

16 de octubre de 2025 - 4:11 PM
Al momento, 39 agentes del orden público están asignados al servicio de escoltas a cuatro exgobernadores y otros funcionarios gubernamentales, como la secretaria de Estado y los presidentes legislativos, según datos de la Oficina de Seguridad y Protección (OSP) de la Policía.
Los cuatro exmandatarios que gozan de este beneficio son Luis Fortuño, Wanda Vázquez y Pedro Pierluisi, del Partido Nuevo Progresista (PNP), y Alejandro García Padilla, del Partido Popular Democrático (PPD).
La OSP, explicó el inspector Alfredo Zayas Rivera, cuenta con otros 101 agentes asignados a labores adicionales, como investigaciones de campo relacionadas con solicitudes de empleo o licencias. En esta categoría, caen, por ejemplo, las peticiones de detective privado, según la Orden General 110 de la Policía.
Actualmente, indicó, el comisionado residente en Washington, Pablo José Hernández, no goza del servicio de escoltas. Mientras, los exgobernadores Sila María Calderón y Aníbal Acevedo Vilá, ambos del PPD, rechazaron voluntariamente el beneficio.
“De desistirse de la escolta, inmediatamente ese personal que está asignado, con su equipo, regresa a nuestra Oficina y está en la discreción del superintendente (de la Policía) asignarle nuevas funciones”, dijo Zayas Rivera, durante una vista pública de la Comisión de Seguridad Pública de la Cámara de Representantes, presidida por Félix Pacheco.
Vázquez –quien se declaró culpable en agosto, en el ámbito federal, por un delito electoral– cuenta con cinco oficiales asignados para escolta, incluyendo un supervisor, y dos vehículos.
Precisamente, en la vista de este jueves se evaluó la Resolución Conjunta de la Cámara (RCC) 188, para retirarle las escoltas a Vázquez; y el Proyecto del Senado (PS) 752, que eliminaría el beneficio no solo a la ex primera ejecutiva, sino a futuros gobernadores, una vez concluya su término e independientemente de si son o no convictos de delito.
Además de retirar automáticamente las escoltas a exmandatarios convictos por delito grave o menos grave, el PS 752 eliminaría el beneficio a todos los candidatos a la gobernación y comisionado residente, aunque dispone excepciones donde medie un peligro a la vida o seguridad. Igualmente, establece que el gobierno estaría impedido de contratar servicios de seguridad en el sector privado, y derogaría cualquier ley o reglamento que contravenga.
El PS 752 tendría efecto prospectivo y, por lo tanto, el cese automático aplicaría al próximo gobernador electo y subsiguientes, de aprobarse por ambas cámaras, señaló el Departamento de Justicia al avalarlo. “Consideramos que la medida promueve directamente la optimización y la maximización de los recursos fiscales y humanos disponibles en la Policía, reorientándolos hacia las verdades necesidades del país”, expresó la licenciada Elba Cruz, asesora legal de Justicia.
La agencia validó, asimismo, la intención legislativa para que se remueva la protección oficial a todo exgobernador o exfuncionario convicto por delito grave o menos grave. “Es una medida razonable, proporcional y plenamente cónsona con el interés público”, subrayó Cruz.
La licenciada Ketsy García Rosario, secretaria auxiliar de Asesoramiento de Justicia, indicó que, según el análisis realizado por la agencia, procede la revocación de escoltas de un exgobernador cuando existe una convicción penal, como el caso de Vázquez.
Aclaró, sin embargo, que ese ejercicio legislativo sería válido bajo una disposición de aplicación general, como lo propone el PS 752, y no únicamente para aplicarse a un caso individual, que es lo buscaría la RCC 188. “La Asamblea Legislativa no puede adjudicar derechos o imponer sanciones individualizadas mediante resolución o ley ‘ad hoc’, pues eso convertiría el proceso legislativo en una forma de decisión administrativa o judicial, lo cual levanta serias banderas que inciden sobre su constitucionalidad”, expuso García Rosario.
A finales de septiembre, el superintendente de la Policía, Joseph González, alegó que no podía retirarle la escolta a Vázquez, pese a haberse declarado culpable. Argumentó que, para ello, tiene que mediar “la aprobación de una ley expresa que así lo disponga, aplicable únicamente de forma prospectiva”.
“Que sepa el pueblo de Puerto Rico que han pasado 50 días desde que la exgobernadora se declaró culpable por corrupción y hoy día continúa con chofer, gasolina, peaje, mantenimiento y guaguas pagados por el pueblo de Puerto Rico”, afirmó, por su parte, el portavoz del PPD en la Cámara, Héctor Ferrer Santiago, al sostener que la jefatura de la Policía podía proceder con el retiro del servicio.
Justicia no validó la RCC 188 porque “pretender ordenar directamente la cancelación de escoltas en un caso individual” constituye “una actuación incompatible con las garantías constitucionales que rigen la función pública y los derechos de propiedad reconocidos por el Tribunal Supremo”.
El Supremo determinó –en un caso sometido por los exmandatarios Rafael Hernández Colón y Carlos Romero Barceló– “que las escoltas de seguridad otorgadas a los exgobernadores constituyen un derecho propietario adquirido y protegido constitucionalmente”. Reconoció, sin embargo, que la determinación no limitaba el poder de la Legislatura para “regular” dicha adquisición, o eliminar el derecho de seguridad y protección de los futuros exgobernadores de manera prospectiva, estableció Justicia.
En tanto, el representante de la Policía, el licenciado José Vázquez, asesor legal del superintendente, sugirió que se remueva del PS 752 que el retiro de la escolta a un exgobernador convicto sea de manera automática y se añada, en cambio, el requerimiento de una debida notificación.
“La omisión de un procedimiento formal podría exponer al estado a reclamaciones constitucionales”, expuso.
Igualmente, sugirió ajustes dirigidos a que la convicción del exgobernador no tenga que estar relacionada con las funciones del cargo y se deje libre de interpretación su aplicación.
“El superintendente no posee discreción para conceder, limitar o retirar el servicio de escolta por iniciativa propia. Cualquier modificación, restricción o eliminación debe provenir de un acto legislativo válido, aprobado por la Asamblea Legislativa y refrendado (por el gobernador de turno)”, apuntó.
En enero de 2022, Pierluisi vetó una medida que hubiera eliminado las escoltas a un primer ejecutivo que haya renunciado al puesto, como fue el caso de Ricardo Rosselló, y limitado los beneficios que ostentaría un exmandatario, eliminando la discreción del jefe de la Policía para proveerle escoltas.
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