6 de octubre de 2026 - 4:10 PM

La batalla legal del convicto exnarcotraficante Ángel Ayala Vázquez, alias “Ángelo Millones”, para reducir su sentencia y lograr su excarcelación continúa ante el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Primer Circuito, en Boston, Massachusetts, donde han surgido nuevos planteamientos en derecho.
Ahora, una reciente decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos se convirtió en pieza clave en la apelación de Ayala Vázquez. El gobierno federal sostiene que el fallo afecta los argumentos utilizados por el convicto para solicitar una reducción de su sentencia, mientras que su abogado planteó que la decisión no resuelve todos los asuntos pendientes.
Así lo expuso el licenciado Edwin Javier Prado Galarza en una moción de cuatro páginas presentada el 21 de septiembre, en respuesta al planteamiento del gobierno federal. La Fiscalía recurrió a esa decisión del Supremo para argumentar que los fundamentos de la solicitud de Ayala Vázquez no pueden prosperar.
La decisión en cuestión es Rutherford v. United States, emitida el 28 de mayo. El caso abordó cuándo un cambio posterior en las leyes de sentencia puede ser considerado, junto con otros factores, para evaluar una solicitud de reducción de condena mediante el mecanismo de libertad compasiva.
Para entender el impacto de dicho fallo, Ayala Vázquez solicitó la reducción de su sentencia de cadena perpetua a solo 30 años, y uno de los argumentos utilizados por su defensa tiene que ver con las enmiendas aprobadas a la ley federal de sentencias con el paso de los años.
El Supremo federal resolvió, en el caso Rutherford v. United States, que las disparidades en las sentencias causadas por cambios legislativos no constituyen “razones extraordinarias y convincentes” que justifiquen una reducción de pena mediante la libertad compasiva.
Bajo esa premisa, el gobierno federal sostuvo que la sentencia debe mantenerse y que la decisión en Rutherford v. United States deja sin efecto los planteamientos de la defensa relacionados con la reducción de la condena. Sin embargo, Prado Galarza argumentó que el gobierno federal se extralimitó al afirmar que el fallo prácticamente resuelve la apelación.
“Rutherford resuelve uno de los asuntos abordados en los escritos de las partes: una disparidad en las sentencias que resulte de la decisión deliberada del Congreso de no hacer retroactiva una enmienda sobre sentencias no puede, por sí sola, constituir una razón ‘extraordinaria y convincente’ bajo 18 U.S.C. § 3582(c)(1)(A)(i), ya sea considerada de manera independiente o combinada con otras circunstancias que, por sí mismas, tampoco serían suficientes", señaló el letrado.
No obstante, Prado Galarza aclaró que su representado no sustenta su elegibilidad para una reducción de sentencia únicamente en un cambio legal que no tiene efecto retroactivo.
“El gobierno interpreta de manera excesiva Rutherford al afirmar que esa decisión ‘resuelve’ los argumentos restantes del apelante. El Tribunal Supremo se negó expresamente a decidir ‘si existen razones más allá de las circunstancias personales que podrían ser considerada’ y, por separado, dejó pendiente si la excarcelación compasiva puede continuar estando disponible debido a otros acontecimientos posteriores a la sentencia, incluidas disparidades sustanciales en las sentencias de coacusados y acontecimientos imprevistos relacionados con las sentencias”, enfatizó en el escrito.
Otro de los argumentos que aún mantiene la defensa está relacionado con la rehabilitación de Ayala Vázquez. Prado Galarza sostuvo que el Tribunal de Distrito no evaluó correctamente los cambios y esfuerzos de rehabilitación de su cliente al decidir si procedía o no una reducción de sentencia.
“Por consiguiente, Rutherford impide que prospere una de las teorías de elegibilidad planteadas; sin embargo, por sí sola, no resuelve todos los asuntos preservados en esta apelación(,) ni obliga a confirmar la sentencia dictada por el tribunal inferior”, puntualizó.
Ayala Vázquez lleva años intentando conseguir una reducción de su sentencia de cadena perpetua a 30 años de prisión.
En mayo de 2025, el juez federal de distrito Francisco Besosa rechazó su petición para que la cadena perpetua fuera reducida a 30 años de prisión. La defensa llevó esa decisión en apelación ante el Primer Circuito.
Ayala Vázquez fue arrestado el 18 de septiembre de 2009 después de una pesquisa de dos años liderada por el Negociado Federal de Investigaciones (FBI), en conjunto la Policía y otras agencias de ley y orden.
Posteriormente, el 26 de abril de 2011, tras un extenso juicio, un jurado lo declaró culpable por cargos de narcotráfico, conspiración y lavado de dinero. Finalmente, fue sentenciado a cadena perpetua, una condena que el Primer Circuito confirmó.
La Fiscalía federal lo señaló como líder de una organización que operaba en los residenciales José Celso Barbosa y Sierra Linda, en Bayamón.
Las noticias explicadas de forma sencilla y directa para entender lo más importante del día.

Te invitamos a descargar cualquiera de estos navegadores para ver nuestras noticias: