Cabilderos estadistas, ¿a sueldo de quién?
De acuerdo con el artículo 1.2 de la Ley de Ética Gubernamental de 2011, aprobada bajo un gobierno y legislatura del PNP, un servidor público es “una persona en el gobierno que interviene en la formulación e implantación de la política pública o no, aunque desempeñe su encomienda permanente o temporalmente, con o sin remuneración. También incluye al contratista independiente cuyo contrato equivale a un puesto o cargo, o que entre sus responsabilidades está la de intervenir directamente en la formulación e implantación de la política pública”.
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