Noticia
Basado en hechos que el periodista haya observado y verificado de primera mano, o en información verificada que proviene de fuentes bien informadas.

Junta de Supervisión Fiscal reclama que demandas del gobierno contra LUMA Energy se tienen que atender en el tribunal federal

Al anunciar su intervención en los casos, el organismo federal cuestionó la intención de terminar el contrato sin haber identificado un reemplazo

23 de diciembre de 2025 - 11:36 AM

Robert Mujica (centro) es el director de la Junta de Supervisión Fiscal desde enero de 2023. (Nahira Montcourt)

La Junta de Supervisión Fiscal (JSF) solicitó que las demandas radicadas por el gobierno de Puerto Rico para terminar el contrato de LUMA Energy sean atendidas en el Tribunal Federal en San Juan.

En una moción radicada ayer, lunes, la JSF planteó que el foro apropiado es el procedimiento de quiebra bajo la jueza Laura Taylor Swain y señaló que radicará su “oposición a cualquier moción de devolución” que busque devolver el caso al tribunal estatal.

En ese sentido, la JSF coincidió con la posición de LUMA Energy, que solicitó mover las demandas al Tribunal Federal.

La JSF argumentó que, según la Ley PROMESA, sin su consentimiento el tribunal federal “carece de la autoridad para conceder los remedios solicitados” en ambas demandas, que “buscan órdenes, entre otras cosas, para declarar la terminación” del contrato de transmisión y distribución".

Señaló que se trata de uno de los “contratos más importantes de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y es indisputablemente propiedad de la AEE”.

Además, planteó que la Ley PROMESA prohíbe al tribunal federal emitir las órdenes que buscan las demandas porque “interfieren” con “la propiedad” del “deudor”.

Entonces, la JSF presentó cuestionamientos sobre el proceder del gobierno al buscar la terminación del contrato del consorcio sin haber establecido su reemplazo.

Destacó que “la transición de las operaciones de la red y la generación de la AEE a operadores privados ha sido una directriz esencial de la Junta de Supervisión y un pilar de la transformación y la reestructuración de la deuda de la AEE desde al menos 2018, y se ha reflejado en todos los planes fiscales que la Junta ha certificado para la AEE desde entonces”.

“También es un requisito de la ley de Puerto Rico conforme a la Ley 120-2018. Cada una de las administraciones del Gobierno de Puerto Rico han apoyado la transformación de la AEE, reconociendo la importancia de la participación de la experiencia del sector privado”, apuntó.

Sin identificar reemplazo

“A pesar de las recientes declaraciones públicas de miembros del Gobierno de Puerto Rico, la Junta de Supervisión desconoce la identidad de algún candidato para reemplazar a LUMA ni que P3A (siglas en inglés de la Autoridad de Alianzas Público Privadas, AAPP) haya iniciado un proceso transparente y competitivo para hacerlo”, agregó.

La JSF enfatizó en que “el retorno de las operaciones de transmisión y distribución a la AEE” como “consecuencia de la terminación” del contrato “(que estos casos buscan lograr) es un resultado inaceptable y contrario a la ley y las políticas”.

“Sólo el Tribunal (federal) de Título III está en posición de coordinar la modificación o incluso la terminación” del contrato “y su efecto en la reestructuración de la AEE para evitar el caos y la catástrofe al pueblo de Puerto Rico”, añadió.

Para mantener “la fidelidad a los Planes Fiscales de la AEE”, y “dada la importancia” del contrato “para la transformación de la AEE y específicamente para su reestructuración”, la Junta de Supervisión argumentó que las demandas radicadas por el gobierno contra LUMA “deben resolverse ante el Tribunal (federal) del Título III”.

Expuso que, “de conformidad con la Sección 305 de (la Ley) PROMESA, la Junta de Supervisión acepta que el Tribunal del Título III resuelva las reclamaciones planteadas” en las demandas “y dicte órdenes y sentencia en estos procedimientos adversativos”.

Recalcó que “dado que el Tribunal (federal) Título III tiene jurisdicción exclusiva sobre todas las propiedades de la AEE, incluyendo” el contrato de transmisión y distribución, “ningún otro tribunal” puede “conceder el remedio solicitado en las acciones civiles”.

“Además, con el consentimiento de la Junta de Supervisión aquí establecido en virtud de la Sección 305, si se concede algún remedio” en las demandas “el Tribunal (federal) del Título III sería el único capaz de coordinar el resultado de cualquiera de las dos acciones con la supervivencia y reestructuración de la AEE en beneficio del pueblo de Puerto Rico”, afirmó.

Las expresiones de la JSF figuraron en una moción conjunta con LUMA Energy y el Gobierno de Puerto Rico, con la posición de cada uno sobre cómo proceder con el caso.

El Gobierno de Puerto Rico argumentó a favor de que el caso sea devuelto al tribunal estatal, aludiendo a que Swain había desestimado la semana pasada una demanda de LUMA.

Según el gobierno, AAPP y la gobernadora Jenniffer González “están tomando medidas enérgicas para responsabilizar a LUMA por sus innumerables y masivas fallas de desempeño en una variedad de asuntos civiles y regulatorios”.

Sostuvo que “ambas demandas abordan si la prórroga de la ‘Fecha de Terminación del Período Provisional’ prevista en el acuerdo complementario del contrato se autorizó debidamente conforme a un marco regulatorio estatal integral que rige las alianzas público-privadas. También abordan las consecuencias de la invalidez de la prórroga”.

Mantuvo que al mover las demandas al foro federal LUMA busca evadir “supervisión del tribunal estatal sobre asuntos que son fundamentalmente de ley estatal”.

Asimismo, en la moción, el gobierno contestó a la JSF indicando que “no está de acuerdo con la “caracterización” de que busca devolver la transmisión y distribución a la AEE.

Señaló que “la anulación de la extensión contractual de LUMA Energy no pretende resultar en una reversión de las operaciones” a la AEE.

Aseguró que en la demanda de la AAPP y la AEE se detalla que “el efecto legal de la anulación” del contrato, “junto con la transición ordenada que en ella se contempla, es preservar la continuidad de la operación privada del sistema de transmisión y distribución para que la AEE pueda contratar a un nuevo operador privado cualificado, responsable y eficiente”.

Planteó que as dependencias gubernamentales demandantes “se proponen contratar un operador privado capaz de ejecutar, con urgencia y competencia técnica, la transformación a largo plazo del sistema eléctrico —fortaleciendo la confiabilidad, la resiliencia, la disciplina de costos y la transparencia—, operando al mismo tiempo bajo una sólida autoridad legal, supervisión regulatoria y mecanismos de rendición de cuentas exigibles, compatibles con la legislación y las políticas públicas de Puerto Rico”.

Popular en la Comunidad


Ups...

Nuestro sitio no es visible desde este navegador.

Te invitamos a descargar cualquiera de estos navegadores para ver nuestras noticias: