

2 de agosto de 2025 - 2:53 PM
La gobernadora Jenniffer González firmó el proyecto que crea la “Ley para el Manejo de Especies Introducidas”, legislación que colocará sobre el secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) la responsabilidad de clasificar y regular la entrada y manejo de animales y plantas exóticas.
“Se faculta al secretario del DRNA a promulgar reglamentación y establecer aquellas medidas para regir la introducción y dispersión de especies introducidas dentro de los límites territoriales de Puerto Rico, conforme al marco legal federal y estatal vigente sobre este tema”, indica el texto del Proyecto del Senado 83, ahora Ley 93-2025.
A la luz del nuevo estatuto , el DRNA clasificará las especies introducidas bajo las categorías de “prohibidas”, “restringidas” y “no restringidas”, al tiempo que deberá producir anualmente un informe que incluirá un inventario de las especies que se consideren dañinas, junto a reportes del “progreso alcanzado para cada especie introducida”.
Las violaciones a la Ley 93 y los reglamentos promulgados por el DRNA serán considerados un delito menos grave, lo que conllevará penas de reclusión de hasta seis meses y multas no mayores de $5,000. De igual forma, el secretario del DRNA podrá imponer multas administrativas que oscilarán entre los $100 y $1,000.
La firma del proyecto por parte de la primera ejecutiva se produce mientras proliferan los avistamientos y encuentros con especies exóticas de culebras que, según expertos, amenazan la fauna nativa.
Bajo la Ley 93 -impulsada por el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, y otros legisladores novoprogresistas-, las especies no restringidas no estarán sujetas a regulación alguna, mientras que el manejo de las restringidas dependerá de los “permisos y otros procedimientos” que estipule el DRNA. Las especies prohibidas, en tanto, se definirán así “por su impacto negativo en especies nativas o endémicas, ecosistemas o sobre los recursos naturales de Puerto Rico y sus ciudadanos”.
La agencia, dirigida actualmente por Waldemar Quiles Pérez, podrá crear un Comité de Asesoría Técnica que incorporará especialistas en botánica y vida silvestre animal, un agrónomo y representantes de grupos de observadores de aves, cazadores e importadores de especies.
Asimismo, la ley autoriza al secretario del DRNA a desarrollar un “plan de acción” para manejar situaciones de emergencias.
“Además, (el secretario) tendrá la facultad para implementar un plan en el caso de un avistamiento o detección de una nueva especie introducida o en el caso de que el impacto de una especie introducida existente lo amerite. En la medida que sea posible, el desarrollo y la aplicación de cada plan de acción de emergencia deberá coordinarse con las agencias gubernamentales estatales, federales y otras organizaciones pertinentes”, agrega el estatuto.
Sin precisar la fuente de fondos ni si se refiere al año fiscal que comenzó el 1 de julio o al 2026-2027, la ley estipula que, “en su próximo presupuesto”, el DRNA consignará $250,000 para la realización de los “estudios y acciones” dispuestos por el estatuto.
“Para los años sucesivos, el secretario ajustará dicha petición de acuerdo a las necesidades”, abunda el texto de la Ley 93.
La Ley para el Manejo de Especies Introducidas formó parte de un paquete de cinco medidas que González firmó el sábado, que también incluyó la Ley 92-2025, para incorporar el hidrógeno derivado de fuentes no fósiles al listado de fuentes de “energía renovable alterna”.
En Puerto Rico, el llamado hidrógeno verde no se utiliza comercialmente como una fuente de energía, si bien la central privada Energiza, a construirse aledaña a la bahía de San Juan, contempla a futuro su uso para complementar la quema de gas natural.
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