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Rumbo a La Fortaleza medida que sacaría del “limbo jurídico” a personas no procesables imputadas de delito

La Cámara de Representantes aprobó, sin enmiendas y por descargue, el proyecto de la delegación del PIP que ya cuenta con el aval del Senado

24 de junio de 2025 - 1:42 PM

Updated At

Actualizado el 24 de junio de 2025 - 3:00 PM

Alexander Bernstein pasó 29 días tras las rejas. (Archivo GFR Media)
Según el ordenamiento vigente, la detención preventiva no puede exceder los seis meses sin la celebración de un juicio. (Archivo)

La Cámara de Representantes aprobó este martes por descargue –sin discusión ni vistas públicas– una legislación senatorial que prohibiría que una persona imputada de delito permanezca más de seis meses en prisión a la espera de una determinación de procesabilidad.

El Proyecto del Senado (PS) 655, de la autoría de la delegación del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), fue aprobado sin enmiendas, por lo que pasará directamente a La Fortaleza para la firma de la gobernadora Jenniffer González.

La legislación fue aprobada de forma unánime, al recibir 50 votos.

“Esta medida es una medida de protección a los derechos constitucionales para cualquier persona acusada de un delito que no es procesable, o que es procesable y no se le han dado los servicios adecuados de salud”, apuntó el portavoz del PIP en la Cámara, Denis Márquez.

La semana pasada, el representante José “Che” Perez, presidente de la Comisión cameral de lo Jurídico, indicó que la consideración del PS 655, en esta sesión, no estaba garantizada, pues quería darle el “debido proceso” y llevarlo a vistas públicas. La Comisión ya había solicitado memoriales a diferentes agencias.

El PS 655 fue aprobado en el Senado –también por descargue– el 3 de junio.

Actualmente, según la delegación del PIP en ambas cámaras legislativas, las personas detenidas en instituciones penales en espera de que se determine si son procesables pueden permanecer más de seis meses –y hasta años– en ese “limbo jurídico”, contrario a lo dispuesto en el ordenamiento vigente, que establece que la detención preventiva no puede exceder los seis meses sin la celebración de un juicio.

Hace dos semanas, El Nuevo Día reseñó el caso de Jonathan López Jiménez, un joven de 24 años con un diagnóstico de esquizofrenia paranoide que lleva más de seis meses preso por un incidente con sus vecinos tras sufrir una crisis de salud mental. El próximo señalamiento de su caso, al amparo de la regla de Procedimiento Criminal 240, era en septiembre, cuando llevaría nueve meses tras las rejas. Pero, tras la publicación de la historia en este medio, la vista se adelantó para el jueves, 26 de junio.

La Regla 240 recoge el trámite para determinar la procesabilidad de una persona imputada de delito, como, por ejemplo, la evaluación periódica por un psiquiatra que determine si puede o no enfrentar juicio.

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