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O'Neill sería testigo en caso de hostigamiento sexual contra su hijo

Según el abogado de la parte demandante, el alcalde de Guaynabo está involucrado porque es la cabeza del Municipio

8 de marzo de 2017 - 7:30 AM

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Esta historia fue publicada hace más de 9 años.
Pedro Vázquez y José Quetglas, abogados de la defensa.
Pedro Vázquez y José Quetglas, abogados de la defensa. (teresa.canino@gfrmedia.com)

El alcalde Héctor O’Neill tendrá que contestar preguntas en el Tribunal Federal de San Juan sobre alegaciones de una “política no escrita” de permitir el hostigamiento sexual de empleadas en el Municipio de Guaynabo.

Todavía en medio de una controversia por transar un caso de hostigamiento sexual contra una agente de la policía municipal, O’Neill pronto tendrá que sentarse en la silla de los testigos, así como otros de sus funcionarios, mientras que su gobierno municipal tendrá que entregar querellas por hostigamiento sexual que se hayan producido entre enero de 2010 y marzo de 2016.

Así quedó establecido ayer en el Tribunal Federal, tras una vista de estatus de una demanda por hostigamiento sexual contra el Municipio de Guaynabo y el hijo del alcalde guaynabeño, Héctor O’Neill Rosa.

“El alcalde de Guaynabo no es parte. Es testigo, pero está involucrado porque es la cabeza del Municipio y es la persona que establece este patrón de conducta allí, donde el hijo del alcalde, que no es empleado, tiene acceso al Municipio y por eso entra (a las oficinas) y puede hostigar a mi clienta. Tenía tarjeta de empleado que se la dio el papá”, sostuvo José Quetglas, abogado de la parte demandante.

Según Quetglas, el acuerdo de confidencialidad por el que O’Neill pagó $300,000 no impedirá necesariamente que testifique en este caso.

“Mediante una orden judicial se puede romper esa confidencialidad”, afirmó Quetglas. “Al alcalde lo vamos a deponer, sí”.

La ex-empleada municipal Inés María Jelú Iravedra presentó la demanda en marzo de 2016, cuando denunció que su patrono, en vez de medidas correctivas ante los alegados acercamientos de O’Neill Rosa, tomó represalias en su contra, lo que, según aseguró, la obligó a renunciar eventualmente a su puesto.

“Mi clienta se ve obligada a renunciar por un patrón de hostigamiento laboral, en su vertiente de ambiente hostil”, señaló Quetglas. “El alcalde le envía una carta en la que dice que no va a aceptar su renuncia porque las alegaciones que está exponiendo no son verdad”.

Relató que su representada estuvo “por un año en un limbo como empleada, hasta que finalmente, por medio de una comunicación se le concede a ella el despido, como debió haber sido desde el principio”.

“Pero nosotros estamos alegando que es el alcalde quien inicia una política no escrita en el Municipio, que es la que hemos descrito en la demanda, en la que es permisible que los supervisores se acuesten o tengan relaciones sexuales con las empleadas”, agregó. “Y estamos hablando de las que se quejan, porque hay muchas que no se quejan”.

La defensa del Municipio había mostrado reparos en entregar las querellas solicitadas de casos anteriores y había detenido la deposición del gerente de la oficina de Recursos Humanos, Edgardo Faría, cuando le preguntaron de dichos incidentes.

Pero la jueza Sylvia Carreño solicitó a las partes a llegar a un acuerdo ayer mismo, para poder finalizar la etapa del descubrimiento de prueba o de lo contrario emitiría una orden. Los demandados accedieron a la petición, a cambio de que se limitara el periodo a lo que haya ocurrido entre los años 2010 y 2016.

Tienen hasta finales de este mes para entregar la información solicitada, mientras que a finales de abril se terminaría con el proceso de descubrimiento de prueba.

El hijo del alcalde está representado por la abogada Celina Romany Siaca, expresidenta del Colegio de Abogados de Puerto Rico y vinculada por años a la lucha por los derechos humanos, y en contra del discrimen por género y raza.

Aseguró que su cliente ya cumplió con toda la información que se le solicitó.

“El hecho de una persona esté acusada de hostigamiento no significa que sea culpable de hostigamiento”, comentó Romany Siaca. “Eso es parte de que hay que resolver. Se trata de la búsqueda de una verdad y en su día se sabrá la verdad de este proceso”.

Por su parte, el abogado de la defensa, Luis Pérez, aseguró que cumplirán con la entrega de la información solicitada, aunque al salir de sala no quiso precisar cuáles documentos acordó entregar.

“Se va a producir alguna información”, sostuvo Pérez, quien alegó que nunca han tenido reparos en que deponga el alcalde. “Eso nunca se ha objetado”.

Este diario solicitó una reacción de parte de la oficina del alcalde sobre las alegaciones de ayer, pero no emitió expresiones.

Por su parte, Quetglas y el otro abogado de la demandante, Pedro Vázquez, aseguraron estar al tanto de la incidencia de hostigamiento sexual en el ayuntamiento de Guaynabo por parte de “varios funcionarios”.

Además de las alegaciones de Jelú Iravedra, ambos licenciados dijeron haber asistido a la mujer policía a redactar su querella para el Departamento del Trabajo federal, que luego transó con O’Neill recientemente.

También mencionaron otros casos, como el de otra agente que demandó al comisionado de la Policía Municipal. Asimismo, señalaron a otro funcionario, que ahora es juez superior, y fue querellado por una ex-empleada.

Mientras, comentó que en años anteriores al 2010 representó a una empleada de una oficina municipal de servicios médicos y a otra agente de la policía municipal, ambas con demandas similares.

Quetglas destacó que estas circunstancias y el hecho de que varias de las personas involucradas en esos casos figuran como testigos en la demanda de Jelú Iravedra, cuya reclamación por diversas partidas suma $10 millones, hacían necesaria la entrega de la información de querellas pasadas.

“Estamos alegando que hay una intención para discriminar por parte del municipio hacia las mujeres por razón de sexo, incluyendo el hostigamiento sexual”, dijo Quetgals. “Esta evidencia de otros actos es altamente pertinente a la intención del Municipio de permitir hostigamiento sexual en el empleo y de tomar represalias contra las quese han quejado de hostigamiento sexual”.

“En la política no escrita que se está alegando en la demanda es que era permisible para el alcalde, para su hijo y otros funcionarios del municipio sostener relaciones sexuales con las empeladas y a las mismas se le daban beneficios en el empleo y a las que se negaban se sometían a un patrón de represalias que muchas veces terminaban en un despido constructivo”.

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