

27 de octubre de 2026 - 6:52 PM


Entre las cinco querellas éticas radicadas contra Luis A. Quiñones González, el abogado asesinado el 23 de octubre en la avenida Las Américas en Ponce presuntamente por un hombre que después confesó el crimen en Facebook, dos abordaban negocios fallidos de cannabis medicinal e incumplimientos con los pagos acordados tanto de renta como de compra de empresas.
Ambos recursos fueron resueltos y archivados por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.
El primer recurso, radicado el 5 de agosto de 2022, detalló que el abogado –mediante su corporación Buena Cepa, LLC.– hizo el acercamiento para comprar un cultivo de cannabis medicinal y un dispensario en Carolina, que estaba en desarrollo y a la espera de licencias.
Quiñones González “convenció” al querellante, identificado como Juan C. Arocha, de incluir en la compraventa “las licencias, activos, equipo y corporaciones bajo mi cuidado, Kaya Dispensary, LLC., y Gafc Crops, LLC.”, por una suma total de $875,000”. El saldo del monto se dividiría entre dos pagos de $300,000 y $575,000.
“Negocié el precio de compraventa de las propiedades, licencias tramitadas y el alquiler de la propiedad hasta su compraventa, y me toca lamentar que considero que fui ingenuo al creerle al señor Quiñones que su palabra era seria y su intención en el trámite de los negocios que me solicitó realizar era la de actuar de buena fe, con actitud y palabra genuina y diligente. Me equivoqué en esa expectativa”, reza el documento, que afirma que Quiñones González, tras emitir unos pagos, quedó debiendo $575,000 a Arocha.
Además, el abogado alquiló el dispensario en Carolina hasta completar su compra. Según la queja, Quiñones incumplió con la renta y dejó de pagar al Departamento de Hacienda el Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) que cobraba a los pacientes del establecimiento, al igual que las facturas de energía eléctrica, recogido de basura, internet y control de plagas. Por estas supuestas situaciones, Kaya Dispensary, LLC., incurrió en varios incumplimientos.
Incluso, el querellante alegó que Quiñones González “permitió que escondieran un vehículo de motor que era buscado por un banco por fraude en seguro. Ello me lo comunicó la persona de Firstbank que dejó su información al visitar la propiedad donde se recogió el vehículo vinculado a actos ilícitos”.
Este recurso es el único en el que se menciona al exactivista Félix Plaud de Choudens, también asesinado, un día antes que Quiñones González, presuntamente por William Rivera Sánchez, por una disputa económica derivada de la inversión de todos sus ahorros para el establecimiento de dispensarios de cannabis medicinal en Puerto Rico.
“Bajo supervisión de Luis Quiñones, al dispensario no adquirido conforme pactado dejaron entrar a una persona, Félix Plaud, que no tiene licencia ocupacional, a un área restringida del dispensario, a cobrar dinero en representación de otro cultivo y otros dispensarios”, indica el documento.
En otra queja, presentada por Elena Pagán San Miguel, se alegó que, el 4 de agosto de 2021, Quiñones González –en representación de Southeastern Holding, LLC.,– firmó un contrato de arrendamiento de un local en la avenida Universidad, en Río Piedras, para establecer un dispensario de cannabis medicinal y mencionó que tenía “varias facilidades para este propósito alrededor de la isla”. El canon de renta era de $1,800 mensuales, por los primeros dos años.
Por falta de pago, se radicó un desahucio para el que se celebró una vista a la que Quiñones González se conectó después de culminada. No obstante, según el documento, se allanó a lo dictado por el Tribunal, que ordenó el pago de $16,000 y $1,620 por costo de abogados, en un término de 30 días. La querellante alegó que no recibió pago alguno.
Entre las razones para presentar su queja, el 8 de diciembre de 2022, la mujer aseguró que Quiñones González les “ha mentido en más de una ocasión” y señaló que el dispensario que el abogado les había enseñado en Peñuelas “no le pertenece, no lo tenía arrendado, ni lo tenía operando”.
“No soy persona de querer adueñarme de nada que no me corresponde, y mucho menos de hacerle daño a alguien por mero capricho. Pero entiendo que deben tener conocimiento de lo que me ha pasado con esta persona, la que alegaba ser un buen abogado”, expresó Pagán San Miguel, quien indicó que intentó conversar con el abogado previo a someter la referida querella y quejas ante el Colegio de Contadores Públicos Autorizados, el Colegio de Abogados y la Junta Reglamentadora del Cannabis Medicinal.
En una querella, radicada el 20 de noviembre de 2012, se denunció que el licenciado Quiñones González representaba a la madre de una menor en un caso de custodia y “promovió una vista ex parte” en la que no se le concedió la “custodia por medio de un secuestro legal”. De acuerdo al documento, que suscribió un antropólogo, el abogado “encubrió” que la madre haya informado al Tribunal una dirección falsa, conociendo de su falsedad y de la “ubicación cierta” de la menor.
La queja, en la que se pedía desaforar al licenciado, se archivó el 13 de diciembre de 2013.
Otra queja fue presentada el 3 de diciembre de 2013 por Ilka Cruz Rosario, trabajadora social y graduada de la primera clase de estudiantes privados de libertad de la Universidad de Puerto Rico (UPR). La mujer, quien resultó condenada a 40 años de prisión, indicó que la apelación a su sentencia fue desestimada por el Tribunal de Apelaciones porque Quiñones González no sometió documentos solicitados por el foro intermedio en varias ocasiones. En un proceso paralelo, la sentencia de 56 años impuesta a su hijo, por el mismo jurado, fue revocada.
El Tribunal archivó la querella, el 22 de abril de 2016, luego de censurar al abogado “por no ser del todo diligente que podía ser al tramitar la causa” y se le apercibió de que, en el futuro, debía evitar la conducta que motivó la queja. Cruz Rosario salió de prisión y posteriormente, en diciembre de 2022, el exgobernador Pedro Pierluisi le concedió un indulto total.
Mientras, en otra una querella radicada el 16 de octubre de 2009, una mujer señaló que Quiñones González, quien le representaba junto a una socia en una apelación ante la Junta de Retiro, no radicó su caso de forma puntual y diligente, lo que provocó que perdiera jurisdicción y se desestimara el recurso. Además, llegaron a un acuerdo por representación sin que mediara un contrato escrito.
Aunque la querella se archivó, la exjueza Liana Fiol Matta consignó que hubiese amonestado al abogado por no producir el contrato por escrito. Mientras, el exjuez Edgardo Rivera García lo hubiese apercibido.
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