

14 de enero de 2026 - 4:23 PM


Aibonito - La jueza Paola N. Morales Vélez, del Tribunal de Aibonito, se reservó el fallo sobre la moción de desestimación que presentó la defensa de Elvia Cabrera Rivera, acusada por el asesinato de Gabriela Nicole Pratts Rosario, ocurrido en Aibonito.
Tras escuchar y formular múltiples preguntas sobre los planteamientos presentados por el Ministerio Público y los abogados de la defensa durante una vista argumentativa celebrada en la sala 1, Morales Vélez informó que emitirá su determinación por escrito.
“El Tribunal ha escuchado los argumentos y las contestaciones a las preguntas que se han hecho y estará, de manera oportuna, emitiendo su determinación por escrito”, indicó la jueza.
Cabrera Rivera enfrenta dos cargos desde el 23 de octubre de 2025: asesinato en primer grado, tipificado en el Artículo 93 de la Ley 146-2012, conocida como el Código Penal, y uso de arma blanca, penalizado en el Artículo 6.06 de la Ley de Armas de Puerto Rico.
En resumen, la defensa de Cabrera Rivera busca que el caso sea desestimado, o que, por el contrario, se celebre nuevamente la vista preliminar, alegando, entre otras cosas, que el Estado violentó el “derecho constitucional procesal de la acusada”.
A su salida de la sala, la licenciada Mayra López Mulero, una de las representantes legales de la acusada, señaló a la prensa que “es bastante obvio que la Fiscalía hizo malabarismo jurídico para tratar de excusar su inoservancia al ordenamiento jurídico”.
“Yo confío plenamente en que hicimos un trabajo bien respetable y que tenemos más que argumentos para prevalecer. Fíjense, que nosotros lo que estamos planteando es que lo que ordena nuestra jurisprudencia y la doctrina en una situación de esta naturaleza es que el caso regrese a vista preliminar”, sostuvo.
López Mulero planteó que el Ministerio Público está tratando de desacreditar el trabajo de la defensa en etapas “incipientes” de este trámite judicial, lo que catalogó como “totalmente injusto”. Señaló que es deber del Estado poner a disposición de la defensa toda la evidencia que favorece, exculpa o tiene valor probatorio y que incide sobre la culpabilidad.
“Fíjense que fuimos muy enfáticos en decir que, de ellos (el Ministerio Público) haber cumplido con su deber, muy probablemente el resultado en etapa interlocutoria de vista preliminar hubiera sido distinto y la razón por la que estuviéramos aquí sería por unos delitos distintos”, comentó la licenciada.
En esa línea, planteó que el Ministerio Público “unilateralmente” se abrogó la prerrogativa de decir qué prueba entregan y cuál no. “Y eso es una ofensa contra el debido proceso de ley”, indicó la licenciada, quien consideró que la jueza, al reservarse el fallo, está tomando el asunto con mucha seriedad.
“Nosotros no descartamos que el caso sea desestimado, pero tengo que ser bien honesta con usted: es altamente probable que, a la luz de lo que vimos hoy (en la vista), lo mínimo que esperamos es que se regrese a la etapa de vista preliminar, que se nos dé la oportunidad y que a Elvia se le permita un proceso justo, imparcial y constitucionalmente válido, cosa que no ocurrió en esta ocasión”, concluyó.
Por su parte, el fiscal Orlando Velázquez se mostró confiado en que el Ministerio Público va a prevalecer y que el caso continuará con la etapa de juicio.
“Entendemos que debe prevalecer la determinación de causa (para juicio), como fue dada por la jueza Marielem Padilla por (asesinato en) primer grado y Ley de Armas, y que, realmente, la evidencia que trae para promover su moción de desestimación, realmente, en nada es exculpatoria”, dijo.
A preguntas de periodistas, Velázquez indicó que no se ha cuestionado cuánto retrasaría el proceso el que se tenga que repetir la vista preliminar. Insistió en que estaba convencido de que eso no va a suceder.
“Aquí hemos cumplido siempre con nuestro deber, nuestra obligación; toda la evidencia que en algún momento pudiera alguien considerar como favorable fue provista siempre que la tuvimos presente, y por eso el caso ha prosperado en términos del cumplimiento del descubrimiento de prueba”, subrayó el fiscal.
En su turno arguamentativo, el licenciado Alberto C. Rivera Ramos —quien, junto a los abogados López Mulero y Yancarlos Maisonet, integra la defensa de Cabrera Rivera— dijo que el caso debía regresar a la vista preliminar, ya que se celebró “en un vacío”.
En ese sentido, Rivera Ramos planteó que la vista preliminar estuvo llena de “múltiples fallas” y que no se tomó en cuenta prueba que la defensa entiende es “exculpatoria”, determinante para una reclasificación de los cargos que enfrenta Cabrera Rivera en este caso.
Planteó que la prueba exculpatoria más contundente es la declaración ofrecida por Anthonieska Avilés Cabrera —hija de la acusada y también imputada en el caso— durante un interrogatorio policial, en la que afirmó: “Mi madre y mi hermana no estaban involucradas”.
El licenciado indicó que esta prueba excluye completamente a su representada de cualquier “responsabilidad penal”. “Es evidencia exculpatoria absoluta y debió ser utilizada cuanto menos para impugnar y derrotar la causa probable”, abundó.
Sin embargo, añadió que esta no es la única prueba exculpatoria en el caso, ya que unas transcripciones de unos mensajes extraídos del celular de la menor M.D.A.R., media hermana de Avilés Cabrera, también exonarían de toda culpa a su representada.
Rivera Ramos afirmó que, en los mensajes de voz, M.D.A.R hizo unas expresiones que se alejan del testimonio que ofreció, bajo juramento, durante la vista preliminar. En los mismos, la testigo reconoció que no había visto nada de lo que pasó la noche del crimen.
“Del informe de extracción del teléfono de M.D.A.R. surge que se borraron dos chats... Nosotros entendemos que eso no debió ser minimizado. Esos chats se podían o se pueden recuperar. Así que, con mucho respeto, eso es negligencia investigativa”, dijo.
El licenciado esbozó que es posible que los chats borrados también contengan prueba exculpatoria, por lo que entiende que es responsabilidad del Estado intentar recuperar los mismos, ya que “hubo múltiples intercambios de mensajes entre testigos” del caso.
De otro lado, sostuvo que ninguno de los testigos presentados por el Ministerio Público demostró que Cabrera Rivera actuó “en común y concierto de acuerdo” con su hija, como alegó el Departamento de Justicia el día de la radicación de los cargos.
El licenciado fue más lejos y señaló que una de las testigos del Ministerio Público fue considerada sospechosa desde el primer día de la investigación y que ello pudo haberla motivado a declarar en contra de Cabrera Rivera, para librarse así de los posibles cargos.
De igual forma, rechazó el planteamiento del Ministerio Público expuesto en su moción en oposición a la desestimación del caso, en la que se sostuvo que cuatro testigos declararon haber visto a Cabrera Rivera proveer a su hija el arma utilizada para el asesinato.
Mientras, el fiscal Velázquez, quien junto a la fiscal Silda Rubio, representa al Ministerio Público en el caso, rechazó que el Estado haya ocultado la prueba. Señaló que, incluso, otro togado analizó la evidencia entregada y determinó que no era prueba exculpatoria.
Velázquez reiteró que una testigo declaró bajo juramento, durante la vista preliminar, que Cabrera Rivera entregó un objeto punzante a su hija, quien posteriormente habría apuñalado a la víctima, lo que —a su juicio— vincula a la acusada con el crimen.
Complementando este argumento, Rubio dijo, por su parte, que una de las declaraciones de una testigo también demuestra que Cabrera Rivera sabía lo que había hecho su hija, quien estaba llorando y presuntamente tenía las manos llenas de sangre.
“Esta señora (Elvia) sabía lo que había pasado. Esto no es prueba exculpatoria. En todo caso, la inculpa”, agregó Rubio, quien mencionó que la prueba en poder del Estado no redundaría en la desestimación del caso y mucho menos en una reclasificación de los cargos.
Referente a la testigo que la defensa señaló que era considerada como sospechosa en el caso, el fiscal precisó que la joven reconoció que pateó a la víctima, cuando yacía en el suelo, y que, en todo caso, se le radicaría una falta porque se trata de una menor.
En cuanto a la declaración de Avilés Cabrera en la que afirmó que su madre y su hermana no estaban involucradas, Velázquez sostuvo que las expresiones no aclaran absolutamente nada y que se necesitarían mayores detalles para llegar a alguna conclusión.
Añadió que la única persona que podría aclarar las expresiones es la propia Avilés Cabrera, pero que ella ha indicado que “no va a declarar” en el proceso judicial. “Es una testigo no disponible”, sentenció el fiscal ante las múltiples preguntas que le hizo la jueza.
“Esa evidencia la obtuvimos el 25 de noviembre de 2025 y se entregó el 26 de noviembre de 2025, número uno; número dos, esa evidencia la tuvo desde el inicio la licenciada Zulmarie Alverio, desde el mismo instante en que la evidencia se plasmó en el documento, porque ella era la abogada de Anthonieska y de Elvia. No pueden decir que no tenían conocimiento”, dijo Velázquez.
Sobre las conversaciones telefónicas que podrían ser prueba exculpatoria, el fiscal alegó que la declaración jurada de M.D.A.R. hacía referencia a ese particular y que la antigua representación legal de la acusada no le preguntó a la testigo sobre dicho particular.
“Cuando se recibieron los teléfonos, se recibieron con los chats borrados”, indicó Velázquez.
De acuerdo a la investigación de la Policía, el asesinato de Pratts Rosario se reportó la madrugada del 11 de agosto de 2025, luego de que se suscitara una pelea cerca del casco urbano de Aibonito, donde dos jóvenes de 16 años resultaron con heridas de arma blanca.
Tras la trifulca, ambas víctimas fueron trasladadas a una institución hospitalaria para recibir atención médica. No obstante, Pratts Rosario falleció, mientras que el otro joven logró recuperarse de las heridas y ahora forma parte de los testigos de la Fiscalía.
Por estos hechos, el Departamento de Justicia formuló cargos contra Cabrera Rivera y Avilés Cabrera. Esta última tenía 17 años al momento en que ocurrieron los hechos, pero el Estado determinó que sería juzgada como adulta, a pesar de la objeción de la defensa.
Actualmente, Cabrera Rivera espera el inicio del juicio en su contra, mientras que Avilés Cabrera deberá enfrentar la etapa de la vista preliminar. Ambas se encuentran internas en una institución correccional tras no prestar la fianza de $1 millón a cada una.
El juicio está pautado para comenzar el próximo 13 de febrero, con la selección de los miembros del jurado y en el que se prevé la comparecencia de unos 40 testigos. En total, se espera que ese día se atiendan cinco paneles con candidatos para conformar el jurado.
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