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Histórica decisión del Tribunal federal en Puerto Rico da paso a los certificados de nacimiento para personas no binarias

La determinación ocurre luego que seis personas no binarias presentaran una demanda contra el gobierno

2 de junio de 2025 - 10:45 AM

Una jueza federal dictaminó el pasado viernes que la política actual de certificados de nacimiento de Puerto Rico viola la Cláusula de Igual Protección de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos al no permitir que las personas no binarias cambien su marcador de género a una “X” en sus certificados de nacimiento. (Pablo Martínez Rodríguez)

La Federación LGBTQ+ de Puerto Rico celebró este lunes la decisión histórica del Tribunal Federal en Puerto Rico que permite que las personas no binarias y que no conforman el género puedan atemperar su certificado de nacimiento para que refleje su identidad.

“En momentos en que las comunidades no binarias, que no conforman el género y trans están bajo ataque, esta decisión histórica abre la puerta al reconocimiento pleno de su dignidad. Celebramos un hito que permite que la igualdad prometida en la Constitución sea puesta en práctica”, aseveró Pedro Julio Serrano, presidente de la Federación.

La jueza federal María Antongiorgi Jordán dictaminó el viernes que la política actual de certificados de nacimiento de Puerto Rico viola la Cláusula de Igual Protección de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos al no permitir que las personas no binarias cambien su marcador de género a una “X” en sus certificados de nacimiento.

En la determinación, la letrada ordenó al Registro Demográfico de Puerto Rico que enmiende el formulario de Solicitud de Cambio de Género para incluir la opción de “X” como tercera alternativa en el marcador de género.

El caso fue presentado por seis personas no binarias nacidas en Puerto Rico: Ínaru Nadia de la Fuente Díaz, Maru Rosa Hernández, André Rodil, Yelvy Vélez Bartolomei, Gé Castro Cruz y Deni Juste. Los demandantes argumentaron que la política actual discrimina arbitrariamente entre individuos binarios -un individuo cuya identidad de género es masculina o femenina- y no binarios -cuya identidad de género no es ni masculina ni femenina-.

Desde 2018, a las personas transgénero en Puerto Rico se les ha permitido modificar el marcador de género en su certificado de nacimiento de masculino a femenino o de femenino a masculino. Sin embargo, a los demandantes, cuya identidad de género no es ni masculina ni femenina, se les negaba esta opción.

Los demandados -incluyendo la gobernadora Jenniffer González Colón; el secretario de Salud, Víctor Ramos Otero; y la directora de la División del Registro Demográfico y Estadísticas Vitales, Wanda Llovet Díaz-, se opusieron a la solicitud de los demandantes, argumentando que el gobierno de Puerto Rico tiene un interés legítimo en mantener registros vitales y estadísticas precisas sobre sus ciudadanos.

Al ser abordada este lunes sobre el fallo judicial, González evitó hacer comentarios. “Estoy esperando un memorando del Departamento de Justicia a esos efectos, sobre cuáles son las recomendaciones, igualmente el Departamento de Salud. Una vez tenga eso, estaré en posición de hablar de cómo vamos a actuar sobre esa determinación”, se limitó a decir la mandataria.

Jueza señaló trato desigual hacia personas no binarias

Frente a los planteamientos de los codemandados, la jueza Antongiorgi Jordán concluyó que “no existe una base racional para denegar la solicitud de los demandantes”. La opinión argumenta que Puerto Rico ya permite enmendar la información en los certificados de nacimiento por diversas razones, incluida la modificación del marcador de género, y cuenta con legislación para preservar los certificados de nacimiento originales e inalterados en tales casos.

La jueza destacó que la política actual “distingue arbitrariamente entre individuos binarios y no binarios, y somete a los individuos no binarios a un trato desfavorecido, sin justificación alguna para hacerlo”. Al citar la Cláusula de Igual Protección, la opinión reafirmó que es “esencialmente una directriz de que todas las personas, en situaciones similares, deben ser tratadas por igual”.

La corte determinó que la política falla, incluso, bajo el nivel de escrutinio más bajo (base racional), ya que no se puede “discernir una relación” entre la política y un interés estatal legítimo.

Al repasar diversos escenarios, la determinación judicial recordó, por ejemplo, que se permite una marca “X” en los pasaportes estadounidenses desde 2021, y un tribunal federal prohibió con carácter de emergencia intentos recientes de revertir esa política. Incluso, en ausencia de un lenguaje legal específico respecto a las personas no binarias, sostiene la determinación, los tribunales han interpretado que los estatutos implican la existencia y los derechos de las personas no binarias.

Con esta decisión, Puerto Rico se une a, al menos, otros 17 estados que ya permiten a los residentes incluir un marcador de sexo o género no binario o de género neutro en sus certificados de nacimiento.

Justin Jesús Santiago, director de la Federación LGBTQ+, agradeció a les demandantes “por su valentía y bravura al incoar un pleito que les permite tener documentos que reflejen su verdadera identidad”.

En la misma dirección, la directora de la Federación, Ivana Fred Millán, afirmó que “esta es una muestra de que, cuando se lucha, se triunfa”. “Aún con tanto ataque, las comunidades LGBTQ+ estamos en pie de lucha para alcanzar la equidad prometida. No vamos a dar ni un paso atrás, y seguiremos luchando hasta la equidad”, subrayó.

La Federación LGBTQ+ de Puerto Rico —compuesta por cientos de personas en su carácter individual y más de un centenar de entidades comunitarias y aliadas— busca instrumentar la equidad en Puerto Rico.

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