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Tribunal de Apelaciones rechaza reconsideración del Departamento de Justicia sobre delito de feminicidio

La Oficina del Procurador se prepara para acudir ante el Tribunal Supremo en busca de validar la constitucionalidad del subinciso bajo esta modalidad de asesinato en primer grado

19 de noviembre de 2025 - 6:42 PM

El foro apelativo insiste en su declaración de inconstitucionalidad de una circunstancia del delito de feminicidio, tipificado, desde 2021, en el Código Penal. (Alex Figueroa Cancel)

El Tribunal de Apelaciones reafirmó su determinación de declarar inconstitucional una circunstancia del delito de feminicidio en el Código Penal, al denegar una solicitud de reconsideración del Departamento de Justicia en un caso de un hombre acusado por el asesinato de su esposa en Villalba.

En menos de una semana, el foro apelativo respondió a los planteamientos del procurador general, Omar Andino Figueroa, el cual acudió el miércoles pasado en busca de un cambio en la decisión judicial.

“En cuanto a la reconsideración de nuestro dictamen del 31 de octubre de 2025, la declaramos No Ha Lugar. Por lo demás, sepa esta parte que el vocablo mordaz o áspero resulta en pobre sustituto del argumento agudo, cabal y profundo”, estableció el panel de jueces apelativos en la resolución del martes.

A finales de octubre, el foro intermedio encontró inconstitucional el Artículo 93(e)(5) del Código Penal, que establece que se considerará feminicidio cuando “el sujeto haya realizado actos o manifestaciones esporádicas o reiteradas, de violencia en contra de la víctima, independientemente de que los hechos fueran denunciados o no por la víctima”.

La decisión fue tomada por un panel compuesto por los jueces Carlos Candelaria Rosa, Nery Adames Soto y José Campos Pérez.

En esta ocasión, Campos Pérez emitió el voto particular de conformidad, en el que resaltó que la “controversia no gira en torno a vindicar derechos de terceros, sino al trato desigual que enfrenta un acusado o acusada cuando la víctima es mujer frente cuando es hombre”.

Luis Raúl Santiago Alvarado, acusado por el feminicidio de Mildred Beatriz Colón Bonilla, de 50 años, presentó, el 10 de julio, el recurso para revocar una resolución de una corte inferior de Ponce, al “alegar que el Tribunal de Primera Instancia erró al rechazar su petición de desestimación”.

La secretaria de Justicia, Lourdes Gómez Torres, reiteró que “agotará todos los remedios judiciales necesarios para defender la constitucionalidad del feminicidio en nuestro ordenamiento”.

“La política pública de esta administración es de cero tolerancia a la violencia en contra de la mujer”, manifestó, en declaraciones escritas.

La secretaria auxiliar de asesoramiento de Justicia, Ketsy García, explicó que la agencia tiene 30 días –a partir del martes– para acudir al Tribunal Supremo y solicitar revertir la determinación del foro apelativo.

“El Departamento de Justicia tiene el deber de defender la constitucionalidad de la ley. En este caso, el feminicidio es una modalidad del asesinato en primer grado, así que, como se denegó la reconsideración, estamos evaluando y nos estamos preparando para acudir al Tribunal Supremo”, estableció la funcionaria, en un aparte este miércoles con El Nuevo Día.

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