicional que se quiere legislar busca “cansar” al solicitante.
“Mucha de la información que requieren los periodistas en su trabajo de día a día son documentos disponibles, digitalizados y que fácilmente pueden producirse el mismo día”, subrayó Wilma Maldonado, presidenta del Overseas Press Club (OPC).
“Dilatar la entrega de información puede llevar a pensar que la intención es que se pierda interés y que el tema muera”, añadió, por su parte, la presidenta de la Asociación de Periodistas de Puerto Rico (Asppro), Nydia Bauzá.
A pesar de que la Ley 141-2019 dispone que las agencias deben presentar informes estadísticos sobre las solicitudes que reciben, no todas cumplen con dicho requerimiento, apuntó el licenciado Carlos F. Ramos, del Programa de Transparencia del CPI.
No obstante, entre los datos disponibles, Ramos destacó que la Oficina del Inspector General (OIG) ha recibido menos de 10 solicitudes desde 2022. Mientras, en lo que va del año, el Departamento de Justicia ha recibido 17. Los departamentos de Educación y de Salud no han cumplido con el requerimiento, puntualizó.
“Ese análisis de si hay una necesidad o si la agencias están abarrotadas, no lo podemos hacer con datos y estadísticas porque ni las propias agencias están cumpliendo con el mandato de ley”, enfatizó Ramos.
Modesta Irizarry, líder comunitaria de Loíza, calificó como “desacertadas” las enmiendas propuestas y se expresó preocupada por el impacto que tendrían sobre las comunidades que no cuentan con representación legal para sostener sus reclamos.
“Esto socava la independencia y objetividad que busca la Ley 141, transformando un proceso puramente técnico y vulnerable en intereses partidistas y políticos”, señaló Irizarry.

La líder comunitaria no presentó una ponencia escrita. No cuenta con una computadora para así hacerlo. La falta de tecnología y de acceso al internet son, precisamente, parte de los retos que enfrentan las comunidades para lograr el acceso a la información, recalcó.
“Es bien bochornoso y me da mucha indignación, me da coraje la falta de respeto a nuestras comunidades cada vez que tratamos de pedir información. Es como si se creyeran que son dueños y señores de lo que es público”, aseveró. “No me importa si ustedes son del PNP (Partido Nuevo Progresista), populares o independentista... Escuchen a las comunidades”, declaró Irizarry ante los representantes.
En una línea similar, la directora ejecutiva de la organización Firmes, Unidos y Resilientes con la Abogacía (FURIA), la licenciada Nayda Bobonis, alertó que el proyecto es “perjudicial” para la participación proactiva de la población en procesos que le impactan y en la capacidad de las comunidades para fiscalizar y procurar el bienestar colectivo.
El año pasado, ejemplificó, obtuvieron información que reveló los detalles sobre el estatus de un proyecto de reparación de un puente en condiciones inseguras en la comunidad Marín Abajo, en Patillas. Gracias a ese trámite, dijo, se abrieron canales de comunicación con las agencias concernientes que han permitido mantener informados a los vecinos.
“Nos preocupa que se despachen las peticiones de información de la ciudadanía redirigiéndoles a páginas electrónicas que no contengan la información solicitada o que, de tenerla, sea complicado y oneroso para nuestras comunidades accederla”, apuntó Bobonis.
Expuso, igualmente, que, aun sin las enmiendas propuestas, han enfrentado retos para obtener documentos. A pesar de ser peticiones específicas, reciben datos mezclados y sin referencia por parte de las dependencias públicas, precisó.
En contra de la medida también se expresaron la Clínica de Asistencia Legal de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico (UPR), el Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico y la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU).
El Poder Judicial, en tanto, sugirió lenguaje adicional al propuesto para que se incluya -como parte de la información no susceptible de divulgación- las “determinaciones judiciales” clasificadas como confidenciales.
Asimismo, el administrador de la OAT, Sigfrido Steidel, recomendó, en ponencia escrita, que, entre los fundamentos para denegar la divulgación, se incluya aquellas instancias en que la información peticionada “esté sujeta a un procedimiento administrativo o reglamentario que regule la forma, los requisitos y las condiciones para su acceso”.
La OIG, por su parte, propuso definir el concepto “información”, para incluir, entre otras cosas, cinco excepciones en las que el gobierno “podrá denegar el acceso”. Estas serían, cuando una ley lo prohíba, cuando la comunicación “está protegida por alguno de los privilegios evidenciarios que pueden invocar los ciudadanos”, así como cuando la divulgación “pueda lesionar los derechos fundamentales de terceros”.
Las otras dos excepciones serían cuando “se trate de la identidad de un confidente” y que sea información oficial cobijada por la Regla 514 de Evidencia de 2009 (Privilegio sobre información oficial). “Esta definición propuesta incluye las instancias, según nuestro Tribunal Supremo ha establecido en sus opiniones, que el gobierno puede denegar alguna información solicitada”, señaló la OIG.
Propuso, asimismo, incluir disposiciones para que, cuando el gobierno niegue la divulgación de la información, “no bastará solo con mencionar el motivo”, sino que, además, “habrá de fundamentar y explicar cómo el mismo aplica a la solicitud de información denegada”.
El Departamento de Justicia, que al igual que la OIG avaló la legislación, favoreció la enmienda al Artículo 8 que dispone que “ninguna entidad podrá ser obligada a generar o elaborar un documento que no exista al momento de presentarse la solicitud”, ya que, según la agencia, es “cónsono” con lo que ha resuelto el Tribunal Supremo de Estados Unidos.
“La medida promueve un balance adecuado entre el derecho constitucional de acceso a la información y la capacidad operacional de las agencias públicas, al precisar que el deber gubernamental se limita a divulgar documentos existentes bajo su posesión o control, sin imponer cargas administrativas indebidas”, expuso la secretaria de Justicia, Lourdes Gómez, por escrito.
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