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Convicto por la muerte de Natalia Nicole cumplirá su probatoria en el estado de Florida sin supervisión electrónica

No obstante, la técnico sociopenal tendrá que rendir al tribunal un informe de situación actualizado cada seis meses

11 de febrero de 2026 - 3:01 PM

Fotomontaje de Natalia Ayala y Carlos Julián Maldonado Dávila.
A la izquierda, Natalia Ayala, quien murió en un "hit and run" por el que fue acusado Carlos Julián Maldonado Dávila, a la derecha. (Archivo)

La jueza Nerisvel C. Durán Guzmán, del Tribunal de San Juan, autorizó que Carlos Julián Maldonado Dávila, convicto por arrollar mortalmente a la joven Natalia Nicole Ayala Rivera, de 20 años, cumpla el resto de su sentencia en el estado de Florida.

En la resolución de la vista celebrada este miércoles, la jueza consignó que, tras escuchar los argumentos de las partes, declaró ha lugar “el convenio de reciprocidad con el estado de Florida”, que permite que el convicto cumpla su probatoria en el mencionado lugar.

Mediante este tipo de convenio, el estado asume también la responsabilidad de supervisar y monitorear al convicto bajo sus propias reglas, aunque la sentencia original provenga del tribunal estatal de Puerto Rico.

De otro lado, Durán Guzmán declaró “no ha lugar” a la petición que hizo el Ministerio Público para que se le impusiera al convicto supervisión electrónica.

“El probando deberá cumplir con las condiciones impuestas en la resolución de 1 de diciembre de 2025 y se le apercibe sobre no conducir vehículos de motor, ya que su licencia de conducir fue suspendida por el término de cinco años”, determinó la togada.

En la audiencia, el fiscal Edmanuel Santiago Quiles planteó que el convicto debía permanecer bajo supervisión electrónica, al menos por un periodo razonable, en lo que se evidenciaba el cumplimiento de las condiciones impuestas como parte de su sentencia.

Además, Santiago Quiles advirtió que el convicto era una persona mendaz, ya que en el pasado se había probado que había mentido a las autoridades.

Sin embargo, dado que la ley no impone como obligación la supervisión electrónica al convicto, sino que deja su imposición a la discreción del juez, la togada no acogió la solicitud del fiscal. No obstante, ordenó la presentación de los informes periódicos.

Como parte de sus argumentos, el fiscal citó la Carta de Derechos de las Víctimas y Testigos de Delito, que es fundamental para que, tras una experiencia traumatizante, la parte perjudicada cuente con garantías que les permitan sentirse más seguros.

Precisamente, El Nuevo Día supo que la familia de la víctima está inconforme con la judicatura y el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) por cómo se ha desarrollado el proceso y que tienen preocupaciones genuinas ante este aval judicial.

“Desde el primer día, ella (la jueza) siempre fue bien a favor del acusado y bien en contra de las víctimas... Lamentablemente, nos sentimos (como) que no se hizo la justicia que esperábamos”, expresó Joyce Colón, abuela de la víctima, en declaraciones a la prensa.

“Increíble en sala que, cuando se hizo la petición de que se le pusiera un grillete, una supervisión electrónica, su mamá (de Maldonado) dijera: ‘Es increíble’, y sacudiera su cabeza así (de lado), porque ha sido como una injusticia para su hijo”, agregó.

En ese sentido, Colón criticó el comportamiento que tuvo el convicto desde que ocurrió el accidente de tránsito que cobró la vida de su nieta. “En esa sala se perdieron (olvidaron) todas las pocas vergüenzas que él (Maldonado Dávila) hizo”, puntualizó.

En la audiencia, el licenciado Pedro Sanabria Andino fungió como representante legal del convicto.

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El acusado compareció al tribunal con un perro y no emitió comentarios al salir de la sala.

Además, compareció María Y. Hernández Muñiz, técnico sociopenal a cargo de la supervisión del convicto, y Raquel Colón, encargada del área de reciprocidad en la supervisión entre el estado de Florida y Puerto Rico.

Precisamente, Hernández Muñiz rendirá al tribunal un informe de situación actualizado cada seis meses para conocer el progreso de Maldonado Dávila.

Además, se supone que el Estado notifique a la familia de la víctima cuando el convicto solicite viajar a Puerto Rico, una responsabilidad que recae en el DCR.

Trasfondo del caso

La muerte de Ayala Rivera se reportó el 4 de enero de 2022, cuando se detuvo, a las 11:20 p.m., en el área del paseo de un elevado hacia la PR-22, en San Juan, por una goma vacía y fue impactada por el exdirector de Turismo de Barceloneta, quien abandonó la escena.

Ayala Rivera sufrió muerte cerebral y falleció el 5 de enero. Un día después del choque, Maldonado Dávila fue identificado como sospechoso, donde también resultó herido Carlos Adihl Sosa Bigio, amigo de Ayala Rivera, quien llegó al lugar para ayudarla a cambiar la goma.

Por este accidente, el Departamento de Justicia presentó cargos por violaciones a la Ley 22-2000 de Vehículos y Tránsito contra Maldonado Dávila. Tras la etapa de vista preliminar y el juicio por tribunal de derecho, el acusado fue declarado culpable.

En resumen, Maldonado Dávila fue hallado culpable por los siguientes delitos: provocar la muerte de una persona al conducir de manera negligente, ocasionar daños físicos a una persona al conducir negligentemente y abandonar la escena del accidente.

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Jennifer Rivera, madre de Natalia, dice que está satisfecha con el trabajo de las autoridades. Luis Díaz explica los cargos que se le radicaron a Carlos Julián Maldonado Dávila.

Posteriormente, Durán Guzmán sentenció a Maldonado Dávila a cumplir una pena de 10 años en probatoria, pero la Oficina del Procurador General recurrió al Tribunal de Apelaciones con el objetivo de que se modificara la condena y fuera enviado a prisión.

“La determinación del Tribunal de Primera Instancia de condenar a Carlos Julián Maldonado Dávila a cumplir la totalidad de su sentencia bajo el privilegio de sentencia suspendida fue un error”, expresó el entonces secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández.

En aquel momento, el procurador general, Fernando Figueroa Santiago, indicó que “el Tribunal de Apelaciones concluyó correctamente que en este caso el foro primario abusó de su discreción y acogió nuestra petición de una sentencia fraccionada”.

Tras un fallo a favor del Estado, el convicto elevó la controversia al Tribunal Supremo de Puerto Rico, que ratificó la sentencia del Apelativo. En consecuencia, se le ordenó a Durán Guzmán que pautara una vista de resentencia para hacer valer el dictamen.

Así las cosas, fue resentenciado, el 4 de diciembre de 2024, a cumplir dos años en prisión y ocho años en probatoria. Posteriormente, el 7 de diciembre de 2025, el convicto fue excarcelado, según confirmó el Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR).

Tiempo después, Maldonado Dávila solicitó entonces al Tribunal de San Juan que modificara su sentencia para cumplir el periodo bajo probatoria en el estado de Florida, una petición que finalmente se aprobó, de acuerdo a la recién emitida resolución judicial.

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