

6 de mayo de 2026 - 10:10 PM


La gobernadora Jenniffer González Colón firmó la medida que enmienda la Ley 54 contra la violencia doméstica a modo de evitar que personas convictas por agresión sexual conyugal, o sus tentativas, puedan beneficiarse de programas de desvío en vez de cumplir tiempo en prisión.
La Fortaleza resaltó, en declaraciones escritas, que el Proyecto del Senado 609 modificará el Artículo 3.6 de la Ley 54 para cerrar la posibilidad de personas convictas por dichos delitos puedan optar por un programa de desvío.
La medida fue creada por el senador Héctor González López, con la coautoría de los senadores Jamie Barlucea Rodríguez, Ada Álvarez Conde, Brenda Pérez Soto, Héctor Sánchez Álvarez, Rafael Santos Ortiz, Luis Colón La Santa y Wilmer Reyes Berríos.
“El objetivo de la medida es reafirmar el compromiso del Estado con las víctimas sobrevivientes y la integridad del sistema de justicia al eliminar una alternativa que resulta incongruente y peligrosamente permisiva cuando se trata de delitos de agresión sexual, que conllevan una violencia de carácter íntimo y sistemático”, sostuvo González en el escrito.
Según la exposición de motivos del proyecto, el Artículo 3.6 aún permitía, bajo ciertas condiciones, que una persona convicta por agresión sexual conyugal, o sus tentativas, pudiera beneficiarse de un programa de desvío; mecanismo de rehabilitación obligatorio para personas imputadas o convictas bajo el artículo.
La enmienda al artículo ahora sostiene que “una vez celebrado el juicio, el Tribunal podrá, motu proprio o mediante solicitud del Ministerio Público o de la defensa, suspender todo procedimiento y someter a la persona convicta a libertad a prueba, sujeto a que esta participe en un programa de reeducación y readiestramiento para personas que incurren en conducta maltratante en la relación de pareja, según definida por el inciso del Artículo 1.3 de esta Ley”.
“Únicamente cualificarán para este programa de desvío, los delitos sancionados en esta Ley. Antes de hacer cualquier determinación al respecto, el Tribunal deberá escuchar al Ministerio Fiscal”, lee la enmienda.
El tribunal también tomará en consideración la opinión de la víctima sobre si se le debe conceder o no este beneficio al imputado o convicto, e impondrá los términos y condiciones que estime razonables y el período de duración de la libertad a prueba que tenga a bien requerir, previo acuerdo con la entidad que prestará los servicios, cuyo término nunca será menor de un año ni mayor de tres.
“Si la persona beneficiada con la libertad a prueba que establece este Artículo incumpliere con las condiciones de esta, el Tribunal, previa celebración de vista, podrá dejar sin efecto la libertad a prueba y procederá a dictar sentencia”, añade la enmienda.
Entre enero de 2021 y diciembre de 2023 se documentaron más de 2,300 casos de violencia sexual dentro de relaciones de pareja, lo que representa un alarmante incremento del 18% respecto a trienios anteriores.
Desde 2021, gobernantes han firmado más de 20 estatutos, en su mayoría para enmendar la Ley 54 de Violencia Doméstica, al igual que para tipificar nuevos delitos o aumentar penas. Sin embargo, la prevención y fiscalización en el cumplimiento del nuevo ordenamiento han quedado rezagadas, según defensoras de las sobrevivientes.
A casi 37 años de su promulgación, la Legislatura tiene dos proyectos radicados para derogar la Ley 54 y crear un nuevo código. Empero, expertas consultadas se oponen a la eliminación, reconociendo la necesidad de que la ley se implante y fiscalice adecuadamente.
Desde 1989, cuando se aprobó, la ley ha recibido más de 42 enmiendas. Tan solo en el pasado cuatrienio –en medio del estado de emergencia decretado meses antes de los feminicidios de Keishla y Andrea–, se presentó una decena de enmiendas.
En esta nueva administración, ya se han integrado dos enmiendas: para codificar las amenazas de maltrato a la mascota de la víctima (Ley 5-2025) y obligar al Estado a entregar un plan de acción a la sobreviviente cuando hay orden de protección (Ley 138-2025).
En la Cámara de Representantes,Wanda del Vallepresentó el Proyecto de la Cámara (PC) 125 para sustituir la Ley 54 por un “Código Integral para la Prevención, Intervención y Atención contra la Violencia Doméstica en Puerto Rico”. Asimismo, la senadora Roxanna Soto Aguilú radicó, en marzo, el PS 1145para derogar la ley vigente y crear la “Ley Integral para la Prevención, Protección, Atención, Intervención y Respuesta Coordinada a la Violencia Doméstica y a la Violencia en las Relaciones Afectivas e Íntimas de Puerto Rico”.
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