Mencionaron que en el caso Pueblo v. Pepín, el Tribunal Supremo determinó que “el acusado no es el único acreedor del derecho fundamental a un juicio público, pues la ciudadanía y la prensa también pueden invocarlo”.
Mencionaron que en el caso Pueblo v. Pepín, el Tribunal Supremo determinó que “el acusado no es el único acreedor del derecho fundamental a un juicio público, pues la ciudadanía y la prensa también pueden invocarlo”.
El derecho constitucional del ciudadano a estar informado debió prevalecer en la petición para la divulgación de las grabaciones de los procesos judiciales que enfrentó Andrea Ruiz Costas en busca de protección, tal y como ocurrió en la concesión de la transmisión del inicio de la vista preliminar contra el exboxeador Juan Manuel López, imputado por violencia de género, coincidieron expertas.
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