

10 de mayo de 2025 - 10:10 AM
En algunos países del continente europeo es posible solicitar la ciudadanía por ‘jus sanguinis’, también conocido como el derecho de sangre, el cual está basado en la nacionalidad de los padres o antepasados.
Este principio legal establece que cualquier persona que tenga raíces en Italia, España, Irlanda y Portugal pueden no solo obtener los documentos, sino también residir, trabajar, estudiar y acceder a la libre circulación que otorga la Unión Europea.
Teniendo en cuenta esto, el Gobierno italiano ha empezado a facilitar los trámites para aquellos descendientes de inmigrantes que se encuentren en América Latina y deseen obtener tanto la nacionalidad como el pasaporte para poder ingresar al territorio.
Para llevar a cabo este proceso es necesario demostrar el parentesco directo con una persona del país, por lo que quienes tengan ciertos apellidos italianos históricos podrán tener prioridad en la aplicación para ahorrar tiempo.
De acuerdo con el Ministerio degli Affari Esteri e della Cooperazione Internazionale (MAECI), la ley reconoce a la descendencia vinculada con el país europeo, especialmente aquellos que cuentan con un nombre familiar tradicional del sur y el norte del territorio nacional.
Abate, Labate, Abatantuono, Abaticola, Achilla, Achille, Achilleo, Achillini, Anes, Anesin, Anesini, Annes, Annesi, Bianchini, Bianchetti, Biancone, Lo Bianc, Bottari, Bottarelli, Bottarini, Bottaro, Chiletti, Chiloni, Chilesotti.
Della Giovanna, Da Rossa, Espósito, Degli Sposti, Fiore, Flores, Giani, Giovannetti, Larossa, Nalesso, Natale, Risso, Ricci, Sorace, Suraci, Soracca, Soracchi, Soracco, Vani, Vannicelli, Vanno, Vanetto, Zanella, Zanoli, Zannier.
Si una persona cuenta con alguno de estos nombres familiares, no quiere decir que automáticamente el proceso será aprobado, ya que existen unas consideraciones adicionales para iniciar con la solicitud de la ciudadanía italiana.
Es importante saber que si la aplicación es por la línea paterna no hay un límite específico de generaciones, mientras que si es por el lado materno, el solicitante debe ser un hijo nacido después del 1 de enero de 1948.
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