

1 de mayo de 2026 - 12:23 PM


El Tribunal de Apelaciones concluyó que Genera PR emitió una notificación defectuosa tras adjudicar, a finales del año pasado, un contrato de $1,000 millones para el suplido de combustible, en una sentencia en la que se declaró sin jurisdicción para resolver en los méritos la solicitud de revisión judicial por tratarse de una controversia prematura.
El caso gira en torno a la impugnación que Novum Energy Trading hizo del contrato otorgado a Puma Energy para el suministro de búnker C, por un año, a las centrales de Palo Seco (Toa Baja), San Juan, Aguirre (Salinas) y Costa Sur (Guayanilla), luego de un proceso de solicitud de propuestas (RFP, en inglés) administrado por Genera PR.
“Conforme surge de la determinación final de Genera, emitida el 20 de noviembre de 2025, esta reconoció que el marco procesal que rige el RFP del caso ante nuestra consideración es la Ley de APP (Alianzas Público Privadas). La referida ley (…) reconoce el derecho del solicitante no cualificado o el proponente no seleccionado para presentar un recurso de revisión administrativa ante el Tribunal de Apelaciones. En vista de ello y de una revisión del ‘Notice of Intent of Award’, emitido el 2 de octubre de 2025, forzoso es concluir que la notificación mediante la cual se adjudicó el RFP de referencia adolece de defectos que impiden nuestra revisión en estos momentos”, sostuvo el panel apelativo, compuesto por los jueces Laura Ortiz Flores, Fernando Bonilla Ortiz y Beatriz Martínez Cordero.
“Por los fundamentos antes expuestos, esta curia se declara sin jurisdicción, tras haberse presentado el recurso de forma prematura. Por tanto, se desestima el recurso incoado y se devuelve para que sin dilación notifique adecuadamente la determinación, en armonía con lo aquí resuelto”, dictó el tribunal.
El portavoz de Genera PR, Iván Báez, indicó que el operador de la flota generatriz no emitiría comentarios sobre la determinación judicial.
En medio a la pugna judicial, el contrato de Genera PR con Puma ha estado en vigor desde el 2 de noviembre de 2025. El 19 de diciembre, el Apelativo había ordenado la paralización de la vigencia del acuerdo de suplido, pero la decisión fue revertida por el Tribunal Supremo, el pasado 12 de enero, tras un recurso presentado por Genera PR.
En síntesis, Novum –que ha mantenido contratos de suministro de combustible con la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y Genera PR– señaló que el operador falló en justificar por qué seleccionó a Puma sobre otros tres licitadores y, además, violó la Ley de la Autoridad para las Alianzas Público Privadas al disponer, en su manual de adquisiciones, que los proponentes ceden el derecho a reclamar deficiencias procesales en el trámite competitivo.
A principios de abril, Genera PR había informado que “próximamente” estaría publicando un nuevo RFP que corrigiera los señalamientos de falta de competitividad que antes la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) había levantado asociados, sobre todo, a la limitación de acceso de distintos suplidores al terminal de la bahía de San Juan. A la fecha, en el portal cibernético de Genera PR no aparece ninguna nueva subasta.
Los señalamientos de la JSF se produjeron en el contexto de una aprobación condicionada al contrato de Puma, evaluación que arrojó que Novum ofrecía precios más bajos, pero sujeto a que la AEE y Genera PR se encargaran de la logística para las entregas de combustible. Según un informe que preparó entonces la JSF, el problema de acceso responde, por un lado, a que Puma es dueño del muelle habilitado para el recibo de derivados del petróleo y, por otro, a la congestión en la bahía, donde también anclan los barcos que suministran gas natural a New Fortress Energy en los muelles A y B.
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