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prima:Los topes de la Ley CMAR: una defensa jurídica

La lógica es sencilla, trasladar al entorno docente históricamente asociado al Estado— que permita la enseñanza clínica sin un riesgo ilimitado, explica Joel Cosme

30 de septiembre de 2025 - 5:00 PM

Las opiniones expresadas en este artículo son únicamente del autor y no reflejan las opiniones y creencias de El Nuevo Día o sus afiliados.
El objetivo práctico es claro: asegurar espacios reales de formación para médicos, enfermeras y especialistas en un contexto de emigración y escasez de personal, escribe Joel Cosme. (Shutterstock)

La Constitución de Puerto Rico, en su Artículo II, Sección 19, faculta a la Asamblea Legislativa a promover la salud colectiva. En ese marco se aprobó la Ley de los Centros Médicos Académicos Regionales (CMAR). ¿Qué establece? En términos simples, la Ley CMAR crea un sistema regional que integra servicios de salud con docencia e investigación para que hospitales, escuelas de medicina y programas de residencia trabajen coordinadamente. Su razón de ser es formar y retener profesionales de la salud mientras se garantiza atención accesible y de calidad para la población.

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