

6 de junio de 2025 - 11:47 AM
Con tres votos disidentes, una mayoría del Tribunal Supremo rechazó el recurso de reconsideración que había presentado el Proyecto Dignidad en busca de evitar quedar sin representación en la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), reafirmando así la constitucionalidad del controvertido Código Electoral que limitó a un máximo de tres las colectividades con derechos plenos en el organismo.
De inmediato, no fue posible obtener una reacción del comisionado electoral del Proyecto Dignidad, Juan Manuel Frontera, sobre la posibilidad de que el partido ejerza su derecho a una segunda solicitud de reconsideración ante el máximo foro.
La determinación del Supremo ratificó su interpretación en torno a la constitucionalidad de la ley electoral que creó distintas categorías de partidos con franquicia, que a su vez cuentan con variados niveles de intervención en los procesos de la CEE. A la luz de los resultados de las elecciones de 2024, Proyecto Dignidad retuvo su franquicia pero, al quedar en cuarta posición, no tiene derecho a un “comisionado electoral propietario” fuera del llamado ciclo electoral, que arranca en junio del año previo a los comicios generales.
Al momento, el Partido Nuevo Progresista figura como el “partido estatal de mayoría”, mientras que el Partido Popular Democrático y Partido Independentista Puertorriqueño ocupan los otros dos espacios como partidos “propietarios” con derecho a participación plena. Hasta que comience el próximo ciclo electoral en 2027, Proyecto Dignidad únicamente sería convocado a deliberar cuando se discutan temas de naturaleza electoral.
Al igual que en la opinión emitida en mayo, la decisión de apartar al Proyecto Dignidad de los procedimientos de la CEE fue validada por los jueces asociados Erick Kolthoff Caraballo, Mildred Pabón Charneco, Rafael Martínez Torres, Roberto Feliberty Cintrón y Camille Rivera Pérez. La jueza presidenta, Maite Oronoz Rodríguez, y los asociados Luis Estrella Martínez y Ángel Colón Pérez hubieran dado paso a la reconsideración, consignó la resolución, al tiempo que Raúl Candelario López no intervino en la determinación.
En el recurso de reconsideración que Proyecto Dignidad sometió más temprano esta semana, puntualizaba que negarle la “membresía propietaria” “cercena la democracia y crea un sistema institucional que penaliza la pluralidad”.
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