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No va la orden de mordaza en el caso contra Elvia Cabrera por el asesinato de Gabriela Nicole Pratts Rosario

Esta tarde se celebró una vista de estatus ante el togado Luis S. Barreto Altieri, del Tribunal de Primera Instancia de Aibonito

10 de diciembre de 2025 - 3:26 PM

Gabriela Nicole Pratts Rosario fue asesinada en Aibonito. (Ramon "Tonito" Zayas)

Aibonito - El juez Luis S. Barreto Altieri, del Tribunal de Aibonito, no acogió la solicitud de mordaza que presentó el Ministerio Público en el caso contra Elvia Cabrera Rivera, acusada del asesinato de la menor Gabriela Nicole Pratts Rosario, de 16 años.

“Este caso ha tenido una gran cobertura mediática. No lo podemos ocultar. El Tribunal declara ”no ha lugar" la solicitud de mordaza solicitada por el Ministerio Público. El Tribunal confía en la prudencia y el profesionalismo de las partes", indicó el togado.

“Ahora, hago esta advertencia: las partes deben ejercer el juicio profesional y ético dispuesto en los Canónes de Ética Profesional. El Tribunal le advierte a las partes que, de haber violaciones éticas, podría levantar una minuta y elevarlo al Tribunal Supremo”, abundó.

Barreto Altieri emitió la determinación tras escuchar los argumentos del Ministerio Público y la representación legal de la acusada en una vista de estatus celebrada esta tarde en la sala 1 del Tribunal de Aibonito, donde se atendieron varios asuntos.

El togado señaló que, desde el inicio de un caso, durante la etapa de determinación de causa para arresto o Regla 6, ninguna de las partes, entiéndase la Fiscalía o la defensa, debe hacer expresiones que puedan afectar el desarrollo del proceso.

“Como la criminalidad es uno de los problemas principales de nuestros tiempos, la ciudadanía sigue muy de cerca los actos delictivos más notorios y tiene interés en los procesos judiciales que se inician contra los imputados”, indicó Barreto Altieri en sala.

Recalcó que tanto los abogados como los fiscales tienen un deber ético ineludible en las publicaciones en periódicos o a través de otros medios afirmativos porque “tales expresiones pueden obstaculizar la celebración de un juicio imparcial y perjudicar”.

Acto seguido, el togado se refirió específicamente a un documento que se filtró en la prensa: la “Declaración de Persona Sospechosa” que la Policía de Puerto Rico le tomó a Anthonieska Avilés Cabrera, otra de las imputadas en el crimen e hija de Cabrera Rivera.

“El Tribunal Supremo (de Puerto Rico) ha advertido que dichas prácticas representan conductas antiéticas, advertimos que dichas prácticas representan conductas antiéticas (repitió el togado), que pone en peligro la pureza del proceso”, subrayó el juez.

Como parte de su alocución, Barreto Altieri hizo alusión a unas expresiones que señaló hizo la licenciada Mayra E. López Mulero, representante legal de Cabrera Rivera, quien enfrenta dos cargos por los delitos de asesinato en primer grado y violación a la Ley de Armas.

“Escuché, por ejemplo, una expresión poco desacertada de la licenciada López Mulero, que me impactó, donde dice que ”en este caso se está jugando sucio con la intención de manipular". ¿Usted cree que esas son expresiones acertadas?”, cuestionó el togado.

Precisamente, el Ministerio Público, representado por los fiscales Orlando Velázquez y Silda Rubio Barreto, presentaron una moción solicitando una orden de mordaza en el presente caso por unas supuestas expresiones que hizo públicamente López Mulero.

Durante su argumentación, Velázquez alegó que la orden de mordaza se justificaba debido a las expresiones que ha hecho la licenciada. “En su programa radial (López Mulero) hace expresiones que pueden afectar el caso”, aseveró el fiscal.

Culminada la vista, Velázquez se expresó satisfecho con la determinación judicial. “Nosotros estamos más que satisfechos porque la solicitud de orden de mordaza en cierta forma cumplió el propósito”, precisó al ser cuestionado por periodistas en el tribunal.

“(Este) era el vehículo que nosotros necesitábamos utilizar para que se le pusiera freno a las expresiones que se estaban haciendo y, en ese sentido, a pesar de que el juez determinó que la orden de mordaza no procede, sí hizo unas advertencias bien serias”, dijo.

El fiscal consideró que el juez actuó correctamente al apercibir a las partes de que no pueden realizar expresiones que puedan afectar el proceso, advirtiendo que ello podría derivar en violaciones a los Cánones de Ética e incluso en la descalificación de un abogado.

“(También) podría ser una pena de desacato y referirlo al Tribunal Supremo, para que el Tribunal Supremo ejerza su función disciplinaria contra la persona que viole la orden que acaba de dar”, sostuvo el fiscal, quien no interpretó el fallo como un revés judicial.

Por su parte, el licenciado Alberto C. Rivera Ramos, representante legal de la acusada, criticó la solicitud de orden de mordaza y reiteró en varias ocasiones que el Estado ha realizado expresiones que también afectan el derecho de su clienta a tener un juicio justo.

Sobre las expresiones que se alega hizo López Mulero -quien no estuvo presente en la vista-, Rivera Ramos indicó que algunas se hicieron cuando la licenciada aún no asumía la representación legal de la acusada, por lo que estaba cobijada por lo dispuesto en la Constitución.

Añadió incluso que considerar tales expresiones para emitir una orden de mordaza resulta inconstitucional. “El tribunal no puede emitir una orden de mordaza en este momento porque sería demasiado vaga y demasiado amplia”, manifestó Rivera Ramos.

A su salida de la sala, Rivera Ramos, junto al licenciado Yancarlos Maisonet Hernández, destacó que “era sumamente importante argumentar —y así lo reconoció el juez— que, en principio, quien inició toda esta ola mediática a comienzos de agosto fue el Estado, a través del Departamento de Justicia”.

En cuanto a las presuntas expresiones de López Mulero sobre que estaban jugando sucio, Rivera Ramos explicó que “hay que aclarar también que la compañera hizo esas expresiones dentro de un análisis cobijado por la primera enmienda (de la Constitución)”.

La Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos protege libertades fundamentales: garantiza la libertad de expresión, de prensa, reunión pacífica y el derecho del pueblo a pedir al gobierno la reparación de agravios, entre otras consideraciones.

“También (López Mulero) estaba hablando del caso que no es de Elvia Cabrera (cuando hizo las expresiones), sino que es el de los coacusados y que se hace en el marco de la doctrina jurídica del ’Fair Play’, juego justo, y la antítesis es un juego sucio. No obstante, se aclaró al tribunal, y nos pusimos a disposición, que en aras de evitar que esto pueda pesar o contrarrestar lo que son los derechos de Elvia en este proceso, le íbamos a manifestar (a López Mulero) la preocupación del tribunal“, mencionó el licenciado a la prensa.

“Mucha prueba exculpatoria”

De otro lado, Rivera Ramos afirmó a su llegada al tribunal que “hay mucha prueba exculpatoria”.

De esta manera, reaccionó al documento divulgado por el periodista Rafael Lenín, moderador del programa “Primera Pregunta” de la cadena Telemundo, el cual contiene una presunta declaración escrita ofrecida a la Policía de Puerto Rico por Avilés Cabrera.

“No es el único (documento). Eso se va a presentar por escrito, como corresponde, pero es consistente con lo que ya hemos planteado anteriormente. Hay mucha prueba exculpatoria en este caso para nuestra clienta”, dijo Rivera Ramos, en declaraciones a periodistas.

En cuestión, el documento de “Declaración de Persona Sospechosa”, fechado el 19 de agosto de 2025, contiene una declaración escrita que presuntamente le fue tomada a Avilés Cabrera en un interrogatorio: “Mi madre y mi hermana no estaban involucradas”.

“Hay más de un solo documento... (Hay) prueba oral, prueba documental, declaraciones anteriores de múltiples testigos. En su momento, van (la prensa) a tener acceso porque eso va a ser parte de lo que se va a entregar por escrito (al tribunal)”, abundó.

“Claramente ahí (en el documento) dice: ‘Mi madre y mi hermana no estaban involucradas’. Obviamente, es involucradas en una detención sobre una investigación de un asesinato y no una fiesta como trataron de insinuar”, añadió Rivera Ramos.

En curso la entrega de evidencia

Por otra parte, el Ministerio Público señaló que el proceso de descubrimiento de prueba está en curso.

Entre la evidencia pendiente por entregar a la defensa se encuentran un DVD con fotografías, una querella relacionada con un vehículo hurtado el 11 de agosto —día en que ocurrió el crimen— y los récords de convicciones previas de testigos (si alguno).

Además, la Fiscalía debe proveer una lista con los nombres y direcciones de las personas entrevistadas en el caso, así como el croquis de la escena, una bitácora y el expediente completo de la autopsia realizada por el Instituto de Ciencias Forenses (ICF) a la víctima.

“Por lo demás, entendemos que ya hemos cumplido”, indicó Rubio Barreto, quien agregó que la representación legal de la acusada no ha entregado, de su parte, la prueba que pretende usar en el caso.

En tanto, Maisonet Hernández confirmó que la Fiscalía les entregó 15 DVDs con evidencia. No obstante, la defensa solicitó la entrega de copias de declaraciones juradas “limpias y sin anotaciones”.

Por orden del tribunal, la defensa tiene cinco días para solicitar por escrito la prueba que entienda les hace falta. “Es importante terminar este proceso”, indicó el juez, quien fue bien directo al resolver las controversias pendientes, incluyendo el descubrimiento de prueba.

Tan pronto como el 16 de diciembre, las partes se reunirán para que los abogados de la acusada puedan inspeccionar la evidencia que el Estado tiene disponible en su contra, incluida la analizada por el ICF.

Para dar espacio a que se complete el proceso de descubrimiento de prueba, el togado señaló otra vista de estatus para el próximo 18 de diciembre.

Trasfondo del caso

El crimen de Pratts Rosario se reportó el 11 de agosto, luego de que dos menores de 16 años llegaran heridos de arma blanca al hospital Menonita de Aibonito.

El asesinato ocurrió en el desvío Roberto Colón, intersección con la PR-14, cerca del casco urbano y a minutos del cuartel de Aibonito, según la Policía.

La llamada alertó sobre dos jóvenes, una fémina y un hombre, que llegaron hasta la institución. Poco después, Pratts Rosario, que era la fémina, falleció.

Por estos hechos, las autoridades formularon dos cargos contra Anthonieska Avilés Cabrera y su madre por asesinato en primer grado y violación a la Ley de Armas, según el Departamento de Justicia.

Actualmente, las imputadas enfrentan procesos judiciales separados. Por un lado, Cabrera Rivera se encuentra en la etapa de juicio, mientras su hija se prepara para iniciar la vista preliminar, la cual está programada para los días 11, 15 y 17 de diciembre.

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