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Tribunal de Apelaciones revoca multa de $5,000 contra senador Héctor Joaquín Sánchez

El senador del PNP se mostró satisfecho con la decisión del foro intermedio, que contó con la disidencia de la jueza Waleska Aldebol Mora

13 de noviembre de 2025 - 5:55 PM

El senador del PNP Héctor Joaquín Sánchez celebró la determinación del Tribunal de Apelaciones. ####### Foto por: Xavier Araújo | GFR Media xavier.araujo@gfrmedia.com Araujo (Xavier Araújo)

En una determinación dividida, un panel del Tribunal de Apelaciones revocó la decisión de la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) de imponerle dos multas –cada una por $2,500– al senador novoprogresista Héctor Joaquín Sánchez Álvarez por, según la agencia fiscalizadora, utilizar el cargo que tuvo como segundo al mando en el Departamento de Educación (DE) para su beneficio o el de terceras personas y poner en duda la imparcialidad e integridad de la función gubernamental.

“Se revoca la determinación recurrida por no haberse presentado prueba que cumpla con el quantum de prueba requerido y, en su consecuencia, se desestima la querella presentada”, lee la determinación del foro judicial intermedio.

En julio, la OEG le impuso las dos multas a Sánchez Álvarez por su gestión mientras era secretario asociado del DE, por supuestamente, durante la premiación al Maestro del Año en el año escolar 2022-2023, solicitar que se favoreciera a educadores y directores escolares afiliados al Partido Nuevo Progresista (PNP).

El senador por el Distrito de Carolina se expresó satisfecho este jueves, en un comunicado de prensa, con la decisión del Tribunal de Apelaciones. “Desde el primer día, confié en que la verdad prevalecería. Esta decisión confirma que actué correctamente, con integridad y respeto por los procesos públicos“, afirmó Sánchez Álvarez.

En su decisión, el Tribunal de Apelaciones hace constar que la OEG impuso las multas a base del informe de la oficial examinadora, que se cimentó en “artículos de prensa, comentarios y reacciones de ciudadanos en las redes sociales y declaraciones juradas de algunos miembros del jurado” en la ceremonia de premiación.

El foro judicial coincidió con una determinación del exsecretario de Justicia Domingo Emanuelli, al señalar que “no se configuró delito”.

“Finalmente, la OEG fundamentó sus alegaciones en las declaraciones juradas de cuatro miembros del jurado (de la premiación), los cuales indicaron haberse sentido incómodos e indignados con la actuación del recurrente”, lee la determinación del Tribunal Apelativo.

Recalca la decisión que, para sostener una violación a la Ley de Ética Gubernamental, debe haber “prueba clara, robusta y convincente”. El Nuevo Día supo que, como parte de su pesquisa, la OEG nunca citó al actual secretario del DE, Eliezer Ramos Parés, y su entonces director de la División Legal en la agencia, Nolan Portalatín Cepeda, quienes atendieron la controversia inicialmente.

Portalatín Cepeda hizo los referidos contra Sánchez Álvarez al Departamento de Justicia y la OEG, entre otras agencias. La queja ante la agencia fiscalizadora hace constar que el abogado tomó declaraciones juradas a las personas que interactuaron en aquel momento con el hoy senador.

La determinación del Tribunal de Apelaciones hace constar, además, que la jueza Waleska Aldebol Mora disintió del panel compuesto por los jueces Carlos G. Salgado Schwarz y Maritere Brignoni Mártir.

La jueza sostuvo que una de las infracciones a la Ley de Ética Gubernamental –específicamente al Artículo 4.2– sí se configuró, por lo que consideró correspondía mantener una multa de $2,500 contra Sánchez Álvarez. El referido inciso establece que un “servidor público no puede llevar a cabo una acción que ponga en duda la imparcialidad e integridad de la función gubernamental”.

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