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“La ley sigue vigente”: repudian decisión del Apelativo que “debilita” la defensa de las víctimas de violencia de género

Defensoras de los derechos de las mujeres describieron como un retroceso la determinación y exigieron acciones concretas de parte del Estado

1 de noviembre de 2025 - 1:20 PM

El Departamento de Justicia y la Oficina de la Procuradora de las Mujeres informaron que analizan la decisión del Tribunal de Apelaciones. (Nahira Montcourt)

Grupos y voces defensoras de los derechos de las mujeres describieron este sábado como un retroceso la decisión de tres jueces –todos varones– del Tribunal de Apelaciones que declaró inconstitucional parte del lenguaje del delito de feminicidio, al tiempo que exigieron acciones concretas al Estado para fortalecer las protecciones a favor de las víctimas y sobrevivientes de violencia de género.

“El efecto de esta decisión no se limita a la parte específica del tribunal, sino que tiene un impacto como país. Al hacerlo, lo que realmente está pasando es que están limitando la capacidad del Estado de nombrar correctamente lo que son los asesinatos y lo que es el feminicidio de la mujer, y nombrarlo importa. Cuando el Estado deja de nombrar el feminicidio, lo que nos dice es que la muerte de una mujer no tiene una causa estructural, que puede tratarse como un caso más, pero no lo son”, comentó la doctora Ángela Cruz Félix, psicóloga y directora de la iniciativa Mujeres y Salud de la organización Taller Salud.

Un panel especial del Apelativo –integrado por los jueces Carlos Candelaria Rosa, Nery Adames Soto y José Campos Pérez– encontró inconstitucional el Artículo 93(e)(5) del Código Penal, que establece que se considerará feminicidio cuando “el sujeto haya realizado actos o manifestaciones esporádicas o reiteradas, de violencia en contra de la víctima, independientemente de que los hechos fueran denunciados o no por la víctima”.

Según la decisión, el subinciso declarado inconstitucional “vulnera el debido proceso de ley” de un acusado por el asesinato de su esposa, en Villalba, cuya hija había declarado, en la vista preliminar del caso, que era víctima de un patrón de violencia doméstica.

“Fuera de ese caso en específico, la ley sigue vigente y, para mí, eso es importante que lo podamos nombrar, que la ley sigue vigente y que los cargos amparados bajo ese inciso continúan operativos”, resaltó Cruz Félix, en referencia a la Ley 40 de 2021, que reconoce y establece el feminicidio y transfeminicidio “como conductas que constituyen el delito de asesinato en primer grado”.

La exsenadora Migdalia González Arroyo, autora del estatuto el pasado cuatrienio, se mostró sorprendida con la decisión del Apelativo, y reconoció que, si bien la Ley 40 sigue vigente, el proceder de los tres jueces “debilita el mecanismo, cuando todos sabemos que hay un problema y que el Estado tiene que tener las herramientas suficientemente fuertes para poder atender la situación”.

“El Departamento de Justicia debe recurrir al Tribunal Supremo para que no se invalide este inciso de la ley, y la Asamblea Legislativa tiene los recursos para enmendar la ley y fortalecerla si ellos entienden necesario, y en las manos de la gobernadora (Jenniffer González) está que se siga atendiendo este asunto. De hecho, creo que se había dejado de un lado el tema de la violencia de género y no es hasta que ocurren sucesos como este que nuevamente se habla del tema. Creo que es un tema que debe estar presente siempre en la memoria colectiva del país y deben buscarse todas las herramientas. No se trata de debilitar las que tenemos, al contrario, es fortalecerlas”, expresó.

Mientras, Cruz Félix aseguró a las víctimas y sobrevivientes “que no están solas, que existen espacios de acompañamiento, de apoyo, de sanación desde las comunidades; aunque el sistema judicial falle, las redes comunitarias siguen sosteniendo la vida y la esperanza”.

“Esperamos que el gobierno pueda actuar con seriedad ante estas expresiones y estamos atentas a cómo el Estado va a asumir el deber de defender los derechos de las mujeres, sobre todo cuando, ahora mismo, están queriendo quitar un logro que habíamos tenido, donde podíamos reconocer que las mujeres estaban siendo asesinadas por condición de género”, aseveró.

La revocación fue solicitada por Luis Raúl Santiago Alvarado, acusado de asesinar a su esposa, Mildred Beatriz Colón Bonilla, al dispararle con su arma de fuego, el 16 de febrero, en su hogar, en Villalba.

La hija menor de la víctima, Kelly Santiago Colón, recurrió a las redes sociales para expresar su frustración ante la decisión y reclamar “acción real” de parte del Estado.

“Hoy, hablo desde el coraje y el dolor. Hablo como hija, pero también como ciudadana harta de ver cómo la justicia en este país se sigue inclinando del lado equivocado. Mi mamá fue asesinada, y hoy el sistema pretende borrar hasta el nombre del crimen que la mató. Eso no es justicia. Eso es impunidad con sello institucional”, enunció. “El mensaje que hoy el Tribunal le envía al país es devastador: que ser mujer no te da derecho a justicia. Pues aquí estamos para decirles que sí. Que no nos vamos a callar”.

La secretaria de Justicia, Lourdes Gómez, reaccionó sorprendida con la decisión del Apelativo, y adelantó que la agencia ha encaminado un “análisis profundo de la determinación”.

Por su parte, la procuradora de las Mujeres, Astrid Piñeiro Vázquez, lamentó la decisión, y comentó que “estamos evaluando el impacto de dicha determinación y estaremos solicitando una reunión con la secretaria de Justicia para analizar las acciones legales y de política pública pertinentes. Reafirmamos nuestro compromiso con la justicia para Mildred Beatriz Colón y para todas las mujeres en Puerto Rico”.

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