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“Si usted no puede estar aquí, no puede ser fiscal”: fuerte regaño de juez marca el juicio contra Elvia Cabrera

El togado Luis S. Barreto Altieri, del Tribunal de Aibonito, indicó que los funcionarios deben estar disponibles para cuando comience el desfile de prueba

14 de abril de 2026 - 4:48 PM

Gabriela Nicole Pratts Rosario, menor asesinada en Aibonito. (Ramon "Tonito" Zayas)

Aibonito - El juicio por jurado contra Elvia Cabrera Rivera, acusada por el asesinato de la menor Gabriela Nicole Pratts Rosario, de 16 años, reanudó este martes con un fuerte regaño del juez superior Luis S. Barreto Altieri, del Tribunal de Aibonito, al Ministerio Público.

Atendiendo varias mociones presentadas recientemente por las partes, que permanecían pendientes de consideración, el togado inició los trabajos en la sala 1 al abordar el cambio de fiscales en el caso, tras la salida de Orlando Velázquez Reyes.

Sin embargo, la alocución inmediatamente tomó otro matiz cuando el togado cuestionó a la fiscal Silda Rubio Barreto por la forma en que estaba redactada la moción que sometió, con la que se notificó la incorporación de tres nuevos fiscales al caso.

En la moción, Rubio Barreto notificó a la corte la entrada de los fiscales Myriam Nieves Vera, Edmanuel Santiago Quiles y Jackeline Pizarro Gutiérrez, cuando el procedimiento correcto era solicitar al juez que autorizara la salida y entrada de los funcionarios.

“Parece que al Ministerio Público se le olvidó lo que discutimos el 17 de febrero de 2026, del modo en que se trabajan los casos por jurado”, dijo el juez. “Yo no doy las instrucciones por decirlas, es para aplicarlas”, agregó el togado en corte abierta.

Barreto Altieri explicó, para el récord, que la única autoridad facultada para autorizar la entrada de nuevos fiscales en el caso es el tribunal. La fiscal procedió a disculparse. Asimismo, el togado indicó que, mientras no emita dicha autorización, los fiscales no podrán ocupar la banca del Ministerio Público, sino que deberán permanecer en el área destinada al público.

“En este momento, mientras yo no lo autorizo, ellos (los fiscales) no se pueden sentar (ahí), para que estemos claros”, mencionó el togado.

Asimismo, el juez indicó que hay tres criterios que debe evaluar antes de tomar su decisión: que los fiscales estén listos para el 1 de mayo, fecha en que inicia el desfile de prueba; que tengan disponibilidad los miércoles y viernes hasta el 31 de octubre; y que no haya impedimento bajo las Reglas de Procedimiento Criminal para recusar a un jurado escogido.

Tras dejar claro este aspecto, el juez procedió a solicitar a los nuevos fiscales que comparecieran, uno a uno, ante el estrado para responder a dichas interrogantes. La primera en hacerlo fue Nieves Vera, quien se llevó también un regaño del juez.

En resumen, Nieves Viera, fiscal de distrito de Aguadilla, dijo que había dos fechas en las que no podía asistir al juicio: una, porque una coincidía con la graduación de cuarto año de su hija, y, la otra, porque tenía que asistir a la conferencia del Ministerio Público.

Pero el juez le salió al paso y le advirtió que tenía que hacer los ajustes correspondientes o no podía formar parte del equipo de fiscales en el caso. “Yo fui fiscal mucho tiempo y, si tenía un caso, no iba a la conferencia del Ministerio Público”, dijo el juez.

Posteriormente, le tocó el turno a Pizarro Gutiérrez, quien también reconoció que había una fecha del juicio que coincidía con un compromiso previo. Se refirió al 1 de mayo, que es el día en que comienza el desfile de prueba, pero ella tenía previsto viajar para una boda.

“Si usted no puede estar aquí el 1 de mayo, usted no puede ser fiscal”, dijo el togado. “Usted se descualificó automáticamente (con esa respuesta)”, agregó. “Yo di una orden en enero de que tienen que estar en todos los procesos, en todas las vistas”.

Finalmente, Santiago Quiles advirtió que, por motivos de salud, en mayo podría haber fechas en las que no pueda asistir. No obstante, al comparecer ante el estrado y responder a las preguntas del juez, indicó que en junio estaría disponible para todas las vistas.

“Si el 1 de mayo no puede venir, queda descualificado automáticamente”, le respondió el juez.

Por su parte, Rubio Barreto precisó que la salida de Velázquez Reyes “era algo totalmente inesperado”.

“Yo estoy preparada y mis compañeros también lo van a estar”, dijo Rubio Barreto, a preguntas de la prensa. “Los cuatro fiscales van a estar. Una de las condiciones que puso el tribunal, y es por las Reglas de Procedimiento, es que no tengan contacto con ninguno del jurado y puede ser que el juez los cite antes (para ver si algún jurado conoce a los nuevos fiscales)”, dijo.

Actualmente, el proceso se encuentra en la selección de los miembros suplentes del jurado. Ya se escogieron a los 12 miembros del jurado y otros tres suplentes, pero faltan tres adicionales.

Trasfondo del caso

En resumen, Cabrera Rivera y su hija Anthonieska Avilés Cabrera enfrentan dos cargos por violación al Artículo 93 del Código Penal, de asesinato en primer grado, y otro por infracción al Artículo 6.06 de la Ley de Armas, por el uso y/o portación de arma blanca.

Los hechos que dieron paso al caso ocurrieron el 10 de agosto de 2025, cuando se suscitaron varias peleas en el desvío Roberto Colón, cerca del casco urbano de Aibonito. En el lugar, dos menores de 16 años resultaron heridos de arma blanca.

Acto seguido, los adolescentes fueron trasladados en autos separados hasta una institución hospitalaria para recibir asistencia. Sin embargo, Pratts Rosario murió la madrugada del 11 de agosto de 2025 en un hospital. Mientras, el otro joven logró recuperarse.

Durante la etapa de vista preliminar, el Ministerio Público presentó evidencia testifical, documental y pericial que buscaba probar su teoría de que las acusadas actuaron en común y concierto acuerdo para cometer el asesinato de Pratts Rosario.

En el caso de Cabrera Rivera, su representación legal intentó sin éxito que se le desestimaran los cargos bajo el argumento de que se le violentaron sus derechos al no tener acceso de manera oportuna a prueba que consideran es exculpatoria o favorable.

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