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El Tribunal de Apelaciones confirmó una determinación del Tribunal de Primera Instancia de Aibonito que denegó la solicitud de nuevo juicio hecha por un hombre que lleva más de 20 años preso por el asesinato, violación y sodomía de una niña de siete años en Orocovis y que es defendido por el Proyecto ADN Post-Sentencia de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico (UPR), que lo considera inocente.
Un panel compuesto por los jueces Abelardo Bermúdez Torres, Giselle Romero García y José Monge Gómez confirmó la determinación del juez superior Luis Barreto Altieri, emitida en septiembre del año pasado, que la defensa de Daniel Tovar Salomé no presentó el nivel de prueba requerido para que se conceda un nuevo juicio.
Tovar Salomé cumple una sentencia de 126 años por el asesinato, violación y sodomía de la niña Marleidy Rosario Colón, quien era su vecina. La tragedia ocurrió el 25 de septiembre de 2001 en el barrio Bauta Abajo, de Orocovis. La defensa de Tovar Salomé, a cargo de la directora del Proyecto ADN Post-Sentencia de la UPR, Iris Yaritza Rosario, adelantó a El Nuevo Día que apelará la determinación ante el Tribunal Supremo.
La petición de nuevo juicio se basó, principalmente, en un evento ocurrido en una fecha no precisada antes de 2013.
En un bar de Orocovis, Orlando Colón Pagán presuntamente le dijo al papá de la menor, Gerardo Rosario Rosario: “A esa nena la maté yo, ¿y qué?”. El dueño del bar, Carlos Ortiz declaró en la vista del año pasado que él escuchó la afirmación. También declaró el teniente de la Policía, Guillermo Rivera, quien estando franco de servicio llegó al bar minutos después, cuando ya Colón Pagán se había ido, pero a quien Ortiz le habló de lo ocurrido.
Rivera llevó a Rosario Rosario al cuartel de Orocovis para que declarara lo escuchado, pero no se cercioró de que hubiera sido atendido. En una vista el año pasado, Rosario Rosario declaró que no recordaba ni la conversación con Colón Pagán ni haber ido al cuartel. Colón Pagán, por su parte, declaró que no recordaba la conversación con Rosario Rosario, pero negó haber dicho que él mató a la niña.
El panel de Apelaciones coincidió con Barreto en que la supuesta declaración de Colón Pagán es lo que se conoce como “prueba de referencia” y por haber sido hecha en una fecha indeterminada, no es admisible en corte. Igual, tampoco aceptó el otro argumento presentado por Rosario de que la ausencia de evidencia científica que vincule a Tovar Salomé con la escena del crimen o con el cuerpo de la difunta lo exonera.
“Luego de un análisis desapasionado y objetivo de la ‘nueva prueba’ y los testimonios ofrecidos por Tovar Salomé en la vista de nuevo juicio, a la luz de la prueba presentada en el juicio original y observándola de la forma más favorable al fallo de culpabilidad que se impugna, coincidimos con el Tribunal recurrido en que Tovar Salomé no logró demostrar que es más probable que sea inocente a que sea culpable por los delitos de asesinato, violación y sodomía”, dijeron los jueces.
Rosario indicó que apelará la determinación, pero también continúa esperando que el Instituto de Ciencias Forenses (ICF) le informe cuántas piezas de evidencia sobre este caso mantiene en condiciones de volver a ser evaluadas, para someterlas a pruebas ADN y tratar de comprobar su teoría de que otras personas que no fueron investigadas son las verdaderas responsables de la muerte de la niña, en cuya mano fue hallado un cabello del que ya se determinó que es de una fémina.
El ICF le ha informado a Rosario que mantiene numerosas piezas de evidencia, menos una que la defensa considera esencial: el uniforme escolar que vestía la niña cuando fue asesinada. Rosario lleva meses esperando que el ICF le informe si mantiene o no ese uniforme.
Reacciona la Fiscalía de Aibonito
Por su parte, el fiscal de Distrito de Aibonito, Ernesto Quesada Ojeda, sostuvo, mediante declaraciones escritas, que no existe duda alguna de que Tovar Salomé cometió el delito.
“En el día de ayer, se nos notificó la sentencia del Tribunal de Apelaciones en el caso de Daniel Tovar Salomé, la cual fue a favor del Ministerio Público y sostiene los argumentos esbozados por el fiscal Edwin Ortiz III y este servidor ante el tribunal, así como por la procuradora Lisa Durán durante el proceso apelativo”, señaló el letrado.
“No existe duda alguna de que el señor Tovar Salomé cometió este vil crimen contra una niña de apenas siete años hace más de 20 años atrás. Quedó demostrado que el proyecto ADN post sentencia no satisfizo el quantum de prueba que requiere la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal y su jurisprudencia interpretativa, y así lo determinó el juez del Tribunal de Primera Instancia y ahora los jueces del Tribunal de Apelaciones”, añadió.
Quesada Ojeda resaltó que que tiene duda de que una apelación al Tribunal Supremo tendría el mismo resultado y que “demostraría, una vez más, que nos asiste la razón”.
“Además, cabe destacar que hubo una confesión de los hechos por parte del Tovar Salomé y que la misma ha sido validada por el Tribunal Apelativo, por tanto, es la ley del caso”, enfatizó.