

16 de septiembre de 2026 - 11:15 AM


Aunque Anthonieska Avilés Cabrera fue sentenciada a 38 años y un día de prisión tras declararse culpable por el asesinato de Gabriela Nicole Pratts Rosario, podría cualificar para solicitar el privilegio de libertad bajo palabra luego de cumplir cinco años.
Durante una entrevista en el programa de noticias Lo de Hoy, de El Nuevo Día, la abogada Chantal Delgado recalcó, sin embargo, que cumplir ese término no implica que Avilés Cabrera saldrá automáticamente de prisión.
“En cinco años, ella puede solicitar el privilegio (…) Es un privilegio. Eso no opera de manera automática y ella tiene que cumplir con una serie de requisitos”, explicó la licenciada.
Según Delgado, además de la conducta de la persona confinada, existen programas y otros criterios que la Junta de Libertad Bajo Palabra (JLBP) toma en consideración al evaluar una solicitud.
“En el caso de ella, por el tipo de delito que es y por ser menor de edad, pues a los cinco años ella pudiese cualificar. Pero eso no significa que necesariamente vaya a salir ni que esto es automático”, sostuvo.
Avilés Cabrera se declaró culpable el martes luego de alcanzar un acuerdo con la Fiscalía, justo cuando estaba pautado el comienzo de su juicio en el Tribunal de Aibonito.
Como parte del acuerdo, la acusación de asesinato en primer grado fue reclasificada a asesinato en segundo grado con atenuantes. También aceptó responsabilidad por una violación a la Ley de Armas.
El juez Juan Reyes le impuso una sentencia global de 38 años y un día de cárcel.
Delgado también aclaró que una eventual convicción por asesinato en primer grado, cuya pena fija es de 99 años, no necesariamente hubiese significado que Avilés Cabrera permanecería encarcelada durante todo ese término.
La abogada sostuvo que, de haber sido encontrada culpable de asesinato en primer grado, también habría podido cualificar eventualmente para solicitar el privilegio de libertad bajo palabra.
“Se le ha vendido la falsa impresión a las personas de que si se le hubiese procesado por un primer grado, que la pena fija son 99 años, ella hubiese cumplido más tiempo”, expresó.
“Y la realidad es que, si hubiese salido culpable por un primer grado, a los 10 años, por ser menor de edad ya ella iba a cualificar para el privilegio ante la Junta de Libertad Bajo Palabra”, añadió.
Delgado insistió en que cualificar para una evaluación no equivale a obtener la excarcelación, pues corresponde a la Junta determinar si concede o no el privilegio.
“La Ley 85 del 2022 lo que dice es que cualquier persona que está confinada cualifica para la Junta de Libertad Bajo Palabra una vez extingue el 75% de su pena o 15 años. O sea que, básicamente, en Puerto Rico todo el que tiene una pena de más de 15 años, a los 15 años ya va a cualificar. Venderle esa idea al puertorriqueño de que aquí se bota la llave a las personas, pues no es real y no es correcta”, explicó la abogada sobre las disposiciones generales de la legislación.
La alegación de culpabilidad de Avilés Cabrera ocurrió a menos de una semana de que su madre, Elvia Cabrera Rivera, fuera sentenciada a 102 años de prisión por el asesinato de Pratts Rosario.
Delgado opinó que el resultado de ese juicio y la prueba presentada contra Cabrera Rivera pudieron haber pesado en la decisión de la defensa de Avilés Cabrera de alcanzar un acuerdo con el Ministerio Público.
“Lo que estuvimos escuchando en el juicio de Elvia mayormente a quien implicaba era a Anthonieska. Básicamente son los mismos testigos, es la misma prueba”, señaló.
La madre e hija habían sido acusadas originalmente de asesinato en primer grado y violaciones a la Ley de Armas por la muerte de Pratts Rosario.
Según las acusaciones, el crimen ocurrió durante la madrugada del 11 de agosto de 2025, luego de un altercado en el desvío Roberto Colón, en Aibonito. Pratts Rosario recibió 11 heridas de arma blanca y posteriormente fue certificada muerta en el Hospital Menonita de Aibonito.
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