


El proyecto de una “Ley del Poder Judicial” contiene retórica admirable: “evitar la concentración de poderes en una sola rama, o el abuso de poder de otra … preservar las libertades del pueblo en su sistema democrático ... un aparato judicial efectivo, garante de la independencia judicial … que redunde en el bienestar de los puertorriqueños”. Suena bien, hasta que uno examina los cambios propuestos. Algunos son insustanciales, como el cambio del nombre que tiene la Ley de la Judicatura desde 1952, o que haya que traducir al inglés las decisiones del Tribunal Supremo en 20 días.

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