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Juan Oscar Morales propone mayores controles para el registro de cabilderos en el gobierno

La legislación, reconoció el legislador, surge en respuesta a la información que trascendió en la Comisión Total de Francisco Domenech

12 de abril de 2026 - 7:25 PM

Morales reconoció, en entrevista con este medio, que la medida surge en respuesta, en parte, a la información que trascendió durante la celebración de la Comisión Total del secretario de la Gobernación y propietario -hasta diciembre de 2024- de la firma de cabildeo Politank, Francisco Domenech. (Ramon "Tonito" Zayas)

Con la intención de prevenir la corrupción y garantizar que los procesos de toma de decisiones en el gobierno respondan estrictamente al interés público y no a influencias indebidas, el portavoz alterno del Partido Nuevo Progresista (PNP) en el Senado, Juan Oscar Morales, presentó legislación dirigida a fortalecer las regulaciones que rodean la práctica del cabildeo.

“Esta medida responde a la urgencia de fortalecer la transparencia gubernamental, prevenir la corrupción, proteger la integridad institucional y garantizar que el proceso decisional del Estado responda al interés público y no a influencias indebidas”, lee parte de la exposición de motivos del Proyecto del Senado 1190.

Actualmente, existe un mecanismo administrativo, la Orden Ejecutiva 2019-031, que crea el “Registro de Cabilderos ante el Gobierno de Puerto Rico”. Pero, según establece Morales en la legislación propuesta, “carece de fuerza normativa suficiente para garantizar el cumplimiento estricto de criterios éticos y requisitos de elegibilidad”.

“Mediante esta legislación se le impone al Departamento de Justicia la obligación de verificar el cumplimiento estricto con los criterios, prohibiciones y requisitos establecidos en esta ley, previo a autorizar la inscripción de algún cabildero”, subrayó Morales.

La Orden Ejecutiva 2019-031 ordena el registro de toda persona que sea cabildero y que lleve a cabo cualquier actividad de cabildeo ante una agencia del gobierno. Como parte del registro, debe incluir una declaración jurada con los clientes que representa ante el Estado, independientemente de la rama gubernamental, además de los negocios en los que tiene participación, ya sea mediante acciones o contrato de servicios profesionales.

Asimismo, debe incluir una certificación de que la persona natural, los accionistas, los socios o los miembros de la entidad que provee servicios de cabildeo, no ha o han asesorado, intervenido o trabajado con el asunto para el cual provee o proveen el servicios de cabildeo dentro de los pasados dos años.

“El acceso al poder no puede depender de la capacidad económica de unos pocos, sino del bienestar de todos los puertorriqueños. Es momento de cerrar las puertas a la influencia desmedida y asegurar que cada interacción entre el sector privado y el público sea transparente y fiscalizable”, expresó el senador.

¿Cuál es la propuesta?

Específicamente, el PC 1190 define requisitos estrictos para el ejercicio del cabildeo, incluyendo criterios de elegibilidad, obligaciones de divulgación, normas éticas y penalidades. Asimismo, impone un “período de enfriamiento de cuatro años” para toda persona que haya ocupado un cargo en la Rama Ejecutiva, Rama Legislativa y Rama Judicial, Municipal o Agencias Federales en Puerto Rico.

Durante este tiempo, el exempleado no podrá realizar la práctica del cabildeo.

Dicha prohibición, de aprobarse la legislación, se haría extensiva al cónyuge de la persona que haya ocupado el cargo público, reconociendo que, “en múltiples ocasiones, las estructuras de influencia indebida se articulan a través de familiares cercanos”. “Permitir que el cónyuge actúe como intermediario o representante de intereses privados podría constituir un mecanismo indirecto para evadir las restricciones impuestas al exfuncionario”, dispone el proyecto.

Morales reconoció, en entrevista con este medio, que la medida surge en respuesta, en parte, a la información que trascendió durante la celebración de la Comisión Total del secretario de la Gobernación y propietario -hasta diciembre de 2024- de la firma de cabildeo Politank, Francisco Domenech.

Durante la audiencia, el también director ejecutivo de la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (Aafaf), aseguró que, tras su salida de Politank, estableció mecanismos para inhibirse de la evaluación de los contratos que involucren a clientes de la firma, pero reconoció que no existe un memorándum, carta o documento que detalle en qué consiste ese proceso.

Alegó, además, que cuando llegan contratos de clientes de Politank a la secretaría de la Gobernación, los documentos son filtrados por una subalterna, para así evitar que lleguen a su escritorio.

Entonces, sin embargo, trascendió, que el Registro de Cabilderos, según dispuesto en la Orden Ejecutiva 2019-031, no estaba actualizado. Una evaluación del portal, este domingo, no obstante, ofrecía datos hasta el 6 de abril. “Ante todo lo que se discutió en la Comisión Total, pues a mí me parece necesario fortalecer lo que es la transparencia gubernamental, la prevención de posibles actos de corrupción y garantizar que las decisiones que se toman en el gobierno se hacen a base de lo que beneficia al pueblo”, dijo Morales.

Aquellos que incumplan con estas disposiciones, podrían enfrentar sanciones, que podrían ir desde la imposición de multas de hasta $100,000 hasta la inhabilitación permanente para ejercer el cabildeo.

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