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Justicia federal buscará la pena de muerte contra un acusado por el asesinato de dos adolescentes en Piñones

La Fiscalía informó al tribunal y a la defensa que buscará esa sentencia si es encontrado culpable

17 de noviembre de 2025 - 8:44 AM

Así lo informó una moción de la Fiscalía federal el viernes pasado ante la jueza Camille Vélez Rivé.

El Ministerio Público notificó al Tribunal Federal en San Juan y a la defensa de Edwin Yadiel Flores Tavarez que “las circunstancias de la ofensa alegadas en el cargo uno del pliego acusatorio enmendado son tales que, en el evento de una convicción, una sentencia de muerte está justificada”.

Buscarán “la pena de muerte por la ofensa de secuestro resultando en muerte”, agregó la moción firmada por el jefe de la Fiscalía federal, Stephen Muldrow, y el fiscal Julian N. Radzinschi.

Las adolescentes Tanaisha Michelle de Jesús Curet y Nahia Paola Ramos López, de 15 y 13 años, fueron víctimas del crimen reportado en la madrugada del 25 de julio de 2023 en una playa de Piñones, en Loíza.

Ambos cuerpos baleados fueron encontrados en el interior de una guagua Toyota Tacoma de 2018, color anaranjada, a orillas de la carretera PR-187, de acuerdo a datos de la Policía.

En marzo de 2024, Flores Tavárez y José Martínez Serrano fueron acusados por un gran jurado federal por cargos de secuestro que resultó en la muerte de alguien, así como por posesión y disparo de un arma de fuego en relación a un crimen de violencia.

La determinación de buscar o no la sentencia capital surge luego de una recomendación de la Fiscalía federal local, una evaluación de un comité de Justicia federal en Washington DC y una decisión final del secretario de esa agencia, Merrick Garland.

Ambos abusados se exponían a la pena de muerte. En enero de este año el Ministerio Público informó que Justicia federal decidió no buscar la sentencia capital contra Martínez Serrano.

En cambio, sobre Flores Tavárez no se pronunció nada hasta el viernes pasado, cuando expuso los factores que considera como “justifican una sentencia de muerte” con relación al primer cargo del pliego enmendado.

Alegó que Flores Tavárez, siendo mayor de 18 años, “asesinó intencionalmente” a los adolescentes y les “causó lesiones corporales serias que resultaron en las muertes” de ambas víctimas.

“Edwin Yadiel Flores Tavarez participó intencionalmente en un acto, previendo que se le quitaría la vida a una persona y con la intención de usar fuerza letal contra una persona distinta de los participantes en el delito”, añadió.

Como agravantes bajo los estatutos federales, la moción apuntó que los asesinatos resultaron de un secuestro, que las dos menores eran “particularmente vulnerables por su juventud”, y que “mató intencionalmente a más de una persona en un solo episodio criminal”.

Además, alegó que Flores Tavárez asesinó a las dos menores “con la intención de impedir que las víctimas proporcionaran información y asistencia a las autoridades policiales en relación con la investigación y el enjuiciamiento de otro u otros delitos, incluidos, entre otros, el tráfico de drogas y/o el intento de tráfico de drogas”.

Agregó que el acusado “causó lesiones, daños y pérdidas a la familia y amigos de T.D.C. y N.R.I. Las lesiones, daños y pérdidas causadas por Edwin Yadiel Flores Tavarez con respecto a cada víctima se evidencian por las características personales de cada víctima y por el impacto de la muerte de esa víctima en su familia y amigos”.

Asimismo, la Fiscalía sostuvo que Flores Tavárez “mató a T.D.C. y N.R.I. después de una planificación y premeditación sustanciales para causar la muerte de las víctimas”.

En los tribunales federales, la sentencia de muerte es solicitada por la Fiscalía después de que alguien es declarado culpable. Se celebra un segundo juicio donde el Ministerio Público busca convencer al jurado de que ese es el castigo que deberían imponer, mientras que la defensa expone factores mitigantes.

La pena de muerte a nivel estatal fue abolida en Puerto Rico en 1929. Esa posición fue ratificada al aprobarse la Constitución del Estado Libre Asociado en 1952.

No obstante, acusados en Puerto Rico están expuestos a la sentencia capital a través del sistema de justicia federal, bajo la Ley Federal sobre la Pena de Muerte de 1994.

Sin embargo, desde entonces, los jurados no han condenado a ninguno de los convictos a la pena de muerte, resultando en sentencias de cadena perpetua.

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