17 de julio de 2025 - 10:00 AM
La Oficina de Ética Gubernamental (OEG) presentó una querella contra el alcalde del Arroyo, Eric Bachier Román, por alquilar un quiosco del malecón a un empleado municipal, supuestamente, con el canon de arrendamiento incorrecto.
La agencia fiscalizadora solicita que el ejecutivo municipal del Partido Popular Democrático restituya unos $3,600 que, presuntamente, se perdieron por cobrar el canon de renta inadecuado y una multa administrativa.
“La querella fue radicada el 19 de mayo de 2025, por lo que el caso se encuentra en su etapa inicial. El señor Bachier solicitó una prórroga para contratar representación legal y contestó la querella dentro del término que le fue concedido. Lo que procedería próximamente es que las partes lleven a cabo el descubrimiento de prueba”, informó la OEG, en declaraciones escritas.
El Nuevo Día llamó y cursó mensajes al alcalde, en busca de una reacción a la querella, pero no obtuvo respuesta al momento de esta publicación.
Según la denuncia, presentada el 19 de mayo, Bachier Román firmó, en 2021, un contrato de renta para el quiosco #1 del “Arroyo Water Front”. El arrendatario, en este caso, era empleado municipal desde 2015 y, al momento de la firma del contrato, fungía como auxiliar administrativo en el ayuntamiento.
De acuerdo con las alegaciones en la querella, el alcalde no solicitó ni obtuvo una autorización de la OEG para contratar a un empleado público municipal. Esto supondría una violación al inciso (d) del artículo 4.3 de la Ley Orgánica de la OEG.
En el documento, se establece que una ordenanza municipal había establecido que los quioscos del “Arroyo Water Front” se alquilarían por $300 mensuales durante el primer año, $400 el segundo y $500 el tercero.
“El contrato fue pactado con una vigencia de tres (3) años, hasta el 1 de octubre de 2024, con un canon de $300.00 mensuales durante toda la vigencia del contrato. Es decir, que el querellado cobró en el segundo y tercer año un canon de arrendamiento menor a lo establecido en el Reglamento”, sostiene la OEG, en la querella, que detalla que el arrendador “podía utilizar la propiedad para la venta de comida, mariscos, refrescos y bebidas alcohólicas”.
En ese sentido, la OEG alega que Bachier Román violó la disposición de la Ley de la OEG que prohíbe que un servidor público utilice sus deberes para, directa o indirectamente, obtener un beneficio para él o para algún ciudadano privado.
Asimismo, habría infringido el Código Municipal, que dispone, entre los deberes de los alcaldes, que deben “cumplir y hacer cumplir las ordenanzas, resoluciones, reglamentos y disposiciones municipales”.
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