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Choque de opiniones en la Cámara de Representantes por proyecto que trastocaría cómo se evalúa el salario mínimo

El autor de la medida, Roberto López Román, alega que el modelo actual no es democrático ni lo suficientemente ágil

19 de febrero de 2026 - 6:12 PM

El primer aumento dispuesto por la Ley 47, a $8.50 la hora, fue efectivo el 1 de enero de 2022. Para el 1 de julio de 2023, aumentó a $9.50 la hora y, el 1 de julio de 2024, incrementó a $10.50 la hora. (Xavier Araújo)

Un proyecto dirigido a devolverle a la Asamblea Legislativa la facultad de fijar el salario mínimo en Puerto Rico provocó este jueves un choque de opiniones entre su autor y la minoría popular en la Cámara de Representantes, con argumentos, por un lado, de que la medida agilizaría la evaluación del asunto y, por otro, de que supone un “retroceso”.

Al defender el Proyecto de la Cámara (PC) 1115, el representante Roberto López Román, del Partido Nuevo Progresista, sostuvo que, en los pasados cuatro años, la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo, creada en virtud de la Ley 47-2021, no ha operado con la totalidad de sus miembros ni es representativa de todos los sectores con interés en el tema.

“En un principio, se creyó que iba a ser más ágil tener una junta, pero terminó no siéndolo. No es democrática porque los miembros no son electos. La única persona que tiene alguna inherencia es el gobernador, que los nombra, y el Senado, que los confirma”, dijo López Román a El Nuevo Día.

La Ley 47 colocó en manos de la Comisión Evaluadora del Salario Mínimo, adscrita al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, la responsabilidad de determinar los ajustes salariales pertinentes en la isla. De sus siete miembros, dos responden a los trabajadores; dos, a los patronos; dos, a los economistas; y uno, al interés público.

“Cinco personas (ante la ausencia de dos designaciones) están decidiendo todo lo que tiene que ver con salario y, en la última decisión, tres estuvieron a favor y dos en contra. El único representante del gobierno en esa junta, que es el secretario del Trabajo, votó en contra”, añadió el representante por el Distrito 31, escaño que ocupa desde octubre tras sustituir a la ahora alcaldesa de Gurabo, Vimarie Peña.

En junio de 2024, el entonces secretario del Trabajo, Gabriel Maldonado, votó en contra de aumentar el salario mínimo a $10.50 la hora por las consecuencias que, a su juicio, tendría sobre la economía isleña.

López Román arguyó, además, que el modelo adoptado en la Ley 47 le impide a la Legislatura llevar ante la consideración de la Comisión Evaluadora sus “opiniones” sobre asuntos salariales, porque “no son personas electas”. “Tengo información de una persona que fue miembro y me dijo que, en seis meses, no se logró nada”, expuso.

“Desde la Asamblea Legislativa y el gobierno central, escuchando a los economistas, las empresas privadas y las uniones, podemos llegar a un ‘happy medium’ (punto medio)”, subrayó.

Sin embargo, para el portavoz del Partido Popular Democrático en la Cámara, Héctor Ferrer Santiago, la propuesta representa un “retroceso”. Indicó que, previo a la aprobación de la Ley 47, hacía 13 años que no se aprobaba un alza al salario mínimo. El incremento más reciente se había otorgado en 2009 por disposición del gobierno federal.

El primer aumento dispuesto por la Ley 47, a $8.50 la hora, fue efectivo el 1 de enero de 2022. Para el 1 de julio de 2023, aumentó a $9.50 la hora y, el 1 de julio de 2024, incrementó a $10.50 la hora. Este último aumento estuvo sujeto al visto bueno de la Comisión Evaluadora.

“Lo que me parece es que (López Román) no ha tenido la oportunidad de leer la Ley 47. El compañero muestra un total desconocimiento y (el proyecto) es un encargo de los grandes intereses que pretenden congelar el salario mínimo devolviéndolo a la Asamblea Legislativa”, dijo Ferrer Santiago.

El portavoz popular es el autor del proyecto que dio paso a la Ley 47. Recordó que, según redactada, impone cortapisas para evitar la aprobación de aumentos desmesurados. Por ejemplo, dispone que cualquier alza no puede exceder del 25% del salario mínimo anteriormente fijado.

Asimismo, dispone que cualquier revisión tiene que estar sustentada con un estudio sobre el mercado laboral en la isla, que debe considerar indicadores del Censo Trimestral de Empleo y Salarios, las planillas sobre ingresos de corporaciones del Departamento de Hacienda y la tasa de inflación, entre otros factores.

“(La Ley 47) permitió que se concedieran tres aumentos consecutivos y, además, lo sacamos de la politiquería, y ahora son expertos los que están cargo de determinar cuál debe ser el salario mínimo tomando en consideración indicadores económicos”, recalcó Ferrer Santiago, añadiendo que el Ejecutivo debe responder por qué no están nombrados los siete miembros de la Comisión Evaluadora.

López Román indicó, en tanto, que convocará vistas públicas para el análisis del PC 115, asignado a la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales, la cual preside, pero dijo que aún no tiene fecha.

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