

17 de agosto de 2026 - 5:32 PM


El Senado aprobó este lunes un pedido de información de su presidente, Thomas Rivera Schatz, para exigirle a la secretaria de la Gobernación, Norma Burgos, y al director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGP), Orlando Rivera, detalles de las últimas movidas oficiales de Francisco Domenech e Itza García, previo a dejar sus respectivos cargos como secretario y subsecretaria de la Gobernación.
“Según ha trascendido públicamente ambos funcionarios son objeto de referidos y pesquisa, incluyendo ante el Panel sobre el Fiscal Especial (Independiente) (Opfei) y la Oficina de Ética Gubernamental (OEG). No obstante, entre el anuncio y la efectividad de sus respectivas renuncias ambos continuaron ejerciendo sus funciones, incluyendo las relativas a la autorización previa de contratos y órdenes de compra de las entidades de la Rama Ejecutiva”, lee la solicitud 2026-0106.
Domenech y García renunciaron a sus respectivos cargos luego que la Opfei confirmara que eran investigados como parte de las denuncias del exsecretario de Desarrollo Económico y Comercio Sebastián Negrón Reichard sobre supuestas irregularidades en los procesos de contratación en el gobierno. Domenech dejó la silla el 7 de agosto, mientras que García hizo lo propio el 15 del mismo mes.
El requerimiento senatorial exige, en primer lugar, un informe sobre todos los contratos tramitados en el Portal de Evaluación de Propuestas (PEP) durante el período bajo investigación. Cada transacción debe incluir el número de procesamiento, la entidad proponente, el contratista propuesto, la descripción del objeto, la cuantía y la fecha de presentación. Asimismo, se debe precisar el estado de la determinación junto con la fecha de la decisión, el nombre y cargo del funcionario que la emitió y el fundamento legal en caso de denegaciones.
De igual forma, la petición obliga a entregar un registro certificado -con el mismo nivel de detalle- para todas las compras de bienes, servicios y órdenes de compra procesadas en el PEP. A esto se suma la entrega de un desglose sobre cualquier acción contractual tramitada por la Oficina de la Secretaría de la Gobernación o la OGP al margen del PEP, incluyendo autorizaciones de emergencia, enmiendas, dispensas, exenciones o directrices impartidas a las entidades del Ejecutivo.
Finalmente, se requiere, además, un desglose certificado de todas las determinaciones de personal y acciones de contratos emitidas personalmente por los exfuncionarios, identificando de forma separada aquellas completadas a partir del 21 de julio de 2026, fecha en que se anunciaron sus renuncias. El documento concluye exigiendo la identificación de cualquier otro funcionario que haya ejercido o en quien se hayan delegado facultades para evaluar o aprobar dichos trámites.
El periodo comprendido es del 1 de julio al 7 de agosto de 2026 para las gestiones de Domenech, y del 1 de julio al 15 de agosto de 2026 en el caso de García. La información debe ser completada en un período de cinco días.
Al inicio de los trabajos legislativos, el pleno senatorial también aprobó una petición de información relacionada al contrato de $5,887 millones entre la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y el consorcio compuesto por Power Expectations LLC, Enchanted Rock LLC y Reyes Contractor LLC.
En este caso, el requerimiento está dirigido al director ejecutivo de la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas (AAPP), Josué Colón, y a la directora ejecutiva de la AEE, Maricarmen Zapata Acosta. Los funcionarios tienen diez días para responder la petición.
“Ante la magnitud fiscal del asunto y la naturaleza de los señalamientos, el Senado requiere el expediente completo para el descargo de su función fiscalizadora y legislativa”, lee la petición, también de la autoría de Rivera Schatz.
La Junta de Supervisión Fiscal (JSF) revocó este viernes su aprobación al contrato de $5,887 millones. La determinación surgió luego de que ERock Inc., empresa matriz de Enchanted Rock, informara que no participaba en el proyecto de generación temporera y que su nombre y firma fueron utilizados sin autorización.
El requerimiento senatorial ordena la entrega de toda la información que obre en poder de las autoridades requeridas, sus funcionarios, empleados, contratistas, subcontratistas y asesores externos. Esta orden incluye específicamente a Regulatory Compliance Services Corp., entidad privada contratada por la AAPP que opera la Oficina de Compras de Terceros (3PPO, por sus siglas en inglés) y que, simultáneamente, fungió como firma asesora legal de la AEE. El periodo auditado comprende desde el 1 de enero de 2025 hasta la fecha de cumplimiento de la petición, y abarca todo lo pertinente al proceso de generación.
En cuanto a los documentos, el Alto Cuerpo exige copia del contrato adjudicado a Power Expectations LLC con todas sus enmiendas, anejos, apéndices y cartas contractuales, así como la documentación que acredita la experiencia evaluada que sirvió de base para su selección. Asimismo, las agencias deberán entregar el expediente completo de toda determinación mediante la cual se impidió o denegó la participación de otras compañías interesadas.
Incluye también la entrega de todo acuerdo constitutivo, memorando de entendimiento, acuerdos de confidencialidad, operación, representación o corretaje del consorcio, incluyendo cualquier pacto suscrito con el señor Jhoby Weaks o con las entidades relacionadas, entre otra información solicitada.
Un tercer pedido de información aprobado hoy por el Senado fue dirigido al director ejecutivo interino de la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe), el ingeniero Miguel Manzano, a quien se le solicitó remitir la información y documentación que evidencie el estricto cumplimiento con el Artículo 2.3 (g) de la “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico” (Ley 167-2009).
Específicamente, la orden legislativa busca constatar las gestiones del Comité de Revisión de Códigos de Construcción —presidido por el propio titular de la OGPe— en su responsabilidad de evaluar, adoptar y atemperar el International Property Maintenance Code 2021 (IPMC 2021) a la realidad de las edificaciones y a las condiciones climáticas de Puerto Rico.
En este caso, el tiempo límite es de 72 horas.
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